Plaza Mayor n° 6, Soria, España

Archivos diarios: 27 agosto, 2015

27 08, 2015

RECORDATORIO DE COMUNICADO: Cuota Anual Casa Troncal 12 Linajes de Soria

Por |2020-11-13T03:41:46+01:00jueves, agosto 27, 2015|

Doce-Linajes

Queridos Caballeros y Damas de la Casa Troncal,

Espero que os encontréis bien.

El motivo de este comunicado es además de saludaros, recordaros que este año, tal y como se decidió en la Asamblea del pasado mes de Agosto celebrada en la Muy Noble y Leal Ciudad de Soria, y que posteriormente se informó en el Acta de la misma, todos los Caballeros y Damas deberán colaborar con el ingreso simbólico de la cuota anual que se estableció: 60 euros/año por Caballero/Dama de esta Asociación. En esta ocasión no se estableció distinción alguna entre Caballeros y Damas (de Linaje y Honorarios), ya que tal y como establecen nuestros estatutos en el art.22.5: » Tanto los Caballeros o Damas Hijosdalgos de Linajes como los Caballeros o Damas Hijosdalgos Honorarios tendrán los mismos derechos y obligaciones».

La razón principal del establecimiento de una cuota no es otra que la necesidad de que la Casa Troncal cuente con los fondos necesarios para el correcto desarrollo de las actividades que le gustaría desempeñar, con el fin de ir afianzando así Su presencia tanto en Soria, como a nivel Nacional e Internacional.

En documento adjunto podéis encontrar la Resolución de la Cuota.

Recordad, que el plazo establecido fue el primer trimestre del ejercicio, y la cuenta bancaria en la que debe realizarse el ingreso es la siguiente:

Asociación de la Casa Troncal de los Doce Linajes de Soria

0049- 0395 13 2911296216

Concepto: Cuota Anual (número de Caballeros/Damas al que corresponda)

¡¡ Agradecemos de antemano la colaboración de todos !!

Aquellos que ya han realizado el ingreso pueden olvidarse de este comunicado y les agradecemos su puntualidad y su compromiso.

Deseando que este año sea un GRAN año para la Casa Troncal, recibid todos,

12 afectuosos abrazos,

Marisol de las Heras y Ojeda

Dama de Linaje Santisteban

Secretaria- Diputada de la Casa Troncal de los 12 Linajes de Soria

 resolucion

27 08, 2015

RECORDATORIO DE COMUNICADOS: Cuota Anual Casa Troncal 12 Linajes de Soria

Por |2020-11-13T03:41:46+01:00jueves, agosto 27, 2015|

Doce-Linajes1

Queridos Caballeros y Damas de la Casa Troncal,

   Dada la pasada finalización del mes de marzo (y por ende del trimestre), se recuerda a todos lo expresado en tres comunicados anteriores que se hicieron en este mismo blog, al respecto del abono en el primer trimestre del presente año de la cuota anual que se estableció en 60 euros/año por Caballero/Dama de esta Asociación.

   En documento adjunto podéis encontrar la Resolución de la Cuota, recomendándose su lectura acerca de la pérdida de derecho de voto, caso de no abonarse la cuota establecida.

   Recordad, que el plazo establecido fue el primer trimestre del ejercicio, aún así se recuerda para aquellos que no lo pudieron realizar en su momento, haciéndose constar que  la cuenta bancaria en la que debe realizarse el ingreso es la  que consta en el documento adjunto al pie (resolución).

¡¡ Agradecemos de antemano la colaboración de todos !!

Aquellos que ya realizaron el ingreso pueden olvidarse de este comunicado y les agradecemos su puntualidad y su compromiso.

12 afectuosos abrazos,

resolucion

 

27 08, 2015

¿Sigue habiendo nobles en la España del siglo XXI?; por D. Antonio Alfaro de Prado

Por |2020-11-13T03:41:47+01:00jueves, agosto 27, 2015|

cropped-Clip_3

http://www.genealogiahispana.com/opinion/sigue-habiendo-nobles-en-la-espana-del-siglo-xxi/ utm_campaign=shareaholic&utm_medium=facebook&utm_source=socialnetwork

BLOG DE GENEALOGIA HISPANA

Esta entrada fue publicada en 21 agosto, 2015 por Antonio Alfaro de Prado.

¿Sigue habiendo nobles en la España del siglo XXI?

Realmente esta es una cuestión propia de la Nobiliaria y no de la Genealogía, pero como a los genealogistas se nos atribuye siempre el inapropiado cartel de “expertos en cuestiones de nobleza” puede ser interesante conocer por qué continúa siendo un asunto polémico.

Para ello debemos remontarnos a los años 1834 y siguientes cuando legalmente se puso fin a los privilegios del estamento noble en todos los ámbitos oficiales. Hasta entonces, un reducido porcentaje de la población española gozaba de la distinción de noble o hidalga. Se trataba de un grupo muy heterogéneo cuyos privilegios venían heredados en muchos casos desde hacía cientos de años. Entre ellos había desde pobres de solemnidad, los menos, a gran parte de la clase alta del país. Un pequeño subgrupo dentro de este conjunto lo constituía la nobleza titulada. Su número y distribución variaba enormemente según los territorios como podemos observar en el mapa de la población hidalga de España en 1787 situación que no había variado sustancialmente durante el primer tercio del XIX.

Conviene aclarar también que la nobleza no era algo teórico, sino un estado civil concreto, público y notorio. El noble debía estar reconocido y se hacía constar en la documentación civil y militar. En caso de conflicto había tribunales competentes para dilucidar la hidalguía, o no, de la persona que por diversos motivos se podía ver obligada a defender su condición. Bajo determinadas circunstancias se podía adquirir o perder.

Este fragmento del padrón de vecinos de Usagre realizado en 1829 nos muestra cómo seguía vigente en la documentación oficial la “distinción de estados”, haciéndose anotar qué vecinos pertenecían al Eclesiástico y al Noble (Fuente: Archivo Histórico Provincial de Cáceres, leg.376)

Este fragmento del padrón de vecinos de Usagre realizado en 1829 nos muestra cómo seguía vigente en la documentación oficial la “distinción de estados”, haciéndose anotar qué vecinos pertenecían al Eclesiástico y al Noble (Fuente: Archivo Histórico Provincial de Cáceres, leg.376)

Ahora bien, las disposiciones promulgadas a partir de 1834 si bien eliminaron la llamada “distinción de estados” (nobles, eclesiásticos y estado llano) no decretaron explícitamente que la hidalguía quedaba extinguida, sino simplemente que pasaba a estar desprovista de preeminencias tangibles respecto al resto de la sociedad. Y, lo que es muy significativo, se suprimieron las salas de hidalguía en los tribunales, de modo que desde entonces no es posible acreditar oficialmente la condición de noble en España.

Hay una excepción a todo ello; los títulos nobiliarios, que han mantenido su reconocimiento hasta nuestros días, salvo un pequeño paréntesis durante la II República y años inmediatos. Competencia del Ministerio de Justicia, el Estado no solo tutela su uso sino que deben ser sancionadas las sucesiones y son competentes los tribunales en caso de conflicto. Las concesiones de mercedes nobiliarias han sido una constante en los sucesivos reinados, habiendo concluido el de Don Juan Carlos I con más de cincuenta títulos otorgados a personalidades de muy diversos ámbitos.

Esta confusa situación ha generado desde entonces posturas encontradas acerca de la pervivencia o no de la hidalguía, que muchos consideraron definitivamente suprimida por la actual Constitución. Diversas sentencias posteriores, esencialmente sendas del Constitucional y del Supremo (ver nota final), parecen avalar la interpretación de que los tribunales actuales habrían reconocido que puede seguir existiendo la nobleza no titulada pero que por ser meramente honorífica han considerado que no les corresponde determinar si la poseen o no los demandantes que habían solicitado la confirmación judicial de sus pretensiones.

Siguiendo la argumentación anterior, que cuenta también con numerosos detractores, podríamos considerar que la hidalguía seguiría existiendo y que, a partir de las cuantificaciones que conocemos anteriores a 1834, podría corresponder como mínimo a un 5% de la población actual quienes según las normas nobiliarias tradicionales reunirían los requisitos para ser reconocidos como hidalgos. Ahora bien, transcurridos cerca de 200 años sin pruebas oficiales y tras varias generaciones de por medio, no todas aquellas personas con derechos podrían acreditarlos suficientemente.

Toma de hábitos de nuevos caballeros de la Orden de Calatrava (Almagro, 2010) donde también se observan emblemas de Santiago, Montesa y Alcántara. Junto a las grandes órdenes militares españolas y otras antiguas corporaciones de prestigio, proliferan en nuestros días las más extravagantes asociaciones adornadas de todo tipo de emblemas, uniformes y distinciones, a imagen, copia y semejanza de aquellas. Imagen: http://comunicadoscalatrava.blogspot.com.es/

Toma de hábitos de nuevos caballeros de la Orden de Calatrava (Almagro, 2010) donde también se observan emblemas de Santiago, Montesa y Alcántara. Junto a las grandes órdenes militares españolas y otras antiguas corporaciones de prestigio, proliferan en nuestros días las más extravagantes asociaciones adornadas de todo tipo de emblemas, uniformes y distinciones, a imagen, copia y semejanza de aquellas. Imagen: http://comunicadoscalatrava.blogspot.com.es/

Ante este panorama y no siendo acreditable la hidalguía de forma oficial ¿son un fraude las actuales instituciones, corporaciones y asociaciones de la nobleza en España? Habría que dar una respuesta matizada ya que algunas mantiene un alto nivel de exigencia al efectuar las pruebas de ingreso mientras que otras son apenas asociaciones privadas de amigos para su mayor vanagloria. Entre las más reconocidas, sin ser exhaustivos, se encuentran las cuatro grandes órdenes militares españolas (Santiago, Calatrava, Alcántara y Montesa) y las antiguas Maestranzas (Ronda, Sevilla, Granada, Valencia y Zaragoza), el Real Cuerpo de la Nobleza de Madrid, alguna otra entidad local y la Real Asociación de Hidalgos a Fuero de España. Pero, en todo caso, todas ellas evalúan la nobleza según su propia y particular interpretación de la legislación nobiliaria.

Sería largo y conflictivo analizar todas las entidades que dicen exigir nobleza para su ingreso. Incluso las anteriores no han estado nunca exentas de polémicas, ya que la trascendencia de la aceptación o no de los aspirantes da lugar a presiones, críticas y rencillas.

44

Con todos estos datos ya podríamos intentar responder a la pregunta inicial, ¿sigue habiendo nobles en la España del siglo XXI? En cuanto a la no titulada podríamos decir que sí, que puede haber varios cientos de miles de españoles descendientes de los hidalgos que gozaban de tal condición y que reunirían los requisitos para ser considerados nobles… si hubiera forma oficial de ser reconocidos. Debido a esta circunstancia, sólo serían nobles formalmente en España los actuales poseedores de títulos nobiliarios, puesto que son los únicos que cuentan con una Real Carta que lo acredita.

Respecto a la nobleza titulada hay que aclarar que sólo están autorizados para su uso en España los títulos españoles y extranjeros reconocidos por el Ministerio de Justicia, quien publica la Guía Oficial de Grandezas y Títulos del Reino. Complejo sería analizar el amplio repertorio de títulos extranjeros que vemos reflejados en las crónicas sociales, muchos de ellos no reconocidos en sus países de origen por haber sido abolidos o bien fueron otorgados por pretendientes a tronos que los conceden sin valor oficial alguno.

Es en todo caso una cuestión que genera gran polémica y que obviamente cuenta con un amplio trasfondo político e ideológico. Hay quienes mantienen tajantemente que ya las leyes del XIX dieron fin a la nobleza no titulada, que constituye un anacronismo y que no tiene cabida en nuestros días y en el ordenamiento constitucional. O incluso que, desprovista de todo contenido, carece de sentido reivindicarla. En el extremo opuesto se encuentra a quienes no solo defienden su vigencia sino que la consideran avalada por  sentencias de los tribunales españoles.

Sea como fuere, el genealogista debe apreciar que la Nobiliaria puede ser una valiosísima fuente documental para la investigación pero que por su contenido, orientado a la mayor gloria de los interesados, constituye siempre un terreno minado con posibles falsedades o errores. Algo que se acrecienta aún más en nuestros días ante la falta de criterios y sentencias oficiales al respecto.

Antonio Alfaro de Prado

N.B. Desde el punto de vista de los defensores de la vigencia de la hidalguía hay un detallado informe acerca de La nobleza no titulada en España publicado por el Instituto Español de Estudios Nobiliarios, donde se mencionan y analizan las ya mencionadas sentencias del Tribunal Supremo y del Constitucional.

Ir a Arriba