Plaza Mayor n° 6, Soria, España

Doce Linajes de Soria

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8 09, 2010

INSTITUTO DE HISTORIA NAVAL DON LUIS I

Por |2020-11-13T03:49:09+01:00miércoles, septiembre 8, 2010|

El Instituto de Historia Naval de Portugal es una prestigiosa corporación lusitana, vinculada a la Casa Real de Braganza, dedicada a honrar la memoria de Su Majestad el Rey Luis I de Portugal y promover los estudios navales de los navegantes portugueses que abrieron nuevos caminos por mares nunca antes navegados.

El propio Rey Don Luís I fue un marinero de prestigio, que tuvo que abandonar su vida de Oficial de Marina debido a la muerte prematura de su hermano Don Pedro V.
Como nos explica el Mayor Silva Duarte, Canciller del Capítulo de esta Casa Troncal de los Doce Linajes de Soria en Portugal, el Instituto nace en 1996 de una idea del Prof. Doctor Antonio de Sousa Lara, Vice Rector en aquellos años de la Universidad Moderna.
El Presidente de Honor del Instituto es Su Alteza Real el Infante Don Miguel de Braganza, Duque de Viseu, título que también ostentaba el Infante Don Henrique “El Navegante”.

Su Vicepresidente de Honor perpetuo fue el Almirante Antonio de Sousa Leitao, ya fallecido, que era Jefe del Estado Mayor de la Armada, Presidente de la Sociedad de Geografía y uno de los más prestigiados Almirantes de la Armada Portuguesa.
Las actividades del Instituto se iniciaron en Septiembre de 1996 en Lisboa con la Primera Conferencia del Mediterráneo, que contó con la participación de prestigiosos representantes de la Universidad de Pisa, de la Academia de la Marina de San Stefano, de la Orden de San Stefano, de la Soberana Orden de Malta, de la Orden de Caballería del Santo Sepulcro, de las Órdenes Dinásticas Portuguesas y del Instituto del Sacro Romano Imperio.
A esta Conferencia, que fue todo un éxito, le seguirían otras no menos exitosas, la última de ellas celebrada en el mes de Mayo del presente año 2010 en Atenas.

El pasado 14 de Agosto, en el transcurso de la Asamblea de la Casa Troncal de los Doce Linajes de Soria, que tuvo lugar en esta Muy Noble y Leal Ciudad, fue recibido “Socio de Honor” del Instituto de Historia Naval Don Luis I, el Dr. Francisco M. de las Heras y Borrero, nuestro Presidente de la Diputación de Linajes, haciéndole entrega del diploma y las insignias correspondientes el Mayor Silva Duarte, Canciller de este prestigioso Instituto.

7 09, 2010

HERMANDADES Y ASOCIACIONES DE CABALLEROS: Cuerpo Colegiado de Caballeros y Damas del Rey Fernando Guanarteme de las Islas Canarias.

Por |2020-11-13T03:49:09+01:00martes, septiembre 7, 2010|

Como dejan claro los Caballeros de esta Casa Troncal D.José María de Montells y Galán y D. Alfredo Escudero y Díaz-Madroñero, en su obra «Repertorio de las Instituciones Caballerescas del Reino de España», esta Hermandad fue constituida en 1986 por el Instituto Canario de Estudios Históricos, para reunir en su seno a los descendientes de la antigua nobleza guanche, ya que pueden pertenecer a él, quienes acrediten su descendencia por cualesquiera la línea genealógica de los antiguos príncipes aborígenes, guanartemes y menceyes de las Islas Canarias.
Desde siempre, a todos nos han intrigado estos reyes indígenas que opusieron a la conquista su indómita bravura de hombres libres, y singularmente la figura de don Fernando Guanarteme, el último rey de Gran Canaria. Nos maliciamos que fue un rey sabio y triste, al que la historia, todavía no le ha puesto en el sitio que su noble gallardía merece.

Hemos de decir que una corporación que lleva su nombre y coadyuva a su memoria, mueve nuestros sentimientos a la más rendida simpatía.
Son Presidentes Honorarios del citado Cuerpo, los Alcaldes de la Real Ciudad de Gáldar y de Calatayud. Su Canciller, don Miguel Rodríguez y Díaz de la Quintana, promueve e impulsa el desarrollo de atractivas actividades culturales de recuperación de las tradiciones históricas de las Islas.
Este Cuerpo Colegiado tiene por elaborado emblema, una cruz octógona esmaltada de azul y fileteada de oro, sobre un globo terráqueo también de oro, con un círculo central azul resaltado del busto dorado del monarca indígena.
Alrededor y a modo de bordura, aparece la leyenda esmaltada en rojo, Rey Fernando I Guanarteme, Gran Canaria, escrita en letras de oro, superado de una corona real abierta, de oro. Puesto todo el conjunto sobre un rafagado de plata. Usan banda de moaré azul, con dos estrechas franjas amarillas, cercanas a los bordes.

6 09, 2010

CORPORACIONES NOBILIARIAS: Cuerpo de la Nobleza del Principado de Asturias.

Por |2020-11-13T03:49:09+01:00lunes, septiembre 6, 2010|

A una persona que cuenta con muchos ascendientes asturianos, como es el que suscribe, le parecía inexplicable que Asturias, la región cuna por excelencia de la nobleza española, no contase con ninguna corporación que representase los intereses de la misma, como ocurre en otras regiones del Reino de España. Máxime cuando, como todos sabemos, por sus peculiaridades y características, una gran parte de la población podría probar descendencia de hijosdalgos, ya que en 1773 los hidalgos censados en Asturias alcanzaban el 86% de la población, encontrándonos casos como el de la Parroquia de San Martín de Vega de Poja (Siero, Oviedo) donde por aquellas se alcanzaba el 100 % de pobladores hidalgos.
Así mismo es notoria la solicitud que en el siglo XVIII se realizó ante la Junta General del Principado, para que se reconociera la hidalguía universal del asturiano.
Como resulta facilmente comprensible una mayoría de ellos mal vivían con rentas muy bajas es por lo que , para subsistir, se veían obligados a desempeñar todo tipo de oficios, circunstancias que desmienten el tópico muy arraigado que asocia a la nobleza con una clase social ociosa e improductiva, así como económicamente poderosa.
Habida cuenta, como ya hemos dicho, de la pobreza de muchas de las familias hidalgas y de la amplia tradición militar de la que gozaron tanto asturianos como cántabros, así como de las actuaciones individuales en los Tercios Viejos de Infantería Española, la Junta General del Principado, a comienzos del XVIII establece el alistamiento de Compañías nutridas íntegramente por hidalgos compensado de esta manera la exención impositiva de la que gozaban, siendo la profesión de las armas el sustento y forma de vida de muchos hidalgos asturianos.

La nobleza de Asturias ha ocupado siempre un papel importantísimo en el devenir histórico de España. Íntimamente ligada a la Monarquía, los asturianos han apoyado siempre a los monarcas hispanos a lo largo de la historia, cristalizándose ese mutuo afecto en la propia denominación del heredero a la corona del Reino de España, como Príncipe de Asturias.
El día 05 de noviembre de 1989 un grupo de nobles asturianos , con pretensiones de agrupar a los descendientes de la antigua nobleza, constituyen en Oviedo una asociación que un año después pasaría a denominarse “Cuerpo Colegiado de la Nobleza de Asturias”.
Entre sus primeros impulsores cabe destacar las figuras del Conde de Toreno, el Marqués de Canillejas y el Conde de Güemes, siempre rodeados de prestigiosos profesionales muy entendidos en estos campos y materias.
Sus actuales Estatutos datan del 26 de mayo de 1995, de ellos podemos destacar , además del firme propósito de organizar y representar a la nobleza asturiana, su afán por el estudio de los fondos heráldicos y genealógicos del Principado, así como la defensa del patrimonio artístico cultural y medioambiental de la región asturiana.
En la actualidad, y con una intensa vida corporativa y cultural, esta corporación nobiliaria se define con una nueva nomenclatura que la mantiene más próxima a su ideario e intereses, bajo el nombre de “Cuerpo de la Nobleza del Principado de Asturias” organiza y otorga anualmente los premios “ Trelles-Villademoros”, a la labor cultural, “Conde de Toreno”, a la cooperación humanitaria, “Carreño- Miranda”, al mérito en las artes, y “Conde de Campomanes” en el campo de la economía.

En su emblema corporativo se cristalizan los símbolos más ancestrales que han caracterizado siempre a la nobleza asturiana: El yelmo de los guerreros que iniciaron y propiciaron con su participación la Reconquista. Los Caballos de Asturias que han acompañado a sus guerreros desde el 300 antes de cristo, como queda datado en las pinturas del “Camarín de la Peña de Candamo” (Grado). El Asturcón, caballo fuerte y ágil símbolo del guerrero astur , que ahora se ve rampante y bravo luciendo su tradicional color negro. Los pendones que simbolizan a las grandes casas nobiliarias, cargando ahora en sus trapos el color de la paz. Y la flor de Lis símbolo de nuestra casa reinante, todos ellos sobre campo de azur , color que por excelencia define a esa región y a su bandera.

En la Orla el lema “Asturias Nunca Vencida”, que el Rey D. Fernando VII otorgó al ejército asturiano en 1808, pero que realmente podríamos aplicarlo a toda la historia del Principado.
El óvalo que contiene todas estas piezas, se cierra con las hojas de laurel, símbolo de las victorias, pendiendo a su vez de su más importante símbolo histórico, La Cruz de la Victoria, surmontada de la corona de Príncipe de Asturias, simbolizando la situación del Principado y su histórica lealtad a la Corona.


Feliciano Riestra Conejo, Asesor de Información del Presidente de la Diputación de Linajes

5 09, 2010

HERMANDADES Y ASOCIACIONES DE CABALLEROS: Cofradía Internacional de Investigadores del Sto. Cristo de la Oliva de Toledo.

Por |2020-11-13T03:49:09+01:00domingo, septiembre 5, 2010|

En Abril de 1.984, cuando el artesano D. Felix Paredes se personó en las dependencias del Archivo del Ayuntamiento de Toledo, al objeto de regalarles una pequeña talla del Cristo de la Oliva, se gestó el nacimiento de esta asociación. Aquella estatua inspiró la posibilidad de fundar una cofradía que uniera a cuantos investigadores a ella quieran pertenecer, sin tener en cuenta su procedencia, raza ni religión.
Su sede canónica está ubicada en la Iglesia de San Sebastián de las Carreras y se constituye como una cofradía sin ánimo de lucro, cuya finalidad es acoger y relacionar a cuantos investigadores del mundo, humanistas, técnicos y científicos, quieran unirse a esta hermandad, promoviendo actividades de carácter científico y cultural .
Es su objetivo principal ayudar a los Cofrades a crecer en la fe y en la caridad, de manera que, ayudándose mutuamente en las tareas de investigación y difusión del saber, vivan la confraternidad y se afiance la paz en los pueblos.
La primera Junta Directiva estaba compuesta por dos Priostes y seis Seises: un escribano, un tesorero, un archivero, un mayordomo, un clavero y un capellán. Después se agregaría un Maestro de Ceremonias

La Cofradía quedó bajo la jurisdicción de dos patronos; el Cardenal Arzobispo de la diócesis de Toledo, por ser una cofradía religiosa, y el Alcalde de la ciudad, por tener esta su sede en la misma. Formalizándose legal y administrativamente como una asociación de carácter religioso, católica, apostólica y romana, inscrita en el registro de la Dirección General de Asuntos Religiosos del Ministerio de Justicia como: “Cofradía Internacional de Investigadores del Santo Cristo de la Oliva”. Con su correspondiente personalidad jurídica y estatutos, aprobados por el Vicario General de la Archidiócesis Toledana el 16 de abril de 1985 y derechos concordatarios vigentes.
La víspera del Corpus Christi del año 1985, se celebró la primera ceremonia en la Santa Iglesia Catedral Primada, donde fueron investidos por el Emmo. y Rvdo. Sr. Cardenal Primado D. Marcelo González Martín los primeros 49 cofrades. Al día siguiente desfiló por primera vez en la procesión, acompañando al Santísimo Sacramento en su recorrido por Toledo.
En 1986 se edita una revista con el nombre de BERESIT, obra que servirá como medio de difusión de la Corporación, cuyo primer volumen se publicó en 1987.
El día 19 de Mayo del año 1989 S.M. la Reina Doña Sofía, fue investida como Prioste Honorario en la Santa Iglesia Catedral Primada.
Desde su fundación y a lo largo de sus 21 años de existencia, la Cofradía ha mantenido la celebración de tres actos anuales:
– La Ceremonia de Investidura, acto en que son investidos los nuevos cofrades admitidos durante el año y que se celebra la víspera de la festividad del Corpus Christi.
– La procesión del Corpus Christi, acontecimiento en que los cofrades, tras investirse en la capilla del Condestable y participar en la misa, forman en la procesión que acompaña al Santísimo Sacramento en su recorrido por Toledo. Una vez finalizada se tiene la tradicional comida de hermandad.
– La apertura del Nuevo curso, que se viene celebrando en el mes de noviembre. Tiene como marco la Sala Capitular del Ayuntamiento de Toledo.
El 15 de abril de 1985 la Cofradía es reconocida y el Arzobispado asigna la que habrá de ser su sede canónica, la iglesia de San Sebastián, antiguo templo toledano, erigido en el siglo VII, que nació como basílica visigoda, transformándose en mezquita durante el dominio musulmán y pasando posteriormente a ser una de las seis parroquias mozárabes de Toledo, hasta el siglo XVII en que quedó sin feligreses. En cuanto a la sede civil será el propio Archivo del Ayuntamiento.

Sus miembros visten una amplia toga de terciopelo negro, rematada en el cuello por una doble golilla blanca de la que pende un cordón púrpura y oro con la insignia de la Cofradía. Guantes blancos y un birrete también de terciopelo negro, con una borla de seda en su parte superior del color representativo de la facultad a la que pertenece cada cofrade.
Su insignia corporativa es un águila bicéfala flanqueada a los lados por dos reyes visigodos, y en el centro un crismón con el alfa y el omega circundado por la rueda dentada, símbolo de la universidad toledana de Santa Catalina.
Usan un banderín de color carmesí que lleva en el centro las insignias de la Cofradía.
4 09, 2010

HERMANDADES Y ASOCIACIONES DE CABALLEROS: El Centenar de la Ploma.

Por |2020-11-13T03:49:10+01:00sábado, septiembre 4, 2010|

Finalizada la conquista de Valencia, Jaime I de Aragón entra en la ciudad escoltado por cien caballeros con sobreveste blanca, cargada con la cruz bermeja de San Jorge en el pecho, y tocados todos con una pluma de lo mismo en su yelmo.
Estos cien caballeros son el origen del “Centenar de la Ploma” ( el centenar de la pluma sería su correcta traducción al castellano). Cuyos privilegios civiles y religiosos como Cofradía de San Jorge son confirmados por Juan I y sucesivamente por Juan II en 1470, y Fernando II en 1479.
En 1432 los ballesteros del “Centenar de la Ploma” acompañaban como escolta a la Señera Real, usando como propia una blanca cargada con la cruz de San Jorge.

En recuerdo de aquellos primigenios Caballeros y en base a esos significativos hechos, en 1982, en el Monasterio Mercedario de Ntra. Sra. del Puig de Valencia, se constituye esta Hermandad de Caballeros bajo el nombre de Insigne Capitul de L´Almoina de Sant Jordi de Cavallers del Centenar de la Ploma del Reino de Valencia”, teniendo como fines contribuir al esplendor de los actos en honor de la Senyera, defender dentro del marco constitucional vigente en España la integridad territorial, lingüística, artística y cultural del reino de Valencia, así como organizar y promover toda clase de actos que contribuyan al conocimiento de la historia e idiosincrasia del rico patrimonio que posee el Reino de Valencia. Fijándose como fin último, homenajear a sus hijos ilustres.

Para ingresar en el Capítulo el postulante deberá realizar el juramento de lealtad, recibiendo en ese acto las espuelas y el anillo que lo identificarán como miembro de esta prestigiosa Hermandad de Caballeros espejo de la sociedad valenciana.
Gobierna el Capítulo un “Concell de Caps de Dehena” compuesto por diez miembros presididos por un Lugarteniente General.
Según sus actuales estatutos podrán ser nombrados Vicepresidentes de Honor, a propuesta del Lugarteniente General, aquellas altas personalidades Civiles y Militares que a Juicio del Concell merezcan tal dignidad.

La insignia corporativa es un collar compuesto por veintiún eslabones alternados de cruces de San Jorge y de escudos de Valencia, unidos por la efigie del santo titular, del que pende una cruz de gules fileteada de oro puesta sobre un anillo de azur , con la leyenda “ in te domine esperavit non confundar”, y puesta en barra sobre el todo una pluma de plata. También se utiliza una placa de rayos dorados y plateados a modo de Gran Cruz.
El uniforme corporativo está compuesto por guerrera de paño blanco cruzada con botones dorados, puños y cuello de paño rojo con vivos dorados, y sobre el pecho la Cruz de San Jorge de gules. Hombreras de paño rojo cargadas con el bordado de una pluma blanca. Pantalón azul con galón lateral dorado. Sombrero bicornio negro guarnecido de pluma blanca de garceta. Cinto dorado , guantes blancos y calcetines y botas negras.

3 09, 2010

CORPORACIONES NOBILIARIAS: Ilustre y Primitivo Capítulo Noble de Caballeros de la Merced.

Por |2020-11-13T03:49:10+01:00viernes, septiembre 3, 2010|

Esta Corporación se constituyó canónicamente el 26 de junio de 1.974 en el seno de la Real Ilustre y Primitiva Archicofradía de María Santísima de las Mercedes, la cual se fundó el 3 de septiembre de 1.724 en el convento madrileño de las Madres Mercedarias, de la calle Valverde, conocido como “ el Monasterio de Don Juan de Alarcón “.
Ésta formaba parte de un grupo de institutos religiosos vinculados de una forma u otra a la Orden de la Merced, instituída en 1.218 por San Pedro Nolasco.
El 12 de diciembre de 1.724 el Consejo de la Gobernación del Arzobispado de Toledo, aprobó las ordenanzas de dicha Hermandad, teniendo entre otros fines, el culto a María Santísima de las Mercedes y la rendición de los cautivos cristianos.
Fray Gabriel de Barbastro, Maestro General de la Orden de la Merced, elevó a la Hermandad a la categoría de Archicofradía el 2 de enero de 1.725.
Fernando VII, Rey de España, se declara su Hermano Mayor y Protector mediante Real Orden fechada a 6 de julio de 1.827.
En el primer artículo de las Ordenanzas, aprobadas el 26 de junio de 1.974, se dispone que en lo sucesivo la corporación se denominará “Real Ilustre y Primitivo Capítulo Noble de Caballeros de la Merced, Archicofradía de María Santísima de las Mercedes«. Igualmente se dispone que estará “bajo los soberanos auspicios de Nuestra Señora de la Merced, como Celestial Patrona Reina de los Ángeles, Augusta Redentora de cautivos y Remedio de los necesitados”.
Su patrón y protector es el Arcángel San Miguel, y está integrada por más de 200 Caballeros y Damas de Capítulo. Su dirección corresponde a una junta encabezada por un Vicecomendador Mayor, ya que el rango de Comendador Mayor solo pueden ostentarlo los Reyes de España.
Sus miembros visten manto blanco de lana con medio metro de cola. En su costado izquierdo llevan el emblema de la Hermandad. Igualmente usan birrete de paño blanco de forma hexagonal.
La empresa o distintivo de la Corporación es una cruz de esmalte blanco de ocho puntas. En su centro lleva el escudo de la Orden de la Merced.
2 09, 2010

CURSO 2010-2011 DE LA ESCUELA MARQUÉS DE AVILES.

Por |2020-11-13T03:49:10+01:00jueves, septiembre 2, 2010|

Ya se han convocado las bases y programa del curso que la Escuela Marqués de Avilés, dependiente de la Asociación de Diplomados en Genealogía Heráldica y Nobiliaria del mismo nombre, tiene programado para el curso 2010-2011.
El mismo empieza el 04/10/10 y finaliza con una conferencia magistral y la entrega de diplomas el día 23/06/11.
La matrícula del curso 2010-2011 se abre desde el día 01/09/10 hasta el 04/10/10 para el curso completo, aunque se pueden incorporar alumnos después de dichas fechas, existiendo prioridad para la reserva de plazas.

Asignaturas del curso:
•GENEALOGÍA: Fecha límite de matriculación 04/10/10. Impartida por el profesor D. José Luis Sampedro Escolar. Las clases empiezan el día 04/10/10, son 18 horas lectivas.
•DERECHO NOBILIARIO: Fecha límite de matriculación 22/11/10. Impartida por la profesora Doctora Dª. Vanessa Gil Rodríguez de Clara. Las clases empiezan el día 22/11/10, son 7 horas lectivas.
•DINASTÍAS EUROPEAS: Fecha límite de matriculación 13/12/10. Impartida por el profesor Doctor D. Amadeo-Martín Rey y Cabieses, Doctor en Historia. Las clases empiezan el día 13/12/10, son 7 horas lectivas.
•NOBILIARIA: Fecha límite de matriculación 13/01/11. Impartida por el profesor D. José Luis Sampedro Escolar. Las clases empiezan el día 13/01/11, son 22 horas lectivas.
•HERÁLDICA: Fecha límite de matriculación 03/03/11. Impartida por el profesor D. Eduardo García-Menacho y Osset. Las clases empiezan el día 03/03/11, son 22 horas lectivas.
•PALEOGRAFÍA: Fecha limite de matriculación 05/05/11. Impartida por el profesor Doctor D. Juan Carlos Galende Díaz y la profesora Dª. Bárbara Santiago Medina. Las clases empiezan el día 05/05/11, son 22 horas lectivas.

Las clases se impartirán en el Centro Riojano, situado en la C/Serrano, 25 – Madrid, siendo el horario de las mismas de 19:00 a 20:30 horas. Consulte los días de las clases ya que pueden variar en función de las asignaturas.
Adicionalmente las conferencias organizadas por esta asociación de forma mensual, que son de asistencia abierta, se pueden considerar clases extraordinarias, pues versarán de temas complementarios a los impartidos en clase.
También se realizarán visitas a museos, archivos, etc, en función del número de asistentes y del tiempo disponible.
la Asociación de Diplomados en Genealogía Heráldica y Nobiliaria, fundada en 1967, es una organización nacional, colegial, no lucrativa, cultural y científica, de fomento de la investigación, formada por diplomados en Genealogía, Heráldica y Nobiliaria, procedentes en la actualidad de su propia escuela , cuyo fin es el promover el estudio y difusión de las Ciencias Auxiliares de la Historia, cubriendo de alguna manera el gran vacío existente. La Asociación permanece abierta a cualquier persona interesada a estas ciencias.
La Escuela que debe su nombre a Don Joseph de Avilés e Iturbide, 1er. Marqués de Avilés, Teniente Coronel de Dragones, padre del más conocido Gabriel Miguel de Avilés y del Fierro, Marqués de Avilés (1735-1810), que fué Virrey del Río de la Plata y del Perú, fué creada en 1989 con el fin de formar a los futuros socios de la Asociación de Diplomados en Genealogía, Heráldica y Nobiliaria en base a la calidad y al éxito de los Cursos Monográficos que ésta había comenzado a impartir a los socios para aumentar su formación.

No obstante la escuela está abierta a cualquier persona interesada en la realización de alguno o la totalidad de sus cursos, siendo estos obligatoriamente presenciales, lo que es una pena ya que eso priva de realizar tan interesante periplo formativo a los que residimos fuera de Madrid y su periferia, y contamos con cargas y obligaciones familiares y laborales, que quizás seamos la inmensa mayoría de las personas que pudiésemos estar interesadas en realizarlos.
Con los medios tecnológicos de los que disfrutamos en el siglo XXI, pensamos que sería necesario que instituciones de tanto prestigio como la que hoy nos ocupa, realizase el correspondiente esfuerzo para impartir cursos en las diferentes modalidades «on line» o a distancia con exámenes presenciales, haciendo posible que dichos cursos se universalizasen sin perder la calidad que los caracteriza.
Para cualquier consulta esta Asociación de Diplomados mantiene en internet una página en la siguiente dirección web: http://www.adghn.org/

1 09, 2010

ACTO DE CONMEMORACIÓN DEL 550 ANIVERSARIO DE LA CARTA DE CONFIRMACIÓN DE PRIVILEGIOS AL SOLAR DE TEJADA.

Por |2014-07-27T20:07:12+01:00miércoles, septiembre 1, 2010|

Con ocasión de la conmemoración del quinientos cincuenta aniversario de la carta de confirmación de privilegios, por parte de don Enrique IV de Castilla y León a favor del ilustre Solar de Tejada, Divisa a la que esta corporación se siente muy ligada al constar muchos de sus miembros como Diviseros, hemos recibido en esta Casa Troncal cumplida invitación para sistir a tan memorable evento.

Invitación que reproducimos en su totalidad:
El Alcalde Mayor del Antiguo e Ilustre Solar de Tejada
Tiene el honor de invitarle al acto que, con motivo del 550 aniversario de la Carta de Confirmación de privilegios otorgada por el Señor Rey Don Enrique IV de Castilla,
se celebrará en la sede de las Cortes de Castilla y León, el lunes 13 de septiembre, a las 18,00 horas, en el que intervendrán D. Félix Martínez Llorente, Doctor en Derecho y Profesor titular de la Universidad de Valladolid, que disertará sobre “Infanzonía, solar y divisa en la Castilla medieval”, y Dª. Isabel del Val Valdivieso, Catedrática de Historia Medieval de la Universidad de Valladolid, quien lo hará bajo el título “Consideraciones en torno a la figura de Enrique IV de Castilla”.

Plaza de las Cortes de Castilla y León, 1
Valladolid, 2010

Para más información sobre los actos o sobre cualquier otro extremo referente a esta ilustre Divisa, pueden visitar la web que dicha institución mantiene en internet en la siguiente dirección web: http://www.solardetejada.es

31 08, 2010

ACTOS POSITIVOS DE NOBLEZA.

Por |2020-11-13T03:49:10+01:00martes, agosto 31, 2010|

En el número 522 de «La Gacetilla» D.Manuel Pardo de Vera y Díaz Canciller para Galicía de esta Casa Troncal , Vicepresidente de la Real Asociación Hidalgos de España y Presidente de la Junta de Probanza de la misma, publica un interesante artículo sobre los actos positivos de nobleza que en la entrada de hoy reproducimos en su integridad por creerlo muy interesante para nuestros lectores.
La Real Asociación de Hidalgos de España establece como condición de ingreso la prueba de la calidad de noble del solicitante, ajustándose esta prueba a lo establecido en la legislación, doctrina y jurisprudencia nobiliaria española.
Además, la Real Asociación de Hidalgos de España distingue los dos tipos de nobleza: la nobleza de sangre o hidalguía y la nobleza de privilegio, que es la que emana de la voluntad del Soberano y puede otorgar nobleza personal o hereditaria.

Por otra parte, la doctrina nobiliaria establece que la posesión de la nobleza de privilegio durante tres generaciones consecutivas, por línea de varón, da origen a la nobleza de sangre.
La prueba de la nobleza de sangre habrá de hacerse presentando tres actos positivos de nobleza en antepasados o colaterales de estos, por el linaje de varonía, del solicitante a ingreso en la Asociación. Cualquier excepción a esta regla de varonía habrá de ser reconocida y aceptada en sentencia firme por los Tribunales competentes en materia de posesión y propiedad de la nobleza.
Estas son las normas aplicadas por la Junta de Probanza de la Real Asociación de Hidalgos de España al analizar las solicitudes de ingreso que le presentan.
En muchas ocasiones se ha pedido a Hidalgos de España que publique una relación de las condiciones que permiten el ingreso en esta Real Asociación. Sin embrago, la doctrina y jurisprudencia nobiliaria, como todas las especialidades del Derecho, no constituye una ciencia exacta y está sujeta a múltiple casuística y no siempre coincidente jurisprudencia en lo que se refiere a la valoración de la prueba. Máxime si consideramos las diferentes disposiciones e incluso denominaciones de la nobleza en los distintos Reinos, Condados y Señoríos de España.
La Real Academia define el acto positivo como aquel hecho que califica la nobleza de alguna persona o familia. La razón de necesitarse tres actos positivos radica en que la nobleza de sangre precisa, para serlo, de al menos tres generaciones en su posesión, además de evitar que un solo acto pueda contener algún tipo de inexactitud, cuando no falsedad en su posesión.
Existe actos positivos que constituyen lo que se denomina Prueba Plena de nobleza. Esto es, aquel acto positivo de nobleza que se ha producido con sentencia firme de tribunal competente en materia de nobleza o bien es la concesión expresa de nobleza por parte del Soberano a una determinada persona. También se incluirá entre las pruebas plenas lo dispuesto en la Real Pragmática de Felipe IV, de 10 de febrero de 1623.
Refiriéndonos a lo contenido en esta Pragmática, señalamos que la pertenencia a las Órdenes Militares de Santiago, Calatrava, Alcántara o Montesa o a la Órden Hospitalaria de San Juan, naturalmente sin dispensa de la nobleza de varonía, son un acto positivo y tres actos positivos de este tipo se transforman en nobleza ejecutoriada y cosa juzgada, es decir en Prueba Plena.
Quiere esto decir que quien presente un documento que pruebe la pertenencia de un caballero a una de estas Órdenes, sin dispensa, es en sí mismo un acto positivo, pero solamente uno. Ahora bien, quien presente esta prueba juntamente con el expediente del caballero, éste expediente podrá contener pruebas documentales que en sí mismas constituyan diferentes actos positivos de nobleza (otros ascendientes caballeros de las Órdenes, padrones con distinción de estados, privilegios de nobleza, etc.).
Considerando todo lo anterior, la Junta de Probanza de la Real Asociación de Hidalgos de España publica una relación de actos positivos admitidos para probar la nobleza. No pretende ser una relación exhaustiva, lo que sería posiblemente imposible, pero sí la que incluye los actos positivos más característicos de la legislación y jurisprudencia nobiliaria de España, separando lo que es propio de cada Reino o Señorío.
La parte que sí que es excluyente para aquello que expresamente no figura es la relacionado con la nobleza personal, muy escasa en España, y para la que debe existir una disposición legal clara y expresa que la conceda.
La relación de Actos Positivos de nobleza, con una notación final en los casos en que constituye Prueba Plena de nobleza, es:
CON CARÁCTER GENERAL.
•Reales Cartas de Concesión, Sucesión o Rehabilitación de Grandezas y Títulos del Reino, que llevan anexa la nobleza con arreglo a lo dispuesto en la Real Cédula de Carlos IV de 10 de Abril de 1807. (Prueba Plena)
•Las Reales Ejecutorias y Provisiones de nobleza obtenidas en las Reales Chancillerías de Valladolid, Granada o Ciudad Real. (Prueba Plena)
•Las declaraciones o ejecutorias de nobleza obtenidas en las Reales Audiencias de Coruña, Oviedo, Barcelona, Valencia o Zaragoza. (Prueba Plena)
•Los Reales privilegios de concesión, confirmación o declaración de nobleza o hidalguía. (Prueba Plena)
•Ser Caballero de las Ordenes Militares de Santiago, Calatrava, Alcántara, Montesa o San Juan de Malta, sin dispensa de nobleza.
•Ser Caballero de la Real y Distinguida de Carlos III (desde su fundación hasta 1847, en que dejaron de exigirse), sin dispensa de nobleza.
•Ser Caballero de la Real Maestranza de Caballería de Ronda, Sevilla, Granada, Valencia o Zaragoza, sin dispensa de nobleza.
•Ser miembro del Real Cuerpo Colegiado de Hijosdalgo de la Nobleza de Madrid, sin dispensa de nobleza.
•Haber pertenecido a los Reales Seminarios de Madrid o Vergara, siempre que conste la exigencia de prueba de nobleza.
•Las informaciones de hidalguía que se hacían para cargos de la Santa Iglesia Catedral de Toledo, así como en las demás, siempre que conste expresamente que se exigiese la prueba de nobleza y se conserven en el expediente.
•Ser Caballero Cadete o Guardia Marina, en la época en que para ello se exigían pruebas de nobleza, siempre que se conserve el expediente probatorio de nobleza.
•Las informaciones nobiliarias hechas ante la Cámara de Castilla para cualquier efecto, y especialmente las practicadas para la obtención de Títulos del Reino.
•La constatación de la calidad de noble en las hojas de servicio de los militares.
•Ser Montero de Cámara de Su Majestad, que ejerció este cargo u obtuvo Albalá.
•La inscripción como noble o hijosdalgo en los padrones o listas de vecinos, con distinción de estados, que se hacían a consecuencia de orden de Su Majestad o de la Real Chancillería, para exenciones, alcabalas, repartimientos, quintas, etc.
•El ejercicio de cargos municipales por el estado noble así como la elección activa o pasiva o concurrencia a los Concejos en que expresamente conste la calidad noble.
•La insaculación en las bolsas de nobles para la provisión de cargos propios de los mismos, en las localidades donde hubo distinción de estados
•El ejercicio de cargos u oficios de República reservados al estado noble.
•Las informaciones judiciales sobre nobleza, hechas con prueba documental y testifical, asistencia de Síndico Procurador General y aprobación del Juez o Justicia ordinaria, que se hacían para todos los efectos.
•Ser Alcaide de fortaleza, habiendo prestado pleito homenaje.
En CASTILLA .
•Los expedientes de nobleza o hidalguía para empadronamientos por el Estado de hijosdalgo que se hacían sin intervención de la Real Chancillería en los pueblos del Principado de Asturias, siendo aprobadas por el Regente de su Audiencia.
•Pertenecer a alguno de los primitivos Doce Linajes de la Ciudad de Soria, siempre que se conserve prueba de su admisión en la Casa Troncal.
•La información de hidalguía para obtención de Veinticuatrías en Andalucía.
•Estar exento de la Blanca de Carne en Andalucía
•Ser Caballero Divisero de los Solares de Tejada y Valdeosera, en los años en que se exigía la descendencia por varonía de los primitivos Caballeros.
En NAVARRA.
•La sentencia de nobleza emitida por el Tribunal de la Cámara de Comptos. (Prueba Plena)
•Los Títulos de Navarra y las dignidades nobiliarias de su Reino cuyos títulos o credenciales consten en la documentación de la Cámara de Comptos. (Prueba Plena)
•La declaración de la Cámara de Comptos sobre derecho a la posesión de escudo de armas.
•La inscripción de las resoluciones procedentes de los Archivos Reales en los Libros de Mercedes Reales del Tribunal de la Cámara de Comptos de Navarra, en los libros de la nobleza ejecutoriada del Archivo del Reino y sus Cortes generales o en los de la misma clase conservados en el Archivo de la antigua Chancillería de Pamplona.
•La posesión de un palacio de Cabo de Armería o Casa noble, reconocidos como tales en las nóminas del Reino o Cámara de Comptos, siempre que la posesión sea conforme a la ley.
•La justificación reconocida por los Cabos de Armería o documentalmente probada, de ser originarios, descendientes de dichos Palacios o Casas nobles que ostenten sus blasones.
•La posesión hereditaria y regular de Casas vecinales radicadas en los cinco nobles valles de Baztán, Larraún, Roncal, Salazar y Lana y la villa de Aoiz cuyos habitantes y predecesores obtuvieron privilegios colectivos de nobleza, con eficacia o vigencia confirmada por el uso o reconocida por los Tribunales y Chancillerías de dentro y fuera de aquel Reino.
•La justificación, en los que no sean originarios de dichos valles, villas y lugares, de haber demostrado en forma legal ante las autoridades de los mismos, la hidalguía antes exigidas para avecindados en sus distritos.
•La gracia de asiento en el brazo o estamento militar o de la nobleza en las Cortes generales del Reino, hechas por los Reyes o Virreyes encargados de beneficiarlas, según se hallan registrados en los Libros Reales de la Protonotaría conservados en el Archivo del Reino.
•La convocatoria o llamamiento a Cortes por dicho estamento, y la asistencia sus deliberaciones, aperturas o cierres del Solio, juras y coronaciones de Príncipes y Monarcas, siempre que figuren en las nóminas y actas correspondientes de los archivos del Reino.
•La sentencia conforme o de bien probado, en los juicios de pretensión al disfrute de la gracia antecedente.
•La concesión y continuación de gracias de Acostamientos o pensiones preferentes, distribuidas por el Rey a la Nobleza, registrados en los documentos y libros de la Tesorería del Tribunal de Comptos Reales y en los informes o consultas de los libros del Real y Supremo Consejo, siempre que en ellos se confirme la nobleza alegada, aunque la merced pecuniaria solicitada les hubiese sido negada.
•La sentencia de esta clase, obrante en los juicios de prueba, existentes en la Cámara de Comptos o en el Archivo del Real Consejo, si pasaron a juicio de Revista.
•Los documentos que justifiquen el haber sido convocado o llamado a cortes por el brazo noble o por el brazo militar en Navarra.
En VIZCAYA .
•La ejecutoria o Real provisión de nobleza litigadas o ganadas ante el juez Mayor del Señorío en la Chancillería de Valladolid. (Prueba Plena)
•El expediente nobiliario que se hacía ante las Juntas generales de Guernica o Avellaneda, denominado Sello Mayor, con su aprobación y también ante sus Justicias ordinarias de todo el territorio del Señorío, su Ciudad, Nobles Encartaciones y Duranguesado. (Prueba Plena)
•El ejercicio de cargos municipales, el del derecho de elección activo y pasivo, y la asistencia como vecinos concejantes a sus Juntas y Alardes.
•Ejercer los cargos de Síndicos Procuradores generales en las Juntas de Guernica o Avellaneda, Merinos de Durango, Prebostes o Parientes Mayores de sus Casas.
•Figurar en las antiguas fogueraciones y, en general, cualquier prueba de vizcaína de sangre originaria, según Fuero.
•Pertenecer a sus antiguas Cofradías que, según sus estatutos u ordenanzas, se exigiese hidalguía.
En GUIPUZCOA .
•La información o juicio contradictorio de hidalguía aprobados por sus Juntas Generales. (Prueba Plena)
•La información o juicio contradictorio de hidalguía aprobados por sus Justicias Ordinarias.
•El ejercicio de cargo de Ayuntamiento de Alcaldes ordinarios y de la Santa Hermandad, Regidores, Procuradores, Síndicos generales, Diputados de la provincia, Montaneros, Colectores de Bulas y cualquier otro honorífico, así como la asistencia a sus Juntas como simples vecinos concejantes y con derecho de voto y elección activa y pasiva.
•Pertenecer a sus antiguas Cofradías que, según sus estatutos u ordenanzas, se exigiese hidalguía.
En ALAVA.
•La información hecha para avecindarse o contraer matrimonio en cualquier lugar de la provincia o de su antiguo territorio, previa justificación de nobleza, y el recibimiento que conste en las actas originales de sus Ayuntamientos.
•El ejercicio de cargos municipales, siempre que conste en su elección o ejercicio la calidad de hidalgo.
•El ejercicio de cargos en Hermandades cuando conste la exigencia de ser hidalgo.
•Pertenecer a sus antiguas Cofradías que, según sus estatutos u ordenanzas, se exigiese hidalguía.
En ARAGÓN.
•Los Títulos y las dignidades nobiliarias del Reino de Aragón cuyos títulos o credenciales se conserven en los archivos del Reino. (Prueba Plena)
•Obtener jurisfirma y sobrecarta, salva o probanza de Infanzonía en procesos tramitados, según las épocas, ante el Rey o su representante, la Audiencia Real o la Corte del Justicia o ante la Real Audiencia. (Prueba Plena en los procesos de infanzonía en propiedad)
•Ser Ricohombre de Natura, Mesnadero Noble, Ricohombre de Mesnada, Caballero de Mesnada o Infanzón.
•Ser llamado a Cortes por el brazo noble o por el brazo militar en Aragón.
•Ser miembro de cofradías o hermandades nobles, cuyos expedientes exigían la hidalguía.
•Pertenecer al Seminario de Damas Nobles de Sigena, siempre que se conserve el expediente con la prueba legal de su nobleza.
En CATALUÑA .
•Poseer la condición de Noble, Verbesor, Caballero, Doncell, Generoso u Hombre de Paratge.
•Ser Ciudadano honrado de Barcelona, Lérida, Gerona y Tortosa o Burgueses de Perpiñán.
•Estar insaculado con el Brazo Militar para las Cortes del Principado.
En VALENCIA .
•Poseer la condición de Noble, Generoso, Militar o Caballero.
•La declaración de ciudadano de inmemorial en Valencia, Alicante y Játiva (San Felipe), con arreglo a lo dispuesto en la Real Cédula de Luís I de 14 de agosto de 1724.
•El haber sido convocado o llamado a Cortes por el Brazo Noble o por el Brazo Militar en Valencia.
En BALEARES.
•Poseer la condición de Ciudadanos Honrados de Mallorca.
NOBLEZA PERSONAL .
•Los beneficiarios de Grandezas de España o Títulos del Reino de España que lo sean a título personal y por vida del beneficiario.
•Ser Caballero del Toisón de Oro.
•Tener Real autorización para el uso en España, por un ciudadano español, de un Título de Nobleza extranjero.
•Los Académicos de número de las Reales Academias de Bellas Artes de San Fernando (Madrid) y San Carlos (Valencia).
•La posesión de la Cruz de la Orden de Isabel La Católica.
•Los militares de Coronel o Capitán de Navío arriba
Ninguna otra condecoración o pertenencia a Órdenes Civiles o Militares otorga nobleza.

30 08, 2010

CORPORACIONES NOBILIARIAS: Caballeros Cubicularios de Zamora.

Por |2020-11-13T03:49:10+01:00lunes, agosto 30, 2010|

Existen pruebas documentales de que los caballeros cubicularios existían ya en el 1415, pero sus estatutos más antiguos datan de 1503. Estos se modificaron, posteriormente, en 1536 para incluir a San Atilano en la nomenclatura y culto, y luego en 1624 se volvieron a modificar para fijar el número de de cofrades a treinta y tres. A lo largo de su historia se volverán a modificar sus estatutos y con ellos el número de sus miembros, como ya iremos viendo en el presente artículo.

La REAL, MUY ANTIGUA E ILUSTRE COFRADÍA DE CABALLEROS CUBICULARIOS DE SAN ILDEFONSO Y SAN ATILANO, que es así como realmente se llama esta Corporación,tiene su sede en la Iglesia arciprestal de San Pedro y San Ildefonso. Dicha iglesia (antigua Catedral) es, posiblemente, más grande y lucida parroquia de Zamora. Sita en la plaza de igual nombre, donde confluye la Rúa de los Francos con la de Notarios, guarda tradicionalmente, los restos de San Ildefonso y de San Atilano. Aquéllos fueron traídos por los mozárabes toledanos que repoblaron la ciudad en época de Alfonso III el Magno, mandados por Ordoño I desde Oviedo. Mientras que San Atilano, obispo zamorano del 900 al 919, fue enterrado aquí. Para unos, ambos aparecieron durante la ampliación del templo en 1260; para otros, el hallazgo de San Atilano sucedió entre 1522 y 1534, en contra de la inscripción de la capilla mayor, que cita el 1496. Reyes y papas reclamaron los restos de San Ildefonso desde Toledo. Las negativas culminaron con la creación de la Congregación de Caballeros Cubicularios encargados de vigilar las reliquias.

Con esta congregación convivieron otras cofradías nobiliarias zamoranas, como fueron las de Nuestra Señora de los Reyes, la del Corpus Christi, , la de Nuestra Señora de la Candelaria y la de los Caballeros de San Nicolás, cofradías estas que con el paso del tiempo se fueron uniendo a la que nos interesa, conformando su estructura final.

Esta corporación con el paso del tiempo quedó extinta. Su reorganización se produjo en los años sesenta, un grupo de zamoranos encabezados por el Vizconde de Garci-Grande recogió la tradición y principios de la corporación. Su actual constitución se aprobó el 25 de marzo de 1.967 por el obispo de la diócesis Don Eduardo Martínez González.
Tiene como metas principales dar ejemplo de entrega y abnegación espejo de la vida cristiana, rendir culto a los dos santos titulares de la corporación y velar por el conocimiento y la conservación de las tradiciones y costumbres zamoranas, contribuyendo a actos culturales sociales y asistenciales.
Un consejo compuesto por un Mayordomo Presidente, por el Párroco de la Iglesia de San Pedro y San Ildefonso, por el Canciller Secretario, por el Fiscal, por un Tesorero, por un Maestro de Ceremonias y por tres Consejeros, dirige la Cofradía la cual está conformada por algo mas de 200 Caballeros Cubicularios.
La empresa o distintivo de la Congregación es una cruz paté de color blanco, fileteada de oro y superpuestas sobre la misma dos mitras con ínfulas doradas, llevando en el brazo superior una corona visigoda de oro, y en cada uno de los dos brazos laterales las iniciales I y A de oro de sus dos santos titulares. En el reverso de la venera está representado un libro con la inscripción: “ De Virginate Santae Mariae “, se lleva pendiente de una cinta verde con dos pequeñas franjas rojas.
La Corporación viste manto capitular de color verde, con cuello bajo, con embozo blanco y con la empresa de la Corporación bordada en la izquierda de la prenda y a la altura del pecho, el manto se sujeta por un cordón de seda blanca finalizado en dos borlas doradas.

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