Plaza Mayor n° 6, Soria, España

Archivos mensuales: abril 2012

10 04, 2012

ORDEN DEL MÉRITO CIVIL.

Por |2020-11-13T03:46:52+01:00martes, abril 10, 2012|

REINO DE ESPAÑA.
La Orden del Mérito Civil fue instituida por el rey Alfonso XIII por Real Decreto de 25 de junio de 1926, a propuesta del entonces Presidente del Consejo de Ministros, Miguel Primo de Rivera, “para premiar las virtudes cívicas de los funcionarios  al servicio del Estado”, publicándose su primer Reglamento el 25 de mayo de 1927.
El gobierno provisional de la II República suprimió dicha Orden por Decreto de 24 de julio de 1931, siendo restituida con sus anteriores características, privilegios y antigüedad por Decreto de 7 de noviembre de 1942.
Los numerosos cambios experimentados desde dicha fecha, tanto por la realidad social y política de España, como por el ordenamiento jurídico-administrativo, aconsejaron su actualización por lo que, por Real Decreto de 6 de noviembre de 1998, fue aprobado el actual Reglamento.
S.M.el Rey D.Juan Carlos I.


Su Majestad el Rey es el Gran Maestre de la Orden del Mérito Civil. Todas las condecoraciones de esta Orden serán conferidas en Su nombre y los títulos correspondientes irán autorizados con la estampilla de Su firma.El Ministro de Asuntos Exteriores es el Gran Canciller de la Orden , y a él corresponde elevar a la aprobación del Consejo de Ministros los proyectos de Reales Decretos de concesión de los grados de Collar y Gran Cruz y conceder en nombre de Su Majestad el Rey los grados inferiores. Todos los títulos de las condecoraciones  deberán llevar su firma.
El Subsecretario de Asuntos Exteriores es el Canciller. Esta Cancillería está radicada en la Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes, del Ministerio de Asuntos Exteriores, y le corresponderá la tramitación de todas las propuestas de concesión de condecoraciones, a cuyo efecto instruirá los oportunos procedimientos, quedando facultada para interesar de toda clase de Tribunales, Autoridades, Centros Oficiales y Entidades, los informes que estime convenientes, en orden a la determinación de la procedencia o no del otorgamiento.
Cédula de esta Orden.
En la actualidad, la Orden que nos ocupa,  tiene por objeto premiar los méritos de carácter civil, adquiridos por el personal dependiente de alguna de las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito de la Ley 30/1992, o por personas ajenas a la Administración, que presten o hayan prestado servicios relevantes al Estado, con trabajos extraordinarios, provechosas iniciativas, o con constancia ejemplar en el cumplimiento de sus deberes. Esta condecoración podrá ser concedida, además, a personas de nacionalidad extranjera, siempre que hayan prestado servicios distinguidos a España o una notable colaboración en todos aquellos asuntos que redunden en beneficio de la Nación.
Constituirán méritos a tener en cuenta para la concesión de condecoraciones de esta Orden
:a) La prestación de relevantes servicios, de carácter civil, al Estado.
b) La realización de trabajos extraordinarios de indudable mérito.
c) La laboriosidad o la capacidad extraordinaria, puestas de manifiesto
en bien del interés general.
d) Las grandes iniciativas de influencia nacional y, en general, los hechos ejemplares que, redundando en beneficio del país, deban premiarse y estimularse.
Las propuestas de ingreso y promoción en la Orden deberán ser formuladas por el Presidente del Gobierno, el Presidente del Congreso de los Diputados, el Presidente del Senado, el Presidente del Tribunal Constitucional, el Presidente del Consejo General del Poder Judicial, los Ministros del Gobierno, los Presidentes de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, el Jefe de la Casa de Su Majestad el Rey, el Presidente del Consejo de Estado, el Presidente del Tribunal de Cuentas. el Defensor del Pueblo, los Jefes de Misión Diplomática o Representación Permanente de España, los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas, los Presidentes de las Diputaciones Provinciales y de los Cabildos y Consejos Insulares, y por último los Alcaldes.
El Subdelegado del Gobierno en León, D. Francisco Álvarez, condecorando a un miembro de la Guardia Civil con una Cruz de esta Orden ( año 2011).
Cualquier iniciativa de Corporaciones, Asociaciones, Instituciones o cualesquiera otras Entidades deberá ser canalizada a través de las autoridades previstas en el apartado anterior, según el área de actividad en donde se adquirieron los méritos, el ámbito territorial, o la vinculación profesional de la persona propuesta.La tramitación de la concesión de esta Orden a un ciudadano extranjero requerirá, salvo en los casos de reciprocidad y canje, el informe del Representante de España en el Estado cuya nacionalidad ostente la persona a condecorar. La imposición o entrega de la misma no se llevará a efecto hasta que el Gobierno de dicho Estado otorgue el correspondiente beneplácito, si así estuviera establecido, salvo que concurran circunstancias extraordinarias que no permitan el cumplimiento de este trámite, en cuyo caso se notificará previamente esta circunstancia a la Embajada acreditada en España.
Los Caballeros y las Damas a los que se le concediese el Collar, así como los Caballeros y Damas Gran Cruz, recibirán el tratamiento de Excelentísimo Señor y Excelentísima Señora.
Quienes reciban la Encomienda de Número, tendrán el tratamiento de Ilustrísimo Señor e Ilustrísima Señora. Los demás miembros de la Orden tendrán el tratamiento de Señor o Señora, seguido de Don o Doña en el caso de ciudadanos españoles.
Esta Orden constará de los siguientes grados:                    

Collar. La insignia estará formada por una pieza central que representa el Escudo Nacional, en metal dorado y esmalte, con cuartelado sencillo, pendiendo de ella la Cruz de la Orden, que luego se describe, a un tamaño de 56 x 58 mm. y completada con doble ramo de laurel en esmalte verde.
A ambos lados del referido escudo parten las piezas o eslabones de que se compone el Collar propiamente dicho, en número de nueve piezas.


Cinco de ellas, de forma oval, estarán formadas por la alegoría central de la Cruz de la Orden, bordeada de laurel dorado, e irán colocadas a izquierda y derecha del escudo central y alternando con las cuatro piezas restantes que estarán formadas por un aspa de esmalte azul finamente bordeada de blanco, y sobre ella, dos ramos de laurel entrelazados, que simbolizan las virtudes cívicas que se premian. Todos estos eslabones se unirán al escudo central mediante una doble cadena formada por anillas planas de estilo gótico, completando el conjunto una caída de cadena que une la parte media de las dos primeras piezas con la parte baja del escudo.
Las personas que estén en posesión del Collar podrán usar, en actos cuyo ceremonial no requiera ostentar el mismo, una Gran Cruz de iguales características que la que luego se describirá para el grado de Gran Cruz, con la diferencia de que su placa llevará doble ramo de laurel en
esmalte verde, y la banda estará formada por una cinta de moaré de seda, de 101 mm. de anchura, de color azul intenso, con dos franjas blancas, de 10 mm. de anchura, situadas en los bordes.
Por razones prácticas y facultativamente, las señoras podrán usar la Gran Cruz del Collar con las dimensiones que se indican: placa, 69 x 71 mm., banda, 45 mm. de ancho y venera, 38 x 42 mm.
Gran Cruz. Constará de una banda de seda de 101 mm. de ancho, que se colocará, terciada, del hombro derecho al costado izquierdo, de color azul intenso, dividida a lo largo por una franja estrecha blanca; del rosetón, que unirá los extremos de la misma, penderá la Cruz de la Orden; ésta será de metal dorado, de 48 x 50 mm., formada por cuatro brazos iguales, en forma de aspa, esmaltados en azul intenso, y finalmente bordeados de blanco; entre estos brazos llevará cinco ráfagas abrillantadas del mismo metal.
En su centro, un óvalo de esmalte azul intenso, orlado de filete blanco, con la inscripción en color oro -AL MÉRITO CIVIL-, y en el centro, troquelado en alto relieve, el motivo característico de la Orden, que será una matrona apoyada sobre una columna, con una espada en su mano diestra, templada en el fuego del sacrificio, como símbolo de las virtudes cívicas. Entre los extremos superiores de las aspas, figurará la Corona Real. Todo el conjunto anterior pende de una corona de laurel esmaltada en verde.
Sobre el costado izquierdo ostentarán una placa dorada, de igual diseño que la Cruz anteriormente descrita, de 74 x 77 mm., llevando además tres ráfagas abrillantadas del mismo metal, colocadas detrás de cada brazo de las aspas y sobresaliendo de ellas.
Por razones prácticas y facultativamente, las señoras podrán usar las insignias de este grado, con las dimensiones que se indican: placa, 61 x 63 mm. banda, 45 mm. de ancho; y venera, 38 x 42 mm.
Encomienda de Número. Consistirá en una placa plateada, con las restantes características iguales a las descritas para la placa de la Gran Cruz, reducido su tamaño a 69 x 71 mm., que se colocará sobre el costado izquierdo.
Por razones prácticas y facultativamente, las señoras podrán usar esta insignia con el tamaño reducido a 56 x 58 mm.
Encomienda. Consistirá en una Cruz dorada, de 48 x 50 mm., idéntica a la venera de la Gran Cruz, que se portará pendiente del cuello mediante una cinta de 45 mm. de ancho, con los colores de la Orden, azul y blanco, tal como se describen en el grado de Gran Cruz.
Facultativamente y por razones prácticas, las señoras podrán usar esta insignia sustentándola de un lazo doble, con caídas, con los colores de la Orden y portarla, a modo de broche, sobre el lado izquierdo del pecho.
Cruz de Oficial. Las personas que ostenten este grado usarán una Cruz dorada, idéntica a la venera de la Gran Cruz, pendiente de una cinta de 30 mm. de ancho, con los colores de la Orden y prendida en el lado izquierdo del pecho, con un pasador-hebilla de metal dorado.
Por razones prácticas y facultativamente, las señoras podrán usar esta insignia con el tamaño reducido a 38 x 42 mm., sustentarla mediante un lazo doble, con caídas, con los colores de la Orden y portarla, a modo de broche, sobre el lado izquierdo del pecho.
Cruz. Consistirá en una Cruz plateada con las restantes características iguales a la de la venera de la Gran Cruz y se ostentará en idéntica forma que la Cruz de Oficial.
Por razones prácticas y facultativamente, las señoras podrán usar esta insignia con el tamaño reducido a 38 x 42 mm., sustentarla mediante un lazo doble, con caídas, con los colores de la Orden y portarla, a modo de broche, sobre el lado izquierdo del pecho.
Cruz de Plata. Constará de una Cruz de cuatro brazos, en forma de aspa, de 33 x 40 mm., entre cuyos extremos superiores figurará la Corona Real, en metal plateado y sin esmalte alguno. En el centro, sobrepuesto, llevará un óvalo troquelado con la inscripción -AL MÉRITO CIVIL- y el motivo característico de la Orden. Se portará de la misma forma que la Cruz de Oficial. Por razones prácticas y facultativamente, las señoras podrán usar esta insignia sustentándola de un lazo doble, con caídas, con los colores de la Orden y portarla, a modo de broche, sobre el lado izquierdo del pecho.
Para personas jurídicas e instituciones se concederá la Corbata o la Placa de Honor.
La Corbata se otorgará, exclusivamente, a personas jurídicas que tengan reconocido el uso de banderas o enseñas similares. Su insignia consistirá en una banda de seda con los colores de la Orden, semejante a la banda de la Gran Cruz, de 155 cm. de largo, rematada en sus extremos con flecos dorados. En uno de sus extremos llevará bordada la insignia correspondiente a la Encomienda de la Orden, de 55 x 60 mm. Dicha banda se colocará doblada y anudada al asta de la enseña por su extremo superior, con un cordón azul.
La Placa de Honor se otorgará a personas jurídicas que no tengan reconocido el derecho al uso de banderas. Su distintivo consistirá en una placa rectangular plateada de 30 x 18,8 cm., en cuya parte superior central figurará la insignia correspondiente a la Encomienda de la Orden, de 55 x 60 mm. y debajo constará el nombre de la entidad receptora y la fecha de concesión.
Algunas de las imágenes que se exponen en el presente artículo proceden de la web http://www.coleccionesmilitares.com/

9 04, 2012

ORDEN DE SAN RAIMUNDO DE PEÑAFORT.

Por |2020-11-13T03:46:52+01:00lunes, abril 9, 2012|

En 1944, siendo Ministro de Justicia Don Eduardo Aunós, se publica en el Boletín Oficial del Estado de 7 de febrero de 1944, el Decreto de 23 de enero de ese mismo año (festividad de San Raimundo de Peñafort, patrono de los juristas) por el que se crea la Cruz de San Raimundo de Peñafort para premiar el mérito a la Justicia y recompensar hechos distinguidos o servicios relevantes, de carácter civil, en el campo del Derecho, poniéndola bajo la advocación del que fuera eximio español y príncipe de los cronistas.Se crea rememorando las excelsas virtudes de un dominico español benemérito, confesor de reyes y papas, cronista insigne, escrutador iluminado de las vastas perspectivas del Derecho y de la Moral, distinguiéndose dos tipos de condecoraciones: CRUCES y MEDALLAS.
S.M. El Rey de España D. Juan Carlos I, con atributos de Magistrado.

En su parte expositiva el Decreto de creación de tan esclarecida Orden establece: “La grandeza de los pueblos se mide tanto por la heroica virtud de sus hijos como por el fulgente esplendor de la Justicia (…) y para enaltecer con generoso aliento la milicia de los hombres del Derecho y cuantos contribuyen a dotar al país de una inquebrantable clase jurídica y una prestigiosa estructura legal”. Y más adelante añade el citado preámbulo: “Para cumplir este cometido nada nos ha parecido mas adecuado como crear la “CRUZ-ORDEN DE SAN RAIMUNDO DE PEÑAFORT”, rememorando así las excelsas virtudes de un español benemérito, confesor de Papas y Reyes, Canonista insigne, escrutador iluminado de las mas vastas perspectivas del Derecho y la Moral. Su sentido universalista, pleno de divina inspiración; su alma misionera cuajada de rutilantes destellos, su docta y áurea pluma de legislador y tratadista han dejado rastro imperecedero en la memoria de los hombres de las tierras hispanas. Por ello será el máximo honor llevar, con la CRUZ que ahora se crea, su efigie y su nombre, vinculándolos al mas alto servicio de Dios y de España, por las anchas y reparadoras sendas del Derecho y de las Leyes”. Por Decreto de 2 de marzo de 1945 (BOE Nº 87), se aprueba el texto refundido regulador de las normas estatutarias de la Orden de San Raimundo de Peñafort, especificándose en su articulado las clases y las distintas categorías que la integran».
Cédula que acredita la concesión de esta condecoración a una Institución, en este caso se trata del diploma entregado a la Carrera Judicial y al Tribunal Constitucional.
Las Cruces se otorgan para premiar los servicios prestados y la contribución al desarrollo y perfeccionamiento del Derecho y la Jurisprudencia, entre:
-Funcionarios de la Administración de Justicia.
-Miembros de profesiones directamente relacionadas con la Justicia. (Abogados, Procuradores, Médicos Forenses, Profesionales Periciales,  Policías y Guardias Civiles).-Personas que hayan contribuido al desarrollo del Derecho, al estudio de los Sagrados Cánones y Escrituras y a la obra legislativa y de organización del Estado.
-Autores de publicaciones de carácter jurídico de relevante importancia.
– Fundadores y cooperadores de Entidades e Instituciones que tengan por finalidad el perfeccionamiento de la técnica del Derecho y la Jurisprudencia.
Pudiéndose  conceder tanto a nacionales como a extranjeros , así como a personas fisicas o instituciones.
Cédula de concesión de una Cruz Distinguida de 2ª Clase a un particular.
A diferencia de las Cruces, las Medallas premian los años de servicio, sin nota desfavorable, prestados en las profesiones jurídicas y administrativas comprendidas dentro de la jurisdicción del Ministerio de Justicia. Su concesión y uso son compatibles con el otorgamiento de cualquiera de las otras clases de esta condecoración, y se hará de la forma siguiente:

– Carrera judicial, Ministerio fiscal, Magistrados suplentes, Abogados en ejercicio, Registradores de la Propiedad y Notarios, Medalla de plata a los quince años de servicio y de oro a los veinticinco.
– Secretario y Vicesecretario de Gobierno del Tribunal Supremo y Secretarios de Sala del mismo, Medalla de plata a los quince años y de oro a los veinticinco.
– Secretarios de las Audiencias y Secretarios judiciales, Medalla de bronce  a los quince años y de oro a los veinticinco.
– Médicos forenses, Medalla de bronce  a los quince años y de oro a los veinticinco.
– Procuradores de Tribunales, Medalla de bronce  a los quince años y de oro a los veinticinco.
– Oficiales de Audiencias y juzgados y personal administrativo de los Tribunales, Medalla de bronce a los veinte años y de plata a los treinta.
Los Jueces, Fiscales y Secretarios de Juzgado Municipal que no pertenezcan a las carreras judicial o fiscal, Medalla de bronce a los quince años de servicio y de plata a 105 treinta.
Agentes judiciales, Medalla de bronce de  veinte años de servicio.
El personal del Ministerio de Justicia que pertenezca a Cuerpos de Letrados se hallará a éstos efectos asimilado a la carrera judicial; los funcionarios de los Cuerpos Técnico-administrativo y Auxiliar podrán obtener Medalla, de bronce a los quince años y de plata a los veinticinco.
Imagen de San Raimundo de Peñafort.
Con el fin de que sea distinguido el grupo en que se encuentra comprendido el interesado a quien se otorgue la Medalla; ésta llevará en la cinta de que va pendiente una barra horizontal del mismo metal que la Medalla, de cuatro milímetros de ancho, en que figurará en relieve la inscripción que corresponda, esto es: Magistratura, Ministerio fiscal, Abogacía, Procurador, Secretario de Tribunales, Secretario judicial, Médicos forenses, Auxiliares de Tribunales, Justicia municipal, Agente judicial, Registrador de la Propiedad, Notariado, Ministerio de Justicia.
El régimen de la concesión de la Gran Cruz, condecoración de mayor rango dentro de la Orden, revestirá forma de Real Decreto, que será aprobado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Justicia. Se publicará en el BOE. Su número es cerrado y su otorgamiento corresponde a circunstancias y méritos especialísimos.
La concesión del resto de condecoraciones se hará por Orden Ministerial y se publicarán en el Boletín de Información del Ministerio de Justicia.
Para acreditar el otorgamiento de la condecoración, se expedirá el correspondiente titulo autorizado con la firma del Ministro de Justicia y con la toma de razón de la Subsecretaria de Justicia.
La Cancillería de la Orden de San Raimundo de Peñafort, dependiente de la Subsecretaría de Justicia a través de la División de Derechos de Gracia y Otros Derechos, inicia el expediente a instancia de los proponentes y, una vez analizados los méritos de los candidatos y su adecuación a las normas de la Cancillería de la Orden, se recaba el «placet» del Ministerio de la Presidencia por si existiera incompatibilidad legal con otras condecoraciones civiles otorgadas a la misma persona.
Instruido así el expediente, se somete a la consideración de la Subsecretaría de Justicia para su tramitación, según proceda, como Orden Ministerial o como Real Decreto (Gran Cruz).
Se concederán, con carácter ordinario, durante la Onomástica de. M. el Rey, el 24 de junio y para conmemorar el aniversario de la Constitución Española de 1978, el 6 de diciembre.Con carácter extraordinario, cuando se produzca algún hecho relevante o acontecimiento que así lo aconseje.
Las Condecoraciones que contempla esta Orden, como ya hemos comentado , son Cruces y Medallas :
-Gran Cruz
(antiguamente Cruz Meritísima): Consistirá su insignia en una joya en forma de cruz abierta en oro y esmaltada en blanco, cuyos brazos van unidos entre sí por lazo de oro. Sus brazos tendrán una longitud de veintinueve milímetros desde el centro de la cruz a sus extremos y de diecisiete, milímetros desde el mismo punto en su bisectriz. En el brazo, superior se lee la inscripción «S.Ray-mun-dus» y en el inferior «Pen-na-for-ti», en relieve. Sobresaliendo Meritísima, por la parte central de los brazos superior e inferior y en oro, aparecen los extremos de la espada de la Justicia.
Gran Cruz con Banda.
En el centro ostentará la efigie en busto de San Raimundo de Peñafort, aureolada con el nimbo de santidad, vestido de hábito en esmaltes blanco, rojo y azul, llevando un libro entre sus manos. Formando cuerpo la efigie del Santo y en semicírculo esmaltado en azul correrá en letra de oro la inscripción, «In jure mérita «. Dicha Cruz se ostentará pendiente de cuello y hombros por una cadena de eslabones esmaltados en rojo, unidos entre sí por otro de menor, tamaño esmaltados en azul, con flamas en oro, de los cuales llevarán alternando unos la efigie del Santo y otros un escudo con el emblema de la Justicia esmaltado en blanco.
Gran Cruz con Lazo.
Esta condecoración lleva además una placa semejante a la Cruz, que difiere de ella en su mayor tamaño, siendo las dimensiones de sus brazos, respectivamente, de veinticinco y veintiocho milímetros. Los brazos van unidos entre sí por ramas de palma, en oro. Deberá colocarse al lado derecho del pecho.
-Cruz de Honor: Lleva como insignia una Cruz, pendiente del cuello y hombros Mediante una cadena de eslabones iguales en tamaño a los de la Gran Cruz, pero en plata, sin esmaltes ni flamas. Lleva también una placa como la de la anterior, en plata, con los extremos de los brazos en oro, que habrá de colocarse también al lado derecho.
Cruz de Honor.
-Cruz Distinguida de 1ª Clase y Cruz Distinguida de 2ª Clase: Su insignia es una Cruz análoga a las anteriores, pero en plata, pendiente del cuello por una cinta de cuarenta y cinco milímetros de ancho en color rojo vivo con bordes de tres milímetros a ambos lados en color azul. La de primera clase llevará asimismo placa de igual forma que la Cruz, pero en mayor tamaño, en plata, y se colocará también al lado derecho.
Cruz Distinguida de 1ª y 2ª Clase, respectivamente.
-Cruz Sencilla: Tiene como insignia una Cruz idéntica a la anterior y se ostentará en la parte alta del lado izquierdo del pecho, pendiente de una cinta de treinta milímetros de ancho en color rojo vivo con bordes de dos milímetros a ambos lados de color azul en forma de triángulo invertido, sujeta con un pasador de plata.
Cruz Sencilla.
-Medalla de Oro del Mérito a la Justicia.
-Medalla de Plata del Mérito a la Justicia.

-Medalla de Bronce del Mérito a la Justicia.Su insignia será de forma octogonal alargada, de cuarenta y cuatro milímetros en su eje mayor y treinta y seis en su eje menor. En todo su contorno, por el anverso, tendrá un borde de cuatro milímetros esmaltado en azul con la siguiente leyenda, «Cruz de San Raimundo de Peñafort.-Ministerio de Justicia».
Medallas al Mérito de la Justicia ( Oro, Plata y Bronce, respectivamente).
Una barra de tres milímetros de anchura en dirección del eje menor dividirá el anverso de la Medalla en dos partes iguales. En esta barra, esmaltada en blanco, irá la leyenda: «Constantia et virtute«. En la parte superior estará representado en relieve el milagro atribuido a San Raimundo de Peñafort, de atravesar el mar desde Sóller a Barcelona sobre su manto como esquife, y una parte de él, anudada a su bordón a guisa de vela. En la parte inferior, también en relieve se estampará el emblema de la Justicia con la espada y la balanza.
El reverso de la Medalla ostentará en relieve el anagrama de «Victor», la inscripción «Insigni Doctori Sancta Raymundo Pennaforti, Principi in juris studio et eminenti Hispaniae filio honorem redditur ac venerationem y la fecha veintitrés de enero de mil novecientos cuarenta y cuatro.
Se llevará colocada en la parte alta del lado izquierdo del pecho pendiente de, una cinta de iguales color, tamaño y disposición que la de la Cruz sencilla, y el pasador será del mismo metal que la Medalla.

8 04, 2012

MUESTRAS DE RECONOCIMIENTO INTERNACIONAL A DON JULIO PINEDO.

Por |2020-11-13T03:46:53+01:00domingo, abril 8, 2012|

Además del Reconocimiento Oficial por parte del Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia de Don Julio Pinedo como Rey de la Comunidad Afroboliviana,  reconocimiento nacional que legitima su persona y su autoridad cultural y simbólica en el seno del Pueblo Afroboliviano, en el ámbito internacional también se ha reconocido oficialmente su relevante figura por una Institución de notabilísima importancia.
En este sentido, en el informe oficial del año 2011, emitido por el Programa Mundial de Alimentos, instancia dependiente de las Naciones Unidas (ONU), sobre la Evaluación de la seguridad alimentaria de los pueblos afrodescendientes en las comunidades de los Yungas de La Paz, en su página 23, se reconoce la figura del Rey del Pueblo Afroboliviano, en los siguientes términos: «El Rey Afro es la máxima autoridad del pueblo Afroboliviano. Actualmente, ese cargo está ocupado por el Rey Julio Pinedo (…). Cabe destacar que el apoyo del Rey Afro fue fundamental para el desarrollo de este estudio en las comunidades afrodescendientes. Por otra parte, la autoridad política de cada comunidad afrodescendiente es la Mesa Directiva del Sindicato, encabezada por un secretario general.»
Podríamos considerar, a todas luces,  esta referencia como una importante muestra del reconocimiento internacional respecto a la relevancia que tiene la figura del Rey Afroboliviano como máxima autoridad cultural y tradicional de su pueblo, que merece ser reconocido como tal en este detallado informe.
Noticia extractada del texto  publicado el 29 de marzo, bajo el título «Reconocimiento Internacional del Rey de la Comunidad Afroboliviana» en la web: http://www.casarealafroboliviana.org/
7 04, 2012

RECOMENDACIÓN BIBLIOGRÁFICA.

Por |2014-07-27T19:11:03+01:00sábado, abril 7, 2012|

Queremos dedicar la entrada de hoy, a publicitar un libro que consideramos de interés para aquellos aficionados al mundo de la falerística “CONDECORACIONES Y DISTINTIVOS DE LA DIVISIÓN AZUL”. Este Compendio legislativo de condecoraciones y distintivos españoles y alemanes, como no podía ser de otra manera, es de la autoría de nuestro amigo y en muchas ocasiones colaborador, D. Antonio Prieto Barrio y de D.Manuel Pérez Rubio.
Como ya todos nuestros lectores y amigos conocen, D. Antonio Prieto Barrio, mantiene en internet, posiblemente, la mejor y más documentada web sobre condecoraciones y legislación premial  española ( http://www.coleccionesmilitares.com/).
Esta obra que hoy recomendamos a todos nuestros lectores y amigos, por su valor historiográfico, presenta una visión global del sistema premial para la División Española de Voluntarios. Por un lado lo alemán, cuyas disposiciones originales se han traducido al español. Por otro, las disposiciones oficiales españolas, conocidas o de carácter reservado en la época, así como la normativa específica de la DEV y la LEV.
Como gran novedad, se ha investigado sobre los poco conocidos premios que las corporaciones civiles entregaron en la época, de los que apenas se conocen ejemplos como el de la Medalla de Ciudad Real. Se incluyen otros premios de las Hermandades, así como algunas insignias y distintivos específicos o usados por los divisionarios desde la creación de la unidad hasta nuestros días.
Los autores, tampoco han olvidado comentar en varios anejos, diversos aspectos de la participación española en esta increíble aventura y se incluyen nuevas fotografías, muchas de ellas inéditas, procedentes de colecciones particulares o de las propias familias.
Entre las obras y artículos de Prieto Barrio queremos significar.
COMPENDIO LEGISLATIVO DE ÓRDENES, MEDALLAS Y CONDECORACIONES. CD interactivo con legislación comentada de Órdenes, Medallas y Condecoraciones españolas, actualizado en ABRIL de 2012. Este CD contiene más de 120 ficheros PDF temáticos con posibilidad de ser impresos en calidad alta, y que equivalen a más de 4400 páginas de texto con centenares de imágenes y fotografías a color y decenas de ilustraciones en blanco y negro.
RECOMPENSAS Y DISTINTIVOS Participación española en operaciones de paz y ayuda humanitaria 1989—2011. Breve historia y descripción de las operaciones en las que ha participado España. Describe los premios y recompensas entregados a las Fuerzas Armadas españolas (nacionales y extranjeros), así como los distintivos empleados en las diferentes operaciones de mantenimiento de la paz y ayuda humanitaria. Mas de 600 páginas, 350 de ellas con fichas de los emblemas de boina, brazo, pecho y recompensas a color.
DICCIONARIO DE CINTAS DE RECOMPENSAS ESPAÑOLAS (desde 1700).Proporciona un texto de carácter descriptivo, general y contrastado, a la vez que práctico donde pueden encontrarse con facilidad datos o referencias sobre las recompensas españolas, contribuyendo a la mejor identificación de las mismas.
RECOMPENSAS DE LA GUERRA DEL GOLFO (1990-1991).Describe las Medallas de los países de la coalición y de Irak entregadas para premiar hechos y servicios en este conflicto y otras operaciones relacionadas (Provide Comfort, UNSCOM), incluyendo más de 50 ilustraciones 75 páginas, más cuatro láminas a color con unas 120 cintas.

MEDALLAS DE LAS NACIONES UNIDAS.Describe las Medallas de las Naciones Unidas desde su creación hasta nuestros días, sus tipos, variaciones, etc. incluyendo más de 30 ilustraciones, 63 páginas y dos láminas a color con más de 60 cintas.

NUEVAS RECOMPENSAS PARA NUEVAS MISIONES.Describe las recompensas entregadas por varios países (incluido España), Naciones Unidas u otras organizaciones por servicio en Operaciones de Mantenimiento de la Paz y operaciones no bélicas, incluyendo más de 130 ilustraciones,197 páginas con ilustraciones y fotografías mas diez láminas a color con unas 300 cintas.

CONDECORACIONES CARLISTAS Y DEL REQUETÉ. Estupendo artículo de este autor, publicado en el núm.72 de la Revista de Historia Contemporánea «Aportes» donde hace un estudio pormenorizado de las condecoraciones carlistas.

Para más información http://www.coleccionesmilitares.com/
6 04, 2012

PRINCIPADO DE ASTURIAS: Banderas y Escudos de las Comunidades Autónomas que componen el Reino de España.

Por |2020-11-13T03:46:53+01:00viernes, abril 6, 2012|

BANDERA.
La bandera del Principado de Asturias es la tradicional, rectangular con la Cruz de la Victoria en amarillo sobre fondo azul, según se establece en el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, en su artículo 3.1.

De los brazos de la cruz cuelgan las letras griegas alfa mayúscula y omega minúscula, que significan el principio y el fin (la infinita extensión de Dios). La letra omega es minúscula y no mayúscula, porque así se encuentra en las ilustraciones más antiguas que se conocen, como las pinturas de San Julián de los Prados.
El eje vertical de la Cruz de la Victoria está a una distancia de la vaina de media anchura de la bandera.
 En su forma de gala o respeto, la bandera se confecciona con tafetán de seda con la Cruz de la Victoria de oro y piedras preciosas, mientras que en los demás casos se hace con tejido fuerte de lanilla o fibra sintética, llevando la Cruz de la Victoria estampada o sobrepuesta.

En la versión de la bandera «para uso distinto de su colocación en mástil», la Cruz de la Victoria se sitúa en el centro. En la Ley 4/1990, de 19 de diciembre se desarrolla la legislación relativa al uso de la bandera, así como sus dimensiones oficiales, lugar de colocación en ceremonias públicas, colores, etc.
ESCUDO.
El escudo del Principado de Asturias es rectangular, cuadrilongo y con los extremos del lado inferior redondeados y una punta o ángulo saliente en el centro de dicho lado, con la proporción de seis de alto por cinco de ancho y trae sobre campo de azur la Cruz de la Victoria, de oro, guarnecida de piedras preciosas de su natural color, y las letras alpha mayúscula y omega minúscula, también de oro, pendientes de sus brazos diestro y siniestro, respectivamente; y en sendas líneas, con letras de oro, la leyenda «HOC SIGNO TVETVR PIVS – HOC SIGNO VINCITVR INIMICVS» (Con este emblema se defiende al piadoso – Con este emblema se vence al enemigo) la primera al flanco diestro y la segunda al flanco siniestro.

 Al timbre, corona real, cerrada, que es un círculo de oro, engastado de piedras preciosas compuesto de ocho florones de hojas de acanto, visibles cinco, interpoladas de perlas, y de cuyas hojas salen sendas diademas sumadas de perlas que convergen en un mundo de azur , con el semimeridiano y el ecuador de oro, sumado de cruz de oro. La corona forrada, de gules o rojo.
El escudo del Principado de Asturias fue adoptado el 27 de abril de 1984, basado en el que la Diputación Provincial de Oviedo adoptó en el año 1857. En 1985 se creó una versión simplificada del escudo, acorde con el estilo gráfico de los logotipos corporativos, para uso exclusivo de la Administración del Principado.
5 04, 2012

BUERES y BUTTIGLEG: Heráldica de nuestros Caballeros y Damas.

Por |2014-07-27T19:11:03+01:00jueves, abril 5, 2012|

Escudo: De plata, una cruz flordelisada de gules cargada de una cruz llana de oro. Bordura dentellada de gules.
Escudo cuartelado: 1º, de gules, una cruz llana de oro cantonada de gafas de oro. 2º de oro un águila de sable, picada y armada de oro. 3º, de oro, cuatro palos de gules. 4º, de gules un castillo de oro aclarado de azur.
Sobre el todo un escusón partido: 1º de plata, una faja de gules acompañada en lo alto de una estrella de lo mismo y en lo bajo de un desafiante gallo, también de gules.2º, de azur , un árbol de sinople sostenido por dos leones de oro y surmontado de tres estrellas de lo mismo.
4 04, 2012

REPUBLIC OF SOUTH SUDAN:BANDERA Y BLASON DE UN NUEVO ESTADO

Por |2020-11-13T03:46:53+01:00miércoles, abril 4, 2012|

La República de Sudán del Sur, oficialmente Republic of South Sudan, es un país situado en el centro de África, con capital en la ciudad de Yuba. Sudán del Sur limita con Sudán al norte, Etiopía al este, Kenia, Uganda y la República Democrática del Congo al sur, y con la República Centroafricana al oeste.
Blasón de Sudán del Sur.
El territorio que actualmente conforma Sudán del Sur fue parte del Sudán Anglo-Egipcio y, después, de la República de Sudán desde su independencia en 1956. En septiembre de 1983, el entonces presidente de Sudán, Yaafar Mohammed Numeiri, creó un estado federal que incluía tres estados federados en Sudán del Sur, pero más tarde los disolvió, lo que provocó el inicio de la segunda guerra civil entre las tropas sudanesas y el secesionista Ejército de Liberación del Pueblo de Sudán.
Salva Kiir, primer Presidente de Sudán del Sur, muestra orgulloso la nueva Constitución del País.
Finalmente, el gobierno sudanés permitió la autonomía de la región tras un acuerdo de paz firmado el 9 de enero de 2005 en la ciudad keniana de Naivasha. Bajo dicho acuerdo, Sudán del Sur se convirtió en una región autónoma de Sudán con su propio gobierno y constitución interina, aprobada el 5 de diciembre de 2005, que definió la celebración de un referéndum de independencia entre el 9 y el 15 de enero de 2011. El 7 de febrero de 2011 se hicieron públicos los resultados oficiales, que arrojaron un apoyo del 98,83% a los partidarios de la independencia, la cual fue proclamada el 9 de julio de 2011.
Bandera de Sudán del Sur.
Sudán del Sur fue propuesto como nuevo miembro de las Naciones Unidas el 13 de julio por los miembros del Consejo de Seguridad. La recomendación fue adoptada por la Asamblea General que aprobó por aclamación el 14 de julio la incorporación de Sudán del Sur como el 193 miembro de la ONU. Con ocasión de su independencia el mundo descubre la bandera y el blasón de este nuevo estado.
3 04, 2012

CONDECORACIONES DE JAMAICA.

Por |2020-11-13T03:46:53+01:00martes, abril 3, 2012|

Por el Dr. Francisco M. de las Heras y Borrero, Presidente de la Diputación de Linajes de esta Casa Troncal.
Jamaica es una isla perteneciente a las Grandes Antillas, de 240 km de largo y un máximo de 80 km de ancho, situado en el mar Caribe, distante 150 km del sur de Cuba y 180 km del oeste de la isla de La Española, en la que están Haití y la República Dominicana. Al año 2007 Jamaica tenía una población de 2.780.132 habitantes. El 76,3% es de raza negra, el 15,1% mulata y zamba y el 9,1% restante está compuesto por blancos y asiáticos.
Escudo de Jamaica.
Jamaica fue posesión española después de que Cristóbal Colón llegara a estas tierras en 1494. Los ingleses atacaron la isla reiteradamente a partir de 1596, hasta que, finalmente, el almirante inglés William Penn y el general Robert Venables la tomaron en 1655.
En sus primeros 200 años de dominio británico, Jamaica se convirtió en el mayor exportador de azúcar del mundo. Esta productividad jamás se habría logrado sin la mano de obra esclava traída de África. Tras una serie de revueltas, la esclavitud fue oficialmente abolida en 1834.
La capital original de Jamaica estaba en el actual Spanish Town, la antigua capital colonial. Los españoles nombraron esta ciudad como Santiago de la Vega. En 1872 Kingston se convirtió en la capital de la isla.
Jamaica recibió su independencia de Gran Bretaña el 6 de agosto de 1962, cambiando su estado de colonia de la Corona a miembro de la Commonwealth.
Como vamos a ver, Jamaica posee un rico y variado Derecho Premial.
Medalla del Reconocimiento del Primer Ministro de Jamaica .
La Medalla del Primer Ministro de Jamaica es un premio entregado por el Primer Ministro a las personas que, a su criterio, considera que son dignas de ser reconocidas por sus servicios a la nación.  
En 1983, el Muy Honorable Seaga Edwards, Primer Ministro de Jamaica, consideró que, con ocasión del XXI Aniversario de la Independencia del país, debería otorgarse un reconocimiento especial a los ciudadanos de Jamaica que habían hecho contribuciones significativas a favor del estado, pero que no habían recibido ninguno de los honores nacionales.
La medalla es redonda, 2 1/4 pulgadas de diámetro, hecha de níquel y chapada con 24 quilates de oro. Se sujeta a una cinta por un pequeño anillo. Los estatutos estipulan que puede ser usada ya sea alrededor del cuello o en el pecho izquierdo.
Orden de la Excelencia.
La Orden de la Excelencia, creada en el año 2003, es el honor más reciente que concede el estado de Jamaica.
Se ha otorgado solamente en dos Jefes de Estado extranjeros. A Su Excelencia Thabo Mbeki, Presidente de Sudáfrica , durante su visita a Jamaica en julio de 2003, y al Rey Juan Carlos de España durante una visita real efectuada en febrero de 2009.
A S.M. D. Juan Carlos I, Rey de España, durante su visita a Jamaica en el año 2003 se le otergó la Orden de la Excelencia.
Orden de Héroe Nacional .
La Orden de Héroe Nacional, creada en 1969, se concede sólo a los ciudadanos de Jamaica por » servicios distinguidos» a la nación. Puede otorgarse tanto a título póstumo como con ocasión de la jubilación de la vida pública activa.
La insignia de la Orden de Héroe Nacional es una medalla de oro de doce puntas con una estrella blanca, centrada en un medallón esmaltado negro. El lema de la Orden es: «Para una alianza del pueblo» .
Orden al Mérito de Jamaica.
  La Orden de Mérito se confiere a los jamaicanos o a los ciudadanos distinguidos de otros países que han destacado sobremanera en el campo de la ciencia, las artes, la literatura o cualquier otra empresa.
Orden al Mérito de Jamaica.
Esta distinción, muy exclusiva, no puede ser disfrutada más que por 15 personas en vida. Los miembros de la Orden tienen derecho al tratamiento de Honorable. Su lema es: «El que practica la verdad viene a la luz.»
  La Orden al Mérito fue originalmente la que se adjudicaba a los jefes de estado extranjeros, sin embargo este papel fue asumido por la Orden de la Excelencia a partir del 2003 . Fidel Castro y Bob Marley fueron distinguidos con esta Orden.
Orden de la Nación.
Orden de de la Nación fue instituida en 1973. Se otorga habitualmente al Gobernador General de Jamaica y a los Primeros Ministros, salvo que ya hayan sido distinguidos con la Orden de Héroe Nacional .
Cinta de la Orden de la Nación.
Los miembros de esta Orden y sus cónyuges tienen derecho al tratamiento de «Muy Honorable «. Su lema es: «Una nación bajo Dios» En el año 2002, se otorgó, a título póstumo, la Orden de la Nación a todos los ex primeros ministros de Jamaica.
2 04, 2012

RUTA HERÁLDICA EN LA MANCOMUNIDAD DE LA SIDRA.

Por |2020-11-13T03:46:53+01:00lunes, abril 2, 2012|

Las piezas heráldicas constituyen de por sí una obra de arte, y son en realidad, elementos artísticos que fueron tallados por manos de artesanos, generalmente autóctonos. El conjunto heráldico asturiano forma un esplendido ejemplo de la imaginería de aquellos artesanos que cincelaban sus diferentes piezas directamente en la pared, ya que rara vez se trasladaba el elemento desde el taller a su lugar de ubicación. Son en realidad las piezas más singulares y hermosas de las rústicas habitaciones civiles asturianas, permitiéndonos disfrutar de su calidad, de la técnica de fabricación y de sus diseños.
De la autoría de D. Manuel Luis Ruiz de Bucesta y Álvarez y de Dña. María Cristina Fernandes Chaves, y magistralmente prologado por D.Manuel María Rodríguez de Maribona y Dávila, Ruta Heráldica en la Mancomunidad de la Sidra, con un total de 216 páginas, es un catálogo heráldico asturiano que comprende los Concejos de de Bimenes, Cabranes, Colunga, Nava, Sariego y Villaviciosa, describiendo y estudiando más de doscientas piezas heráldicas.
Manuel Luis Ruiz de Bucesta y Álvarez, con más de una veintena de obras en el mercado entre los que  queremos destacar, «Ruta Heráldica en el Concejo de Pravia», es Experto Universitario en Genealogía Heráldica y Derecho Nobiliario. Numerario y Vicedirector de la Academia Asturiana de Heráldica y Genealogía. Correspondiente de la Academia Belga-Española de Historia y Académico del Instituto de estudios Beato Pio IX de Roma, etc. Es Secretario Canciller del Cuerpo de la Nobleza del Principado de Asturias y Canciller para el Principado de esta Casa Troncal.
María Cristina Fernandes Chaves es Licenciada en Derecho, Historiadora, investigadora y heraldista. Correspondiente de la Academia Asturiana de Heráldica y Genealogía, Correspondiente de la Academia Alfonso XIII, Miembro del Colegio Heráldico de España y de las Indias y ha impartido, participado y colaborado en innumerables cursos y artículos.
Con la entrada de hoy ,  desde este blog, queremos recomendar a todos nuestros lectores y amigos  la lectura de esta obra que consideramos imprescindible para todos los que nos contamos entre los amantes de estas ciencias, artes y tradiciones.
1 04, 2012

ACTOS PATROCINADOS POR HIDALGOS Y EL INSTITUTO DE ESTUDIOS NOBILIARIOS.

Por |2020-11-13T03:46:54+01:00domingo, abril 1, 2012|

En nuestra entrada correspondiente al lunes 19 de marzo actual, anunciábamos los actos que la Real Asociación de Hidalgos de España en colaboración con el Instituto Español de Estudios Nobiliarios, tenían previsto patrocinar para el día 27 de marzo pasado. Como entrada de hoy, queremos subir al blog una crónica sobre los mismos que nos remite a tal efecto el Caballero de esta Casa Troncal D. Miguel Ángel Hermida Jiménez.
El pasado martes 27 de marzo tuvo lugar en la sede de la Real Asociación de Hidalgos de España, y siguiendo el ciclo de conferencias organizado por la Fundación Instituto Español de Estudios Nobiliarios, una interesantísima conferencia y seguidamente la presentación de un magnífico libro. La conferencia fue presentada por don Mario Jaramillo y Contreras y pronunciada por el teniente coronel de Infantería don Antonio Manzano Lahoz, “El ejército que vuelve a ganar batallas. Felipe V”. El teniente coronel Manzano nos presentó el panorama militar que hereda Felipe V y las transformaciones que tuvieron lugar en el ámbito del ejército y que supuso un profundo cambio en los resultados obtenidos en el campo de batalla por el ejército borbónico. A modo de estampas, el conferenciante nos ofreció una visión global sobre el tema, haciendo especial mención a aspectos como reclutamiento, acceso a los empleos de oficiales, ascensos, organización, disciplina, técnicas de combate, equipamiento, uniformidad; estos y otros interesantes aspectos ayudaron a dibujar el ejército que durante el siglo XVIII defendió los territorios españoles por todo el mundo. Tras la brillante conferencia, prosiguió el acto don Manuel Ladrón de Guevara e Isasa, quien presentó el libro, del cual es autor y director: Pleitos de hidalguía que se conservan en el Archivo de la Real Chancillería de Granada (siglo XVI- Reinado de Juana I): extracto de sus expedientes. Obra importantísima por su calidad y por la información que ofrece, además de completar el conjunto de obras sobre la documentación nobiliaria que se conserva en los archivos de las instituciones judiciales españolas del Antiguo Régimen, labor que se inició hace años por Hidalgos de España con los estudios de buena parte de la documentación conservada en el Archivo de la Real Chancillería de Valladolid y que prosigue la Real Asociación de Hidalgos de España y su Fundación Instituto Español de Estudios Nobiliarios con la publicación por Ediciones Hidalguía de este libro, los que le anteceden y los que pronto verán la luz, respecto a estas importantísimas fuentes documentales para el estudio de la nobleza.
Finalizó el acto con unas palabras del conde de Villarreal, presidente de la Real Asociación de Hidalgos de España e Instituto Español de Estudios Nobiliarios y, seguidamente, se ofreció para los asistentes el ya tradicional vino español.
Armas correspondientes al Caballero de esta Casa Troncal D. Miguel Ángel Hermida Jiménez.
Escudo procedente del Registro de Blasones de la Casa Troncal de los Doce Linajes de Soria.
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