Cruzamiento de Caballeros en el Sácer; por D. José M. Huidobro
Artículo de fecha 01-10-2015 de D. José Manuel Huidobro
Caballero de la Orden de Caballería del Santo Sepulcro de Jerusalén, Miembro de la Real Asociación de Hidalgos de España. Máster en Derecho Nobiliario, Heráldica y Genealogía (UNED). Autor de 55 libros y más de 700 artículos.
Cruzamiento de Caballeros en el Sácer. Los Jerónimos, 2 de Octubre de 2015
El viernes, día 2 de octubre a las 18 horas, tuvo lugar, en la Parroquia de San Jerónimo el Real de Madrid, el cruzamiento de los Caballeros del Sácer.
A continuación se ofreció una copa de vino español en la Casa de Castilla la Mancha.
La “Archicofradía de la Orden de los Caballeros de la Cruz del Sácer, del Santísimo Cristo del Consuelo, Santa Ana y la Veracruz y el Santísimo Sacramento”, es popularmente conocida por su forma abreviada de “Orden del Sácer”, una asociación de carácter religioso, erigida en Archicofradía, benéfica, hospitalaria y cultural. Sus estatutos han sido erigidos canónicamente por el Obispo Prior de las Ordenes Militares de España, que también lo es de la Diócesis de Ciudad Real, Don Rafael Torija de La Fuente, el 2 de diciembre de 1992.
Fue fundada en el año 1570 en la Villa de Saceruela (Ciudad Real), una tierra hidalga de monteros, por el personaje ilustre don Alonso Rodríguez de Camargo, Alcalde Mayor de Toledo y Presbítero de la Orden de Calatrava, “con el fin primordial de mantener hospitales y asistir a peregrinos y necesitados que peregrinaban hacia el Real Monasterio de Guadalupe”. Refundada en 1989, sigue estando hoy viva con el mismo nombre, la misma devoción y la misma filosofía de ayuda a las personas necesitadas.
Publicado en el blog «Hidalgos en la Historia» cuyo blogmaster es D. J. Manuel Huidobro
Instituto de Estudios Históricos Bances y Valdés. ACTO DE NOMBRAMIENTO DE LOS NUEVOS ACADÉMICOS EN MADRID
INSTITUTO DE ESTUDIOS HISTÓRICOS BANCES Y VALDÉS
ACTO DE NOMBRAMIENTO DE LOS NUEVOS ACADÉMICOS EN MADRID
El pasado jueves día 1 tuvo lugar en el Salón de Actos de la Real Academia de la Ingeniería la ceremonia de entrega de los diplomas a los nuevos Académicos Correspondientes en Madrid, y que les acredita como miembros del Instituto de Estudios Históricos Bances y Valdés, del Principado de Asturias.
El Instituto de Estudios Históricos Bances y Valdés es una institución académica, de estudios históricos, con un marcado carácter vocacional. Se fundamenta en la excelencia de sus miembros y su misión principal consiste en promover y desarrollar la investigación, así como también divulgar y asesorar en lo relativo con la historia en general, los usos y las costumbres, el presente y el pasado, ofreciendo las bases que contribuyan a la conservación del patrimonio inmaterial que comprende el antiguo Concejo de Pravia y, por vinculación, del resto del territorio del Principado de Asturias.
De igual forma intenta el Instituto de Estudios Históricos Bances y Valdés, compilar, preservar y organizar los distintos documentos y elementos de carácter histórico, contribuyendo de esta manera a la conservación de la cultura asturiana.
El solemne acto estuvo presidido por el Dr. D. Antonio Colino y Martínez, Secretario General de la Real Academia de la Ingeniería, D. Alfredo Leonard y Lamuño de Cuetos, Académico de Número del Instituto de Estudios Históricos Bances y Valdés, y el Vizconde de Ayala.
Durante la ceremonia de entrega intervinieron el Secretario General de la Real Academia de la Ingeniería, quien dio la bienvenida a todos los asistentes; D. Alfredo Leonard, quien leyó unas palabras en nombre del Director del Instituto Bances y Valdés, D. Manuel Luis Ruiz de Bucesta y Álvarez, que por motivos de agenda no pudo acudir al acto. Se entregaron los Diplomas a los nuevos Académicos del Instituto, el Dr. D. Luis Jaime Marco y García, Dr. D. Carlos Fernández y Caballero, Dr. D. Vicente Alcaraz y Álvarez de Perea, Dra. Dña. Eva María García y del Toro, Dr. D. Carlos Jurado y Cabañes, el Profesor Dr. D. Juan Luna y Fernández, D. Carlos Franco y Suanzes, Dr. D. Fernando Varela y Soto, Dr. D. Alfonso Maldonado y Zamora, Dr. D. Salvador Heras y Moreno, Dra. Dña. Isabel Muñoz del Toro, D. Adrián López de Losada y Domínguez, y el Dr. D. Jesús Alonso Trigueros.
Tras la entrega de diplomas, el Dr. D. Salvador Heras, leyó unas palabras en nombre de los nuevos Académicos Correspondientes del Instituto, cerrando el acto el Dr. Vizconde de Ayala, quien realizó una brillante intervención.
A tan interesante ceremonia acudieron, entre otras autoridades, D. Manuel Rodríguez de Maribona, el Conde de Carrión de Calatrava, D. Miguel Antolín Martínez, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo, D. Arturo y D. Javier Llerandi, el Marqués de Monasterio, D. Manuel López de Losada, D. Ignacio Arbesú, D. Álvaro de Ysasi, Dña. Julia del Toro, y Dña. María Luisa Carrillo de Albornoz.
La nobleza de sangre: los Hidalgos; por D. Manuel Pardo de Vera
LOS HIDALGOS
La nobleza de sangre: los Hidalgos
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(VICEPRESIDENTE DE LA REAL ASOCIACIÓN DE HIDALGOS DE ESPAÑA) MADRID 24/09/2015 |
A todos nos es familiar la palabra hidalgo pero ¿sabemos lo que esto significa? ¿Quiénes eran los Hidalgos? ¿Cuáles eran sus valores, sus obligaciones, sus privilegios?
La sociedad estamental
Desde la Edad Media hasta la Constitución de Cádiz de 1812, la sociedad era una sociedad estamental. Los tres estados que la formaban eran el estado noble, el clero y el estado llano o pecheros.
Por su nacimiento, cada individuo pertenecía al estado noble o el estado llano. Si recibía órdenes religiosas se integraba en el clero. El hecho de pertenecer a uno u otro estamento significaba tener obligaciones y derechos distintos, regirse por distintos fueros o leyes.
Después de 1812, liquidado el Antiguo Régimen, se produjo la confusión de estados iniciando la supresión de toda clase de diferencias en los derechos de los ciudadanos: “En los negocios comunes, civiles y criminales no habrá más que un solo fuero para toda clase de personas”. Lo que no se abolió fue la propia condición de noble, reconocida en el ordenamiento constitucional como prerrogativa de honor, sin ninguna otra consecuencia legal.
La hidalguía
Según la definición contenida en Las Partidas del rey Alfonso X el Sabio,“Hidalguía es nobleza que le viene a los hombres por linaje …” y “ por eso les llamamos hijosdalgo que quiere decir tanto como hijos de bien …” . Así, la hidalguía es la nobleza de sangre, la que se tiene por ser hijo, nieto, bisnieto, descendiente en fin de quienes fueron hidalgos desde tiempo inmemorial.
La denominación de hidalgo es la habitual en Castilla y Navarra. En el Reino de Aragón se utilizó con más frecuencia la denominación de infanzón. En Cataluña y Valencia existen otras formas de nombrar a los nobles como por ejemplo Generosos, Donceles, Hombres de paratge, Ciudadanos de inmemorial, etc.
Los valores de la hidalguía
Los valores de la hidalguía, los que guiaban el modo de vida y conducta de los hidalgos y que constituían una referencia para toda la sociedad eran semejantes a los del ideal caballeresco, tales como honor, honradez, valor, lealtad, generosidad, templanza y servicio, con vida y hacienda, a su nación y a su rey.
Obligaciones y privilegios de los hidalgos
Los hidalgos tenían como principales obligaciones, aparte de llevar una vida acorde con los valores citados, la de acudir a la guerra con armas y caballo, a su costa, al ser llamados por el Rey y la de asistir a los Reyes desempeñando los cargos de milicia, justicia o gobierno en sus localidades o concejos. Carlos IV decía refiriéndose a las necesidades militares, especialmente con ocasión de guerras, que “no relevo a los hijosdalgo de mis Reinos de la obligación de presentarse voluntariamente ... en lo cual me daré por bien servido, y lo espero de su honor y obligaciones.”
Tiempo atrás, los Reyes Católicos declaraban “…deben ser favorecidos los Hijosdalgo por lo Reyes, pues con ellos hacen sus conquistas, y de ellos se sirven en tiempo de paz y de guerra, y por esta consideración les fueron dados privilegios …..”
Entre los privilegios concedidos a los hidalgos estaban la exención de determinadas contribuciones y servicios, no poder embargarles la casa, las armas o el caballo, tener cárcel propia, no podían ser sometidos a tormento, no ser condenados a la horca ni a otra muerte considerada infamante, el derecho a portar armas, etc. En cuanto al Ejército, especialmente con los Borbones, se dictaron normas que favorecían o exigían ser hidalgo para acceder a plazas de cadete e ingresar en los colegios y academias militares.
Lugares de residencia de los hidalgos
Además de los padrones de vecinos de los concejos, distinguiendo quien era hidalgo y quien pechero, se dispone de censos generales de población. El primero de la edad moderna es el de Castilla, de 1591 y los últimos, para toda España de la segunda mitad del siglo XVIII. En el ordenado por el Conde de Floridablanca en 1787, la población española era de 10.409.879 personas, de las cuales 480.589 eran hidalgos, lo que supone un porcentaje del 4,61%. Coinciden todos los censos en que los hidalgos residían sobre todo en Asturias, Cantabria, León, Burgos, Vizcaya, Guipúzcoa y valles del norte de Navarra. En algunas de estas zonas el porcentaje de hidalgos superaba el 60% de la población. A medida que nos desplazamos hacia el sur estos porcentajes decrecen mucho llegando en 1787 a menos del 2% e incluso del 1% en Extremadura y Andalucía. En Aragón el porcentaje era del 1,5%, en Navarra del 11,1%, en el reino de Valencia del 0,14% y en el Principado de Cataluña del 0,16%.
Oficios de los hidalgos
La situación económica y el desempeño de oficios por los hidalgos era muy diversa. No existe relación directa entre la posesión de la hidalguía y la riqueza. En el norte, en donde el porcentaje de hidalgos era tan alto, los encontramos desempeñando toda clase de oficios (carpintero, molinero, labrador, pastor, etc.) sin menoscabo de su hidalguía. En algunos padrones junto a la calidad de hidalgo podemos leer “pobre de solemnidad”.
Pleitos de Hidalguía
Cuando un hidalgo necesitaba probar su condición de tal debía presentar su demanda ante los tribunales que en cada reino tenían competencia sobre cuestiones de hidalguía. En Castilla la Sala de los Hijosdalgo de la Reales Chancillerías de Valladolid y Granada, en Navarra el Consejo Real y la Real Corte, en Aragón el Justicia y la Real Audiencia, etc. Si la sentencia le era favorable obtenía la Real Ejecutoria de Hidalguía, con lo que ya nadie, en ningún lugar, podía poner en cuestión su hidalguía.
Capítulo Extraordinario de la Orden del Camino de Santiago
En el Capítulo Extraordinario de la Orden del Camino de Santiago celebrado en Allariz (Ourense) el pasado día 26 en la Iglesia de Santiago fueron investidos 10 Damas y Caballeros .
Imposible no gritar Ultreya! Al final del nudo en la garganta de la investidura.
Felicidades a las nuevas damas y caballeros!
La Maestranza de Castilla patrocinó los actos litúrgicos de la Virgen de la Fuenciscla (Segovia)
En el novenario anual, la Maestranza de Castilla ha patrocinado los actos litúrgicos del 18 de septiembre. Y ha acompañado a la Señora de regreso a su Santuario. Laus Deo!
La Virgen de la Fuencisla regresa a su santuario tras una despedida masiva
· Miles de segovianos se echan a la calle para honrar a su patrona en el final del Novenario
Esta vez, a diferencia de lo que sucedió el año pasado, la lluvia no deslució el regreso a su casa de la Virgen de la Fuencisla. Los segovianos pudieron despedir a su patrona como les gusta hacerlo, sin que por medio se interpusiesen las inclemencias meteorológicas. El final del Novenario estuvo respaldado por un día fenomenal: un sol radiante y buenas temperaturas en una tarde casi veraniega pese a que el otoño ya se ha echado encima.
Esa favorable climatología propició que miles de segovianos se resarcieran de lo ocurrido hace justo un año. Entonces, la lluvia obligó a celebrar en la Catedral la despedida a la Virgen para evitar daños a la imagen, que acababa de ser restaurada tras el robo que sufrió, y el acto quedó deslucido. La procesión se tuvo que realizar por el interior de la Catedral y algunos se quedaron sin poder demostrar su devoción a la Virgen.
Este domingo, los segovianos volvieron a rondar honores a su patrona a los pies del Acueducto. Tras el rezo del rosario en la Catedral comenzó el recorrido hasta la plaza del Azoguejo, donde le esperaban miles de segovianos que habían ocupado su lugar incluso tres cuartos de hora antes de su llegada. Cuando esta se produjo, la plaza del Azoguejo rompió en aplausos en un momento de plena emoción.
Como la que se vivió con el desfile de los cadetes y de la banda de música de la Academia de Artillería, que escoltaron la procesión. Acto seguido fue el turno para los bailes que brindaron un año más los componentes del grupo de danzas Emperador Teodosio, orgullosos de poder mostrar su arte ante la Fuencisla. «Estamos felices de estar junto a ti. Ayúdanos a ser mejores personas», le dirigió uno de los miembros del grupo. Después comenzaron los bailes, que incluyeron la interpretación de cuatro piezas: ‘Ronda de Zarzuela’, ‘Jota de la Estrella’, ‘Jota de Arroyo de Cuéllar’ y ‘Jota de la Virgen de la Fuencisla’. La música solo se vio interrumpida por los aplausos del público, que quiso reconocer el buen trabajo realizado por este grupo Emperador Teodosio.
Quedó el terreno listo para el obispo, César Franco, que se estrenaba en este acto tan querido por los segovianos. Era la primera vez –después de ocupar la vacante del anterior prelado, Ángel Rubio– que presidía el camino de vuelta de la Virgen de la Fuencisla hasta su santuario de las Peñas Grajeras, y supo reconocer su importancia.
Actos del Solar de Tejada, este fin de semana días 3 y 4 de Octubre
II Jornadas de Genealogía y Emblemática en La Rioja
Lugar: Casa Solar de Tejada.
Fecha: 3 de octubre de 2015.
Este año, en el maravilloso marco de la Casa Solar de Tejada, que está en la Sierra de Los Cameros en La Rioja, tendrán lugar las II Jornadas de Genealogía y Emblemática, que organiza la Asociación Riojana de Genealogía y Heráldica.
Con la colaboración del Antiguo e Ilustre Solar de Tejada, como también del Colegio Heráldico de España y de las Indias, tendrá lugar un programa de gran interés para todos los asistentes.
Comenzará a las 12,15 horas con el nombramiento de “Socio Cooperador” de la Asociación Riojana de Genealogía y Heráldica, a los Solares de Tejada y de Valdeosera, como garantes que son de unos de los mejores archivos genealógico-nobiliarios de España. También se entregarán los diplomas de “Socios de Honor” a los Alcaldes Mayores, D. Guillermo García Hernández, y D. Juan Fernández de Tejada y Quemada, como representantes de los Deviseros, de los Solares de Tejada y Valdeosera, respectivamente.
A continuación se presentará el Boletín número 7, correspondiente al presente año 2015, y que contiene un amplio repertorio de artículos, todos de altísimo interés genealógico, heráldico y nobiliario.
También tendremos la oportunidad de disfrutar con tres conferencias:
– “Declaración BIC del Solar de Tejada”, por D. José Luis Pérez Pastor; otra de D. José Luis Sampedro, titulada «El Señorío Divisero de Tejada desde 1460 a nuestros días», y por último D. Antonio de Castro y García de Tejada, expondrá bajo el título «Nuevos descubrimientos para alumbrar la historia del Señorío y Solar de Tejada».
Con la tradicional comida en el Solar y unos coloquios, podrán disfrutar todos los solariegos e interesados, de un día de excelencia en este viejo territorio riojano.
Premio Ciudadano Europeo y Medalla de Oro de los Reyes Católicos a los Ballesteros de Santa Elena
Un gran reconocimiento a los Ballesteros de Santa Elena
Premio Ciudadano Europeo y Medalla de Oro de los Reyes Católicos
Los Caballeros Ballesteros de la Santa Vera Cruz del Rey Fernando III de Santa Elena (Jaén), ha sido galardonada con el premio “Ciudadano Europeo” del Foro Europa 2001 y, a la vez, sus miembros han recibido la Medalla de Oro de los Reyes Católicos.
De esta forma se les distingue por el prestigio personal en el apartado de Cultura en el desarrollo del Fomento de Europa, según expresa D. Nicolás Callejas y Sánchez, presidente de esta Cofradía militar y gerente de la Casa de las Órdenes, ubicada en la Puerta de Andalucía.
El acto de entrega de galardones concedidos por el Foro Europa 2001 con sede en Barcelona y cuyo presidente fundador es José Luís Salaverría Palanca, se celebró en el Hotel The WestinPalace de Madrid, el pasado 25 de septiembre.
Estas altas distinciones llevan consigo una medalla de oro que simboliza el “doblón” de los Reyes Isabel y Fernando.
Fragmento del Testamento de la Señora Reina Católica Doña Isabel, hecho en la villa de Medina del Campo, a doce de octubre del año 1504.
Como es conocimiento de todos, el testamento de Isabel La Católica era muy extenso. Aquí les dejo un trozo del mismo donde ella deja protegidos a los indios y emite su voluntad para con el bienestar de ellos.
Codicilo de la reina Isabel la Católica
Capítulo XII (Indios, su evangelización y buen tratamiento)
Ytem. Por quanto al tiempo que nos fueron concedidas por la Santa Sede Apostólica las islas e tierra firme del mar Océano, descubiertas e por descubrir, nuestra principal intención fue, al tiempo que lo suplicamos al Papa Alejandro sexto de buena memoria, que nos fizo la dicha concession, de procurar inducir e traher los pueblos dellas e los convertir a nuestra Santa Fe católica, e enviar a las dichas islas e tierra firme del mar Océano perlados e religiosos e clérigos e otras personas doctas e temerosas de Dios, para instruir los vezinos e moradores dellas en la Fe católica, e les enseñar e doctrinar buenas costumbres e poner en ello la diligencia debida, según como más largamente en las Letras de la dicha concessión se contiene, por ende suplico al Rey, mi Señor, mui afectuosamente, e encargo e mando a la dicha Princesa mi hija e al dicho Príncipe su marido, que ansí lo hagan e cumplan, e que este sea su principal fin, e que en ello pongan mucha diligencia, e non consientan e den lugar que los indios vezinos e moradores en las dichas Indias e tierra firme, ganadas e por ganar, reciban agravio alguno en sus personas e bienes; mas mando que sea bien e justamente tratados. E si algún agravio han rescebido, lo remedien e provean, por manera que no se exceda en cosa alguna de lo que por las Letras Apostólicas de la dicha concessión nos es inyungido e mandado.
Capítulo XXIX (Indias, su situación jurídica)
E porque de los hechos grandes e señalados que el Rey, mi señor, ha hecho desde el comienzo de nuestro reinado, la Corona real de Castilla es tanto aumentada que debemos dar a Nuestro Señor muchas gracias e llores; especialmente, según es notorio, habernos su Señoría ayudado, con muchos trabajos e peligros de su real persona, a cobrar estos mis Reinos, que tan enagenados estaban al tiempo que yo en ellos sucedí, y el dicho Reino de Granada, según dicho es, demás del gran cuidado y vigilancia que su Señoría siempre ha tenido e tiene en la administración de ellos. E porque el dicho reino de Granada e Islas de Canarias e Islas e Tierra firme del mar Océano, descubiertas e por descubrir, ganadas e por ganar, han de quedar incorporadas en estos mis Reinos de Castilla y León, según que en la Bula Apostólica a Nos sobre ello concedida se contiene, y es razón que su Señoría sea en algo servido de mi y de los dichos mis Reinos e señoríos, aunque no puede ser tanto como su Señoría merece e yo deseo, es mi merced e voluntad, e mando que, por la obligación e deduda que estos mis Reinos deben e son obligados a su Señoría, por tantos bienes e mercedes que su Señoría tiene e ha de tener por su vida, haya e lleve e le sean dados e pagados cada año por toda su vida, para sustentación de su estado real, la mitad de lo que rentasen las Islas e Tierra firme del mar Océano, que hasta ahora son descubiertas, e de los provechos e derechos justos que en ellas hubiese, sacdas las costas que en ellas se hicieren, así en la administración de la justicia como en la defensa de ellas y en las otras cosas necesarias; e más diez cuentos de maravedís cada año por toda su vida, situados en las rentas de las alcabalas de los dichos maestrazgos de Santiago e Calatrava e Alcántara, para que su Señoría lo lleve e goce e haga dello lo que fuere servido; con tanto que después de sus días la dicha mitad de rentas e derechos e provechos e los dichos diez cuentos de maravedís, finquen e tornen e se consuman para la Corona real de estos mis Reinos de Castilla. E mando a la dicha Princesa, mi hija, e al dicho Príncipe, su marido, que así lo hagan e guarden e cumplan por descargo de sus conciencias e de la mía).
Medina del Campo, 23 noviembre 1504
https://es.m.wikisource.org/wiki/Testamento_de_Isabel_la_Cat%C3%B3lica