UNIFORMIDAD RMR. Según la cartilla de uniformación de la Real Maestranza de Caballería de Ronda, 1906
UNIFORMIDAD RMR
Según la cartilla de uniformación de la Real Maestranza de Caballería de Ronda, 1906
Fuente:
http://www.rmcr.org/es/nobleza_uniformidad.html
Gran Gala
Traje de montar
Casaca con caponas y cordones, bandolera, cinturón de tirantes y sable, portasable o fiador, calzón de ante blanco ceñido, bota alta con espuela, sombrero con plumero blanco y guante blanco de gamuza. Deben usarse con este uniforme todas las condecoraciones y cruces que se posean.
Ocasiones en que debe usarse:
a) Para recibir o despedir a SS.MM. en sus viajes.
b) Días y cumpleaños de SS.MM. y asistencias a besamanos en esos días.
c) Bodas reales, recepciones, banquetes y comidas en palacio.
d) Funciones religiosas solemnes a que asistan SS.MM. Exequias reales.
e) Funciones de gala en los teatros cuando asistan SS.MM.
Gala
Casaca con caponas y cordones, bandolera, cinturón de tirantes con sable y fiador, pantalón largo, guante blanco de gamuza y bota de una pieza de charol con espolín, sombrero con llorón. Cruces: se recomienda el llevarlas.
Ocasiones en que debe usarse:
a) Audiencias con SS.MM. y AA.RR. los príncipes herederos.
b) Recibir o despedir a SS.AA. los príncipes herederos.
c) Días y cumpleaños de SS.AA. los príncipes y besamanos en esos días.
d) Patrón y patrona de España, asistencia a los actos religiosos en esos días. Corpus Cristi y Jueves Santo, no estando presentes SS.MM.
e) En recepciones de noche, comidas y bailes oficiales, funciones de gala en los teatros cuando no asistan SS.MM.
En caso de asistencia de SS.MM. a cualquiera de los actos citados en los párrafos d y e, se vestirá el uniforme de Gran Gala.
Media Gala
Casaca con caponas y cordones, bandolera, espada ceñida sin fiador o portasable, pantalón largo, bota de charol de una pieza con espolín, guante blanco de gamuza y sombrero sin plumero o llorón. Potestativo el llevar o no cruces.
Ocasiones en que debe usarse:
a) Días y cumpleaños de SS.AA. no herederos al trono.
b) Para despedir o recibir a príncipes no herederos al trono.
c) Recibir o despedir comisiones oficiales o personajes, tales como ministros, embajadores, grandes de España, etc.
d) Viernes Santo, no estando presente SS.MM., en caso contrario, se vestirá el uniforme de Gran Gala.
e) Entierros o funerales de personajes.
f) Asistencia a capítulos de órdenes militares o Cuerpo Colegiado de la Nobleza de Madrid.
g) Para garden-party con asistencia de SS.MM. o invitados por dichas augustas personas.
Diario
Casaca abrochada hasta arriba, pantalón largo, espada ceñida sin fiador, sombrero sin llorón, guante blanco de gamuza y bota negra de una pieza y espolín. Con cruces o sin cruces, a voluntad; preferible sin grandes cruces.
Ocasiones en que debe usarse:
En todos los casos en que no se cite otro uniforme.
Etiqueta
Casaca con vueltas, espada ceñida con o sin fiador, vaina blanca, calzón de paño blanco a la rodilla, medias de seda blanca sin dibujos, zapato bajo de charol con hebilla dorada, sombrero sin llorón y guante blanco de cabritilla. Deben llevarse todas las cruces y condecoraciones.
Ocasiones en que debe usarse:
Para grandes bailes oficiales y de sociedad en que se exija uniforme y para los de palacio.
Capota
Es la única prenda de abrigo que tiene el cuerpo, y se usará en cualquier caso en que para abrigo la necesite el caballero maestrante, excepción hecha de los casos en que se vaya en corporación y los demás no la llevasen.
La Real Maestranza de Caballería de Ronda (RMCR o RMR) nace a raíz de la Real Cédula de S.M. el Rey Felipe II de 6 de septiembre de 1572 enviada a los concejos de las ciudades y villas del reino instando a la creación de cofradías o hermandades destinadas a fomentar el ejercicio de la jineta. El Cabildo de Ronda, tras una serie de ayuntamientos, acuerda el 3 de agosto de 1573 informar al Rey sobre la constitución de la Hermandad del Espíritu Santo y los Estatutos por los que se rige.
Se tiene constancia de su continuidad durante el siglo XVII por el Acuerdo de Cabildo de 3 de junio de 1616 que eleva a Felipe III un informe sobre la existencia de la Hermandad y la práctica continuada del ejercicio de la jineta en la ciudad.
Es sin embargo durante el siglo XVIII cuando la Corporación adquirirá mayor desarrollo gracias a los distintos privilegios que se le otorga: No estar sus individuos sujetos a la justicia ordinaria sino bajo la jurisdicción especial de un juez conservador (1753), designación de un Infante de Castilla como Hermano Mayor del Cuerpo (1764), concesión de celebración de corridas de toros (1789), asistencia de los caballeros maestrantes a Ayuntamientos y actos públicos vistiendo el uniforme distintivo del Cuerpo (1775), exención del servicio de quintas (1795), disfrute del Fuero Militar (1829)…
Según sus Reales Ordenanzas aprobadas el 7 de febrero de 1817 los fines que persigue son; total obediencia a las órdenes de S.M.el Rey, recta moral de sus individuos, destreza en el manejo de las armas y ejercicio de la equitación, y observancia de las Ordenanzas y obediencia a los acuerdos tomados por su Junta General.
Posteriormente a la de Ronda, se crearon la Real Maestranza de Caballería de Sevilla en 1670, la Real Maestranza de Caballería de Granada en 1686, la Real Maestranza de Caballería de Valencia en 1697 y, por último, en 1819 la Real Maestranza de Caballería de Zaragoza.