Plaza Mayor n° 6, Soria, España

Archivos mensuales: julio 2015

31 07, 2015

Artículo de opinión del Marqués de la Floresta sobre la «Solicitud de Declaración de bien de interés cultural del Solar de Tejada»

Por |2020-11-13T03:42:03+01:00viernes, julio 31, 2015|

El Dr. D. Alfonso de Ceballos-Escalera y Gila (Marqués de la Floresta), nos remite para su publicación este artículo de opinión, del cual nos hacemos eco en el Blog de la Casa Troncal de Los Doce Linajes de Soria

 

LA POLÉMICA SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE BIEN DE INTERÉS CULTURAL A FAVOR DEL PATRIMONIO HISTÓRICO INMATERIAL DEL SOLAR DE TEJADA: FALSEDADES, MISTIFICACIONES, TERGIVERSACIONES E INEXACTITUDES

 

ALFONSO DE CEBALLOS-ESCALERA Y GILA, MARQUÉS DE LA FLORESTA

ayala

Doctor en Derecho y en Historia, Correspondiente de las Reales Academias de la Historia y de Jurisprudencia y Legislación

 

            La publicación en los medios de prensa de la noticia de la incoación de ese expediente administrativo para la declaración de Bien de Interés Cultural -de la que se ha hecho eco el Blog de los Doce Linajes-, causó un comentario crítico mío, muy breve, que ha llamado la atención de algunas personas, moviendo su curiosidad y sus anhelos de conocer mejor las razones que me llevaron a hacerlo. Es un deseo razonable, que tengo mucho gusto en satisfacer mediante las líneas que siguen, agradeciendo al Blog de los Doce Linajes su amable predisposición a publicar mis argumentos.

            Vaya por delante, en primer lugar, que yo no voy a debatir sobre la noticia de prensa, sino sobre el expediente administrativo mismo; o, para ser más preciso, sobre el escrito que lo ha causado, y sobre la Resolución que lo incoa, que ha aparecido publicada incluso en el Boletín Oficial del Estado. Es en esos escritos en donde yo he advertido las falsedades, las mistificaciones y las inexactitudes que he denunciado en mi breve comentario.

            Ese expediente, iniciado a principios de ese año 2015, es el que motiva mis consideraciones, enderezadas al Ilustrísimo Señor Director General de Cultura (de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo del Gobierno de La Rioja), y al público en general. Alegaciones hechas en mi condición de comunero o copropietario del Solar de Tejada que soy desde mi recibimiento en el mismo allá por el 1980.

En primer lugar, resulta que, siendo del todo punto loable y oportuno el intento de dar la categoría de Bien de Interés Cultural al patrimonio histórico inmaterial de dicha comunidad de bienes privada, porque posee un pasado histórico, documental y monumental muy respetable y digno de protección, en la citada Resolución y escrito del que dimana se han introducido algunas afirmaciones que no son acordes a la legalidad vigente, ni tampoco a la realidad histórica e institucional de dicha comunidad de bienes. Y por el respeto que a la Ley debe toda Administración Pública, como por la obvia conveniencia de no dar lugar a ilegalidades ni a mistificaciones historicistas, carentes de todo sostén documental, parece insoslayable corregir dicho expediente en varios de sus puntos.

En ese sentido, cabe señalar que el Solar de Tejada no es más que una comunidad de bienes, propietaria de una finca rústica en Laguna de Cameros. No es una institución pública, ni una asociación, ni una fundación, ni una sociedad mercantil. Y las comunidades de bienes son entidades sujetas a una legislación que las limita al cumplimiento de sus propios fines -en este caso, la explotación de un negocio agropecuario-, y que no las autoriza a fantasear sobre su pasado, ni a arrogarse circunstancias ni condiciones que en modo alguno posee ni le son propias.

Por eso mismo, la denominación “Señorío del Solar de Tejada y su Junta de caballeros y damas hijosdalgo”, que figura repetidamente desde el preámbulo de la Resolución, párrafo primero, en adelante, es inexacta, ya que los registros públicos correspondientes, y en particular el Catastro y el Registro de la Propiedad -que es el único en el que figura como existente esta comunidad de bienes privada-, no recogen dicha denominación. Por lo tanto, debe corregirse en estos puntos la Resolución, porque no deben constar en la definitiva resolución administrativa, quedando en ella bien identificada mediante su denominación legal y real.

Pero hay cosas más graves. Resulta que, tanto en el preámbulo de la Resolución como en la descripción del bien declarable, se afirma que el mal denominado “Señorío de Tejada” es “un título nobiliario del Reino de España”. Resulta obvio que esto es completamente incierto: no lo ha sido jamás. No figura incluida esta comunidad de bienes privada en la Guía Oficial de Grandezas y Títulos del Reino, que periódicamente publica el Ministerio de Justicia -aunque puedo estarlo en otros tiempos-. Y es que en todo caso, la competencia sobre la materia nobiliaria, y en particular de las Grandezas de España y Títulos del Reino, corresponde exclusivamente al Ministerio de Justicia del Gobierno de España, y para nada a la Comunidad Autónoma de La Rioja  ni a ningún otro organismo de las Administraciones Públicas. Esas afirmaciones deberían ser suprimidas de cualquier texto o resolución del expediente.

Por la misma razón expresada, para proseguir y concluir este expediente administrativo, creo que el Gobierno de La Rioja está legalmente obligado a consultar, en este preciso punto, tanto al Ministerio de Justicia, que tiene las competencias exclusivas de la materia nobiliaria, como a la Excma. Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza de España, que es el organismo oficial que tiene conferidas por el Estado las facultades de consulta e informe sobre todos los asuntos atinentes a los Grandes de España y los Títulos del Reino –que son, pese a quien pese, los únicos nobles que hoy existen legalmente en España-.

Por otra parte, la denominación “Señorío del Solar de Tejada” es inadmisible, ya que la legislación vigente prohíbe expresamente, desde 1812, la existencia legal de cualquier Señorío. Los pocos que hoy se conservan existen solo porque llevan aneja la dignidad de la Grandeza de España, y aparecen publicados en el Boletín Oficial del Estado y en la Guía Oficial de Grandezas y Títulos del Reino. Hoy ni existe ni puede existir, pues, ningún “Señorío del Solar de Tejada” o “de la Villa de Tejada”, aunque históricamente hubiera existido, pues el hecho cierto es que se extinguió legalmente, como tantos otros que quedaron definitivamente abolidos durante el siglo XIX. Más incierto aún es que sea “el único Título de señor colectivo que existe en la actualidad”. Esto es una patraña que no tiene el más mínimo sostén legal, y así el Gobierno de La Rioja no puede reconocer lo que por las leyes nacionales está expresamente prohibido, ni tampoco dar carta de naturaleza a que una mera comunidad de bienes privada venga a ser reconocida a la galana como un Título del Reino, nada menos.

En este mismo sentido, son inadmisibles todas las erróneas menciones que en la Resolución de apertura se hacen a los comuneros, denominándolos “señores de la Ilustre Villa, Antigua Casa y Solar de Tejada”, y “caballeros y damas hijosdalgo”, porque ni lo son ni pueden titularse así sin que medie real decreto u orden ministerial reconociéndoles tal título nobiliario, y que este se publique en el Boletín Oficial del Estado y en la Guía Oficial de Grandezas y Títulos del Reino. Los copropietarios de una comunidad de bienes privada, y esta lo es, no pueden ser denominados sino como los denomina el Código Civil en sus artículos dedicados a las comunidades de bienes, que es lo único que por ahora es el Solar de Tejada. Y no hay en esta ni “caballeros” ni “damas” ni “hijosdalgo” -aparte de aquellos comuneros que tengan la condición legal de nobles, debidamente reconocida por el Rey a través del Ministerio de Justicia-.

A mayor abundamiento, es falso que los actuales comuneros copropietarios seamos “caballeros o damas hijosdalgo”, y que esta comunidad de bienes sea poseedora de un supuesto “reconocimiento de hidalguía colectiva … que ha llegado a nuestros días”. Sin negar que ello pudo ser así en tiempos remotos, esa condición jurídica de nobleza o de hidalguía ya no existe en la España constitucional de hoy, como tiene declarado el Tribunal Supremo en su memorable sentencia de 16 de febrero de 1988 -cuya cita se omite en la Resolución, a pesar de su relevancia-. Según esta importantísima Sentencia firme, en la España constitucional de hoy en día no solamente no existen ya legalmente los hidalgos (clase o estamento legal suprimido a partir de 1836), sino que el Estado solamente reconoce como nobles a los Grandes de España, a los Títulos del Reino, y quizá a los miembros del Real Cuerpo de la Nobleza de Madrid, y de las cinco Reales Maestranzas de Caballería de Sevilla, Granada, Valencia, Ronda y Zaragoza (únicas Corporaciones nobiliarias oficialmente reconocidas desde antiguo, y todavía hoy). El Solar de Tejada ni es una Corporación o institución nobiliaria, ni son nobles ni hijosdalgo sus copropietarios o comuneros. Obviamente, el Gobierno de La Rioja está obligado a acatar y observar lo fallado por nuestro Supremo Tribunal de Justicia.

Además, no puede acreditarse documentalmente que tal antiguo y extinto Señorío haya sido concedido en el año de 844 por el Rey de León, a ningún caballero coetáneo. De la legendaria “batalla de Clavijo”, mejor no hablar. Tampoco es verdad que hoy día sea el Solar de Tejada “el señorío español más antiguo”. Esas afirmaciones, contenidas en el preámbulo de la Resolución, deben ser corregidas y matizadas, al menos explicándolas como antiguas (y respetables) leyendas. Pero nunca dándolas como hechos ciertos. Notemos que en el mismo texto de la Resolución, página 9767, Descripción del bien) se viene a reconocer de manera explícita la falta de veracidad de todas esas afirmaciones, al decir que Tejada es “un Señorío de origen inmemorial”.

Las menciones a la legalidad vigente aplicable, y sobre todo a las sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, recogidas al final del texto de la Resolución, son parciales e inexactas, pero sobre todo no son de aplicación al caso de una comunidad de bienes privada, ni tampoco al caso de una declaración de Bien de Interés Cultural. En este sentido, parece deducirse que, al socaire de esta última práctica administrativa, alguien pretende obtener subrepticiamente del Gobierno de La Rioja una declaración de condición nobiliaria, aunque ello no sea de la competencia autonómica riojana, y por ende sea nula de pleno derecho.

Sí, ciertamente, en el conjunto del texto de la Resolución como del anejo proyecto de Declaración de Bien de Interés Cultural, plenos de inexactitudes históricas y tergiversaciones legales, parecen traslucirse y evidenciarse la voluntad de los promotores de alcanzar y lograr por este medio administrativo autonómico, lo que nunca alcanzarían por la única vía legal existente -la gracia regia-, una declaración de condición nobiliaria y de posesión de un Título nobiliario, que es improcedente porque es muy ajena tanto a una mera comunidad de bienes privada, como a un derecho cuya concesión y reconocimiento legal no son competencia de la Comunidad Autónoma de La Rioja -sino que están expresamente reservados a Su Majestad el Rey, a tenor del artículo 62-f de la Constitución Española aprobada por la Nación en 1978-.

Para obviar tantas inexactitudes legales y jurisprudenciales, y tantas mistificaciones historicistas como aparecen en el texto de la Resolución y del escrito que la causa, creo yo que procede por parte del Gobierno de La Rioja hacer consultas urgentes tanto al Ministerio de Justicia y a la Excma. Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza de España, sobre cuanto es atinente a la supuesta condición de Título nobiliario, de Señorío y de hidalguía; como a la Real Academia de la Historia, a la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, y al Instituto de Estudios Riojanos sobre cuanto es atinente a los aspectos históricos y legales del proyecto. De tal modo que el Gobierno de La Rioja, bien asesorado por organismos de la mayor competencia en la materia, evite una situación que, sobre  legalmente mal fundada y abusiva, y  por ende recurrible ante instancia superior –a más de socialmente ridícula-, pudiera llegar a ser escandalosa en términos de opinión pública.

Por todo ello, yo como solariego me opongo a que el Gobierno de La Rioja apruebe la Declaración de Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial del mal denominado “Señorío del Solar de Tejada y su Junta de caballeros y damas hijosdalgo” en su actual redacción, ni sin que medien los insoslayables informes del Ministerio de Justicia, la Excma. Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza de España, la Real Academia de la Historia, la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, y el Instituto de Estudios Riojanos. Y solamente después, una vez corregidos dichos graves inconvenientes, se continúe el expediente por sus trámites y se acuerde por el Gobierno de La Rioja la declaración de bien de interés cultural de la comunidad de bienes denominada Solar de Tejada, sita en Laguna de Cameros (La Rioja), por ser muy digno su patrimonio cultural de obtener tal declaración de protección.

Para acabar: yo creo que el Solar de Tejada tiene una larga y respetable tradición histórica y bien merece la declaración de Bien de Interés Cultural. Pero para lograrlo no necesita adornarse con títulos supuestos que ni le pertenecen, ni le corresponden; menos aún, haciéndolo mediante falsedades, mistificaciones, tergiversaciones e inexactitudes. Es muy sencillo de comprender: el Solar de Tejada no las necesita, porque su prestigio y su patrimonio histórico inmaterial son ya muy grandes y muy respetables.

Quienes parece ser que sí necesitan adornarse con plumas ajenas son otros sujetos que pululan alrededor de este expediente administrativo: pues está muy bien –o no tanto-, pero, por favor, que lo hagan con sus medios particulares y a su propio nombre, y no sirviéndose tan malamente de nuestro querido Solar de Tejada, al que deberían tener mayores respetos.

30 07, 2015

Los Caballeros de la Real Asociación de Yuste, celebrarán su próxima asamblea General 03 de octubre de 2015

Por |2020-11-13T03:42:03+01:00jueves, julio 30, 2015|

Logo Yuste

 ORDEN PARA LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DE 2015.

    La  próxima Investidura de nuevos Caballeros, Damas y Jeromines, será (D.m.), el día 03 sábado del próximo mes de octubre a las 19:00 horas en el Monasterio de Yuste

   En este acto se investirán Caballeros, Damas Honorarias y Jeromines de Yuste.

    El viernes día 02 de octubre a las 19:00 horas en la Sede de la Real Asociación, pronunciará una conferencia D. Benjamín Hernández Blázquez, Catedrático de la Facultad de Estudios Estadísticos de la Universidad Complutense de Madrid, que versará con el siguiente tema: “La bolsa española: Carlos V y José de la Vega”.

 ORDEN DEL DÍA PARA LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DEL DÍA 03 DE OCTUBRE A LAS 11:00 HORAS EN PRIMERA CONVOCATORIA Y A LAS 11:30 HORAS EN SEGUNDA EN LA SEDE DE LA REAL ASOCIACIÓN.

       Lectura y aprobación si procede, del Acta de la Asamblea General Ordinaria anterior.

  1.       Saludo del Presidente.
  2.       Exposición de Proyectos:

–          Entrega de Medallas de Honor a los Caballeros con más de treinta años de pertenecer a la Real Asociación Caballeros del Monasterio de Yuste.

  1.       Misa de Difuntos y Cena de Navidad.
  2.       Relación de bajas habidas durante el presente año.
  3.       Asuntos de Tesorería.
  4.       Asuntos de Secretaría: Relación de nuevos Caballeros, Damas y Jeromines que serán investidos este mismo día.
  5.       Asuntos diversos y sugerencias de los Señores Caballeros.

    Los solemnes actos de Investidura comenzarán a las 19:00 horas del día 03 de octubre con la celebración de la Eucaristía.

    Finalizada la Santa Misa, se procederá a la Investidura de Caballeros, Damas y Jeromines.

    NOTA: se recuerda a todos los Caballeros que propongan el ingreso de nuevos Caballeros, la obligación de acompañarles en la Investidura.

    Así mismo, les recordamos que los Caballeros asistentes a los actos de Investidura deberán llevar traje oscuro y corbata como corresponde a estos actos solemnes.

 Proponemos a las Damas pertenecientes a la Asociación, que al acto de Investidura asistan con mantilla y peineta (sin Capa), en caso contrario podrán usar la Capa reglamentaria de esta Real Asociación.

30 07, 2015

Pedro Laso de la Vega y Guzmán. Comunero de Toledo; por J. M. Huidobro

Por |2020-11-13T03:42:04+01:00jueves, julio 30, 2015|

Artículo de fecha 17-07-2015 de D. José Manuel Huidobro 

Caballero de la Orden de Caballería del Santo Sepulcro de Jerusalén, Miembro de la Real Asociación de Hidalgos de España. Máster en Derecho Nobiliario, Heráldica y Genealogía (UNED). Autor de 55 libros y más de 700 artículos.

Pedro Laso de la Vega y Guzmán. Comunero de Toledo

   Pedro Laso (o Lasso) de la Vega y Guzmán nació en Toledo en octubre de 1554, hijo de Garcilaso de la Vega, señor de Arcos, y Sancha de Guzmán, señora de Batres. Fue señor de Cuerva, regidor de Toledo y participante como uno de los jefes comuneros en la Guerra de las Comunidades de Castilla.

Ajusticiamiento de los capitanes comuneros en Villalar el 24 de abril de 1521, (por Antonio Gisbert, año 1860)

Ajusticiamiento de los capitanes comuneros en Villalar
el 24 de abril de 1521, (por Antonio Gisbert, año 1860)

    Tuvo seis hermanos, entre ellos, el célebre poeta Garcilaso de la Vega. En su primer matrimonio con María de Mendoza tuvo cuatro hijos varones: Garcilaso de la Vega, futuro embajador de Felipe II, Pedro González de Mendoza, canónigo de Toledo, Álvaro de Luna, caballero de la Orden de Alcántara, y Lorenzo Suárez. Contrajo un segundo matrimonio, en Elvas el 5 de febrero de 1526, con Beatriz de Sá, dama de la emperatriz Isabel de Portugal. Beatriz murió en Toledo antes del 11 de marzo de 1530 sin dejar descendencia. Pedro Laso de la Vega volvió a unirse en matrimonio, en 1536 o 1537, con Isabel de Sá, su cuñada.

   Pedro Laso se niega a acudir a las Cortes en Santiago de Compostela como representante de Toledo, por orden de Carlos I, lo que le supondrá el levantamiento de Toledo como ciudad rebelde. Al finalizar el conflicto de las comunidades, temeroso de la represión del rey, tuvo que exiliarse a Portugal, hasta que tras el perdón general promulgado por Carlos I  pudo regresar a su hogar. Falleció en octubre de 1554 y fue enterrado en la iglesia parroquial de Cuerva (Toledo)  junto a sus padres.

Casa de la Vega y sus Armas

2

   La Casa de la Vega, Laso de la Vega o Lasso de la Vega (a veces también Garci Lasso de la Vega y Garcilaso de la Vega en referencia a algunos de sus miembros) es un linaje nobiliar español con origen en Torrelavega (Cantabria), establecido en la Edad Media. Fueron uno de los linajes más importantes del territorio hoy comprendido por Cantabria, Palencia y Burgos, dominando un gran número de terrenos y propiedades, entre los que destacan la Torre de la Vega y el Castillo de Argüeso.

   La rama principal entroncó con la Casa de Mendoza, que tomó su lema: Ave María Gratia Plena, al unirse por matrimonio el mayorazgo de la familia, recaído en Leonor de la Vega con Diego Hurtado de Mendoza. De dicha unión nació Íñigo López de Mendoza, primer marqués de Santillana. A partir de aquí, el señorío de la Vega pasó a ser propiedad de sus sucesores, los duques del infantado.

   Su mayor poder lo obtuvieron en el siglo XV, cuando enfrentándose a la Corona establecieron los mayordomazgos, un sistema administrativo propio e independiente del real, centralizado en el castillo de Pedraja, que les pertenecía. Por esta época otros varios señores y altos cargos reales se disputaban el poder en Cantabria, creando un gran conflicto social.

 Otras ramas menores de la familia continuaron residiendo en las Asturias de Santillana, o se extendieron fundando casas por toda la península, siguiendo el proceso de Reconquista.

  En cuanto a las armas originales de la familia, las mismas consisten en la salutación angélica «AVE MARIA GRATIA PLENA» orlada en letras de azur sobre campo de oro. La leyenda dice que el rey de Castilla, Alfonso XI, se las otorgó a los hermanos Garcilaso y Gonzalo de la Vega en la batalla del Salado (1340) por su actuación durante la misma y, en concreto, por matar a un moro que llevaba una cinta con dicha inscripción colgada de la cola de su caballo. Posteriormente, los diversos entronques y fundaciones dieron lugar a múltiples variaciones, siendo la más importante la que lleva la rama troncal, cuartelada en sotuer con las armas de Mendoza.

Publicado en el blog «Hidalgos en la Historia» cuyo blogmaster es D. J. Manuel Huidobro

 http://hidalgosenlahistoria.blogspot.com.es/

28 07, 2015

Jorge Juan Santacilia. Marino y científico. «El sabio español»; por D. José M. Huidobro

Por |2020-11-13T03:42:04+01:00martes, julio 28, 2015|

Artículo de fecha 10-07-2015 de D. José Manuel Huidobro 

Caballero de la Orden de Caballería del Santo Sepulcro de Jerusalén, Miembro de la Real Asociación de Hidalgos de España. Máster en Derecho Nobiliario, Heráldica y Genealogía (UNED). Autor de 55 libros y más de 700 artículos.

 Jorge Juan Santacilia. Marino y científico. «El sabio español»

   Destacada figura del siglo XVIII y miembro de diferentes Academias científicas europeas, se involucró decididamente en los planes reformistas del Estado borbónico, renovó los estudios de la Academia de Guardias Marinas de Cádiz, ciudad en la que fundó el primer Observatorio Astronómico de España; dirigió las obras de construcción o renovación de los arsenales de La Carraca, Cartagena y El Ferrol, desarrollando una fecunda labor científica en el campo de las matemáticas, la astronomía, la construcción naval y la mecánica del buque.

   Junto a Antonio Ulloa formó parte de la comisión hispano francesa encargada de la medición del meridiano en las cercanías del ecuador, y de rectificar la verdadera figura de la Tierra.

   Jorge Juan nació en Novelda (Alicante) el 5 de enero del año 1713 y fue bautizado en la iglesia de Monforte del Cid. Descendía de dos ilustres familias, la de su padre don Bernardo Juan y Canicia (caballero de la Orden de Malta) era de Alicante y provenía de la rama de los Condes de Peñalba. Su madre, doña Violante Santacilia y Soler de Cornellá, XVIII Señora de Asprillas, pertenecía a una notoria y hacendada familia de Elche. Ambos eran viudos y casados en segundas nupcias. Habitaban en su casa de Alicante de la Plaza del Mar, pasando sólo temporadas de descanso en Novelda.

a

   Uno de sus antepasados, Salvador de Medina y Juan, obtuvo una certificación de provisión de Hidalguía de sangre en la Real Chancillería de Granada en 1666.

   Tenía tres años de edad cuando quedó huérfano de padre, estudiando las primeras letras en el colegio de la Compañía de Jesús de Alicante bajo la tutoría de su tío don Antonio Juan, canónigo de la colegiata. Poco después, su otro tío paterno don Cipriano Juan, Caballero de la Orden de Malta, que por entonces era Bailío de Caspe, se encargó de su educación enviándole a Zaragoza para que cursara allí los estudios de Gramática, que en aquel tiempo constituían una enseñanza preparatoria para otros estudios superiores.

   Al cumplir los doce años su tío le envió a Malta como paje del Gran Maestre de la Orden de Malta y allí permaneció hasta mediados de 1729 fecha en la que, tras recibir la encomienda de Aliaga (Teruel), regresó a España para ingresar en la Academia de Guardias Marinas que en 1717 se había creado en Cádiz. Su sólida formación en matemáticas y astronomía le permitió embarcar casi de inmediato participando, entre otras, en la expedición que en 1731 trasladó a Nápoles al futuro Carlos III así como en la que reconquistaría la plaza norteafricana de Orán en 1732.

    La experiencia adquirida en navegación y sus más que suficientes conocimientos fueron determinantes para que en 1735, con tan sólo veintiún años y siendo un simple alférez, fuera elegido junto con el guardiamarina Antonio de Ulloa, para incorporarse a la delegación de científicos enviados por la Academia de Ciencias de París, que contaban con el preceptivo permiso del rey de España (Felipe V), primo del rey de Francia Luís XV, para dirigirse al virreinato del Perú y allí efectuar las observaciones y trabajos conducentes a la medición del grado de un arco de meridiano por debajo de la línea del ecuador; tarea que, a posteriori, consagraría a los marinos españoles como científicos y les proporcionaría bien ganada fama, sobre todo a Jorge Juan. Para que fueran presentados con una cierta graduación militar, ante los sabios franceses que formaban la comisión de ese país, se les ascendió a tenientes de navío, dándoseles la paga correspondiente, y los dos dieron un salto de cuatro grados con tal fin.

La Mitad del Mundo (Foto del autor del blog)

La Mitad del Mundo (Foto del autor del blog)

   La estancia de Jorge Juan y Antonio de Ulloa en América se prolongó hasta octubre de 1744, en que embarcaron por separado en navíos franceses para regresar a España por la ruta del cabo de Hornos. Jorge Juan, tras un viaje menos azaroso que el de su compañero, llegó al puerto de Brest en octubre de 1745, desde donde marchó a París antes de regresar a España. En la capital francesa fue nombrado miembro correspondiente de la Academia Real de Ciencias. Los resultados de la expedición franco española, confirmando los planteamientos de Newton, pusieron fin a la polémica científica y permitieron determinar la figura y magnitud de la Tierra.

   Fue ascendido a capitán de navío y enviado al Reino Unido, por encargo directo de don Zenón de Somodevilla (Marqués de la Ensenada), realizando el viaje en noviembre de 1748, con varias misiones secretas y para mejor informarse del método de construcción naval empleado por los británicos, es decir “espiarlos”.

    Al regresar a España, corrigió los defectos a su entender de la construcción inglesa, y tanto mejoró el sistema que a su vez fue copiado por los ingleses. Por orden real se le puso al frente de la construcción en los arsenales de El Ferrol y Cartagena, sus diques, las gradas para construir navíos y botarlos al agua sin lesión, el método de construirlos, etc.

 En el año de 1754 se le encomendó la compañía de guardiamarinas, mejorando sus estudios; escribió para los alumnos el “Compendio de Navegación”, en la que se relaciona como resumen claro y elegante de cuánto había adelantado la navegación hasta aquella época, siendo esta obra de obligado aprendizaje, manteniéndose durante muchos años como ejemplo de libro de texto, pero además se preocupo de dotar mejor a la escuela, con mejores maestros y los medios más apropiados.

Compendio de navegación, de Jorge Juan de Santacilia

Compendio de navegación, de Jorge Juan de Santacilia

  Como erudito en las ciencias, consiguió se le autorizase a construir el Observatorio, para mejorar la aplicación de estas en los estudios de los guardiamarinas y mejorar las mediciones. Más tarde éste observatorio fue trasladado a la Isla de León, hoy San Fernando, en Cádiz.

    En el año de 1766, después de una larga alternativa en comisiones y viajes, se le mandó volver a Madrid, para fijar allí su residencia; pero antes de realizar el viaje recibió una nueva orden, se le había nombrado embajador de España ante el Sultán de Maruecos, saliendo el día 15 de febrero de 1767. Llevó al Sultán ricos presentes por real orden, entre ellos a doscientos ochenta y cinco esclavos moros y turcos, lo que facilitó el entendimiento, resolviendo gran cantidad de asuntos complejos, con tanta satisfacción, que justificó la confianza depositada por el Gobierno.

    Terminada su misión, regreso a Madrid en el mismo año, continuando con su tarea de científico, y por orden Real se ocupaba de revisar y asesorar, a todas las secretarías del despacho y por el Supremo Consejo de Castilla. El Rey le nombró director del Real Seminario de Nobles, siendo conocido como “El sabio español”. Publicó las siguientes obras: Relación histórica del viaje a la América meridional (1748), Observaciones astronómicas y físicas hechas en los reinos del Perú (1748) y Noticias secretas de América (1826).

 Falleció de un ataque epiléptico a los sesenta años de edad, el 21 de junio.

 

Publicado en el blog «Hidalgos en la Historia» cuyo blogmaster es D. J. Manuel Huidobro

 http://hidalgosenlahistoria.blogspot.com.es/

28 07, 2015

La Nobilis Academia Sancti Ambrosii Martyris concede su Medalla de Oro a la A.P.A.M (Associacão dos Autarcas Monárquicos)

Por |2020-11-13T03:42:04+01:00martes, julio 28, 2015|

Sin título-1

La  A.P.A.M. – Associação Portuguesa dos Autarcas Monárquicos, recebe a Medalha de Ouro da Nobilis Academia Sancti Ambrosii Martyris, no dia 24 de Julho de 2015, em Lisboa.

En el centro da la fotografía el Sr. Eng. Manuel Beninger (Presidente da APAM), a la izquierda el presidente de la Nobilisi il Cav. D. Angelo Musa y a la derecha D. José Peres Bastos (Vice-Presidente da APAM)

En el centro da la fotografía el Sr. Eng. Manuel Beninger (Presidente da APAM), a la izquierda el presidente de la Nobilisi il Cav. D. Angelo Musa y a la derecha D. José Peres Bastos (Vice-Presidente da APAM)

   El pasado 24 de julio de 2015, la Nobilis Academia Sancti Ambrosii Martyris hizo entrega de su  Medalla de Oro de la A.P.A.M (Associacão dos Autarcas Monárquicos).

Sin-título-1

 

    Estuvieron presentes en la ceremonia, su presidente el ingeniero D. Manuel María Beninger Simões Correia  y el vicepresidente arquitecto D. José António Peres da Silva Bastos. Hizo entrega de la misma, el  Presidente de la Nobilis D. Ángelo Musa.

   El día terminó  con la firma de un  nuevo acto de hermanamiento para la futura colaboración entre ambas instituciones, con la promesa de futuras reuniones en Italia y en Portugal.

11796362_1620733421532518_7749858131514253542_n

rollup beninger

   La A.P.A.M. – Associação Portuguesa dos Autarcas Monárquicos integra autarcas que simpatizan con el ideal monárquico, independientemente da su afiliación partidaria o condición.

DIRECÇÃO
Presidente – Manuel Maria Beninger Simões Correia, Eng.º
Vice presidente – José António Peres da Silva Bastos, Arqt.º
Tesoureiro – Joaquim Dinis Novais Ribeiro

  • Correo electrónico

autarcasmonarquicos@gmail.com

17244172_4tZ6l

27 07, 2015

LA H.N.M.E. EN FRANCIA RECIBE AL INSTITUTO DE LA CASA REAL FRANCESA

Por |2020-11-13T03:42:06+01:00lunes, julio 27, 2015|

Sin título

 

LA H.N.M.E. EN FRANCIA RECIBE AL INSTITUTO DE LA CASA REAL FRANCESA

   El Delegado del Instituto de la Casa Real de Francia, D. Philippe Pichon, ha visitado a la Presidenta Delegada de la Hermandad Nacional Monárquica de España en Francia, Dña. Flor María Muñoz Bañales, condesa de Bañales y condesa de Gambirasio d´Asseux, para informarse de los objetivos de la HNME y poder programar actividades conjuntas para el próximo año.

El Delegado del Instituto de la Casa Real de Francia, D. Philippe Pichon y la Presidenta Delegada de la Hermandad Nacional Monárquica de España en Francia, Dña. Flor María Muñoz Bañales, condesa de Bañales y condesa de Gambirasio d´Asseux

El Delegado del Instituto de la Casa Real de Francia, D. Philippe Pichon y la Presidenta Delegada de la Hermandad Nacional Monárquica de España en Francia, Dña. Flor María Muñoz Bañales, condesa de Bañales y condesa de Gambirasio d´Asseux

   De la reunión mantenida en el domicilio particular de la Presidenta Delegada de la Hermandad Nacional Monárquica de España, se desprende el cocktail que celebrará la HNME el próximo 22 de octubre, en el domicilio particular de la condesa de Gambirasio d´Asseux, al que asistirá los integrantes del Instituto de la Casa Real de Francia y personas pertenecientes a otras Instituciones de la nobleza francesa. A lo largo del acto se presentará la Hermandad Nacional Monárquica de España a un sector de la sociedad francesa.

   El Instituto de la Casa Real de Francia fue creado en 1998 por Enrique de Orleans, en directa sucesión orleanista hubiera sido Enrique VI de Francia, padre del actual Conde de París, Duque de Francia. Creado el Instituto, el Conde de París, llamó al conde Pascal Gambirasio d´Asseux, para que desempeñase el cargo de Secretario General del mismo.

   El objetivo principal del Instituto de la Casa Real Francesa es reunir a todas las personas de la sociedad francesa, defensoras de los valores tradicionales y milenarios de la Francia Capeciana. Se encarga también de la organización de los viajes y visitas oficiales del Conde de París, Duque de Francia a las Delegaciones del mismo repartidas por la geografía francesa, así como reuniones con colectivos, conferencias, entre otras muchas actividades.

 

27 07, 2015

El Señorío del Solar de Tejada declarado como Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial

Por |2020-11-13T03:42:06+01:00lunes, julio 27, 2015|

TEJADA

El Señorío del Solar de Tejada declarado como Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial

   La Consejería de Educación, Cultura y Turismo ha incoado el expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial del Señorío del Solar de Tejada y su Junta de caballeros y damas hijosdalgo, en Laguna de Cameros.   

11229551_875103339219055_944557267503574721_n

   Se trata, ha explicado el portavoz del Gobierno riojano, Emilio del Río, de un título nobiliario surgido en el corazón del Camero Viejo hace seis siglos y que ha perdurado hasta nuestros días y con la vigencia que le otorga la voluntad regia y el refrendo de los poderes públicos. En concreto, su origen se remonta al 844, año en el que don Ramiro I, Rey de Asturias y de León concedió este título a don Sancho Fernández de Texada, Señor de la Casa Cadina, Maestre de Campo y General en la mítica batalla de Clavijo, y a sus trece hijos.

escudo del Solar

   Entre sus peculiaridades destaca el hecho de ser el único título de señor colectivo que pervive en España, que su transmisión se produce por generación natural (varón y mujer) y que la comunidad de bienes que comparten es indivisible. Es decir, durante siglos, los derechos de los señores y diviseros del solar se han transmitido y transmiten a todos los descendientes de linaje por igual, que comparten los derechos patrimoniales y de aprovechamiento sobre la finca del señorío (ubicada en Laguna de Cameros), así como derechos civiles del título. Esto es, el reconocimiento de la nobleza (la hidalguía o infanzonía) y el reconocimiento del derecho de uso del escudo de armas, una seña de identidad que denota la pertenencia del titular al linaje de Tejada.

   De acuerdo con la UNESCO, son susceptibles de ser declarados patrimonio cultural inmaterial «los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas, junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que las comunidades, los grupos o individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Un patrimonio cultural inmaterial se transmite de generación en generación y es recreado por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto a la diversidad cultural y la creatividad humana».

Solar de Tejada
DOSCIENTOS  DESCENDIENTES

   En este sentido, se ha señalado que el Señorío y su Junta de caballeros y damas hijosdalgo, formada en la actualidad por unos doscientos descendientes, representan un resto arcaico del feudalismo colectivo castellano, una cultura ancestral que nos ayuda a entender lo que somos hoy en día. Por lo tanto, tiene valor como referencia y vestigio de una forma de vivir y de enfrentarse al entorno, una constatación de una denominación de origen, de una familia común que tiene su origen en el corazón del Camero Viejo.

   Una vez incoado el expediente, se notificará al Ministerio de Cultura la tramitación para que sea anotado en el Registro General de Bienes de Interés Cultural y continuará el procedimiento para conseguir la denominación, a través de la Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo.

   Cuando se consiga la declaración, el bien gozará de la mayor protección posible a efectos de preservación, distinción y difusión a generaciones futuras. Para ello, se protegerá el título honorífico de señor de la Ilustre Villa, Antigua Casa y Solar de Tejada y el carácter de hidalgos de los caballeros y damas propietarios del señorío, entendiendo tal protección como el reconocimiento, no de privilegios económicos, fiscales y procesales que entre otros se encuentran derogados, sino de aspectos honoríficos, culturales y tradicionales vigentes en la actualidad.

  Además, se desarrollarán labores de investigación, descripción y divulgación de todo tipo, dirigidas siempre a la conservación documental y a la transmisión intergeneracional, tanto en lo relativo a la difusión  de los valores anteriormente expuestos, como en el fomento del aprecio de los mismos.

   En este sentido, las Administraciones públicas velarán por el fomento y la proyección de este patrimonio cultural, de cara a asegurar la declaración de sus derechos honoríficos y territoriales, así como por la difusión y conocimiento del mismo entre las generaciones presentes y futuras, de manera que los atributos que lo definen garanticen su pervivencia y su papel activo en la sociedad y sigan siendo referente identitario de la población que lo ha impulsado.

11800215_448194362025359_3867923023782898100_n - copia

EL SEÑORÍO DE TEJADA  

   El Señorío del Solar de Tejada es una institución con seis siglos de historia ubicada en La Rioja, en el territorio de su propiedad en Laguna de Cameros. Su extensión alcanzó en otros tiempos hasta 900 hectáreas de extensión aunque en la actualidad ronda las 500.

     Se define como una comunidad de bienes indivisible constituidos en un señorío solariego. Los derechos de los señores y diviseros se trasmiten a todos los descendientes del linaje que, tras probar su descendencia son inscritos en los Libros de Asientos, adquiriendo desde entonces la condición de ‘señor y caballero hijodalgo, divisero del Solar de Tejada’. En él subsiste el único reconocimiento de hidalguía colectiva y de transmisión por generación natural (varón y mujer) que ha llegado a nuestros días.

   A pesar de la diáspora geográfica por la que se encuentran repartidos tantos siglos después, los diviseros mantienen una seña de identidad común en el sentimiento de propiedad del Señorío y la pertenencia a un linaje de solar conocido, nacido en lo que hoy es La Rioja, en pleno Camero Viejo.   De hecho, todos los años, el primer domingo de octubre, se celebra en Laguna de Cameros la Junta de Gobierno del señorío, con la presencia de más de un centenar de personas. Muchos son vecinos de municipios aledaños pero otros viajan expresamente desde Iberoamérica, e incluso desde Rusia y Australia, manteniendo el vínculo con la tierra de sus ancestros a través de este título colectivo. En la cita, la Junta de Gobierno rinde las cuentas anuales, autoriza las propuestas de administración de la casa y del término, y aprueba el ingreso de nuevos señores (más de doscientos en 2011).

10268528_874610125935043_4161092324906230587_n

   Otro rasgo distintivo del linaje es que a lo largo de la historia, los distintos diviseros han añadido a sus apellidos el topónimo ‘de Tejada’, como por ejemplo, Matute de Tejada, Castillo de Tejada, Crespo de Tejada, Díez de Tejada, Fernández de Tejada,  Sáenz de Tejada y un largo etcétera. El linaje ha formado durante siglos parte de las distintas élites sociales y económicas de cada momento, por lo que el análisis de su historia aportará interesantes datos al conocimiento de las elites ganaderas de la Mesta, de los comerciantes y fabricantes de paños en Andalucía, y de los integrantes del Arte de la seda en numerosos lugares de España, de la Edad Media riojana y de la Historia de México, que no puede escribirse sin mencionar a varios Lerdo de Tejada.

   Para ello, se estudiará el archivo del Solar de Tejada, un tesoro documental cuyo amplio contenido debe sistematizarse con las nuevas técnicas e instrumentos informáticos. De su resultado se puede obtener relevante información no sólo para el mejor conocimiento de la Historia sino para otras materias, como la Sociología o la Genética. Se trata de conocer en profundidad un fenómeno histórico, jurídico, económico, sociológico y heráldico, de notable singularidad y cuya pervivencia es una de tantas riquezas que atesora La Rioja.   

   El solar es también un escudo, un archivo genealógico con más de seis siglos de documentación histórica y familiar, una finca en Laguna de Cameros y la casa solariega que en ella se halla, aunque todo ellos ya gozan de protección y no son objeto de esta declaración de Bien de Interés Cultural.

381074_400610393335021_2066768286_n

 

26 07, 2015

¿Por qué Santiago Apóstol es el patrón de España?

Por |2020-11-13T03:42:07+01:00domingo, julio 26, 2015|

D. Alfredo López Ares, colaborador habitual de este blog de la Casa Troncal de Los Doce Linajes, nos remite este interesante artículo para su publicación.

logo-abc-2

 

ESPAÑA

¿Por qué Santiago Apóstol es el patrón de España?

C. CERVERA / MADRID

Día 25/07/2014 – 12.35h

   En la tradición militar de España, el grito de guerra «¡Santiago y cierra España!» ha sido utilizado desde la Reconquista por los soldados antes de cada carga en ofensiva

ABC Santiago Apóstol representado como un guerrero medieval

ABC
Santiago Apóstol representado como un guerrero medieval

   Santiago de Zebedeo, conocido como Santiago el Mayor, es el patrón de numerosos pueblos y ciudades en todo el mundo, pero ante todo es popular por ser el patrón de Galicia y de España. Según distintas tradiciones orales, Santiago –uno de los apóstoles de Jesucristo–desembarcó en la Bética Romana, siguió caminando por la vía romana que unía la Itálica con Mérida, continuó hacia Coimbra yBraga y terminó en Iria-Flavia, Padrón, en Galicia.

   Tras un largo periplo por la Península Ibérica, Santiago regresó aJerusalén y en el año 44 fue decapitado con una espada. No obstante, sus discípulos recogieron su cadáver y lo embarcaron con dirección a la Hispania Romana. Siempre según la tradición, la nave desembarcó en la costa marítima gallega, donde fue trasladado al lugar donde se halla la catedral compostelana en la actualidad.

   No vano, existen pocas evidencias históricas que puedan demostrar que el apóstol viajara realmente a la Península. «Pese a todos los esfuerzos de la erudición de ayer y de hoy, no es posible, sin embargo, alegar en favor de la presencia de Santiago en España y de su traslado a ella, una sola noticia remota, clara y autorizada», explica Sánchez Albornoz en su obra «En los albores del culto jacobeo».

   Con todo, el relato quedó enraizado en la tradición ibérica y en el año 1630, siendo dicho monarca Felipe IVel papa Urbano VIII decretó oficialmente que el Apóstol Santiago, el Mayor, fuera considerado solo y único Patrón de la Nación Española. «Dios hizo a Santiago, Patrón de España, que no existía entonces, para que cuando llegue el día pudiera interceder por ella y volverla otra vez a la vida con su doctrina y con su espada», afirmó en una ocasión Francisco de Quevedo.

 ¡Santiago y cierra España!

   En la tradición militar de España, el grito de guerra «¡Santiago y cierra España!» ha sido utilizado por los soldados desde la Reconquista hasta la época moderna antes de cada carga en ofensiva. El significado de la frase es, por una parte, invocar al apóstol Santiago, que según la leyenda se apareció durante la Batalla de Clavijo para combatir junto a los cristianos, y por otro, la orden militar cierra, que en términos militares significa trabar combate, embestir o acometer.

Diego o Jaime derivan de Santiago

   Santiago deriva en numerosos nombres muy comunes en España, en especial en Galicia: Jacobo, Jacob, Yago, Iago, Jaime, Tiago, Santiago o Diego. Sin embargo, todos son variantes en español del nombre hebreoYa’akov, que significa, según la etimología popular contenida en la Biblia, «sostenido por el talón». En el caso del nombre de Diego, todo hace pensar que es la incorrecta separación del nombre Santiago: San Tiago.

Ir a Arriba