CONDECORACIONES DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR.
Por el Dr.Francisco M. de las Heras y Borrero, Presidente de la Diputación de Linajes de esta Casa Troncal.
Armas de D.Francisco Manuel de las Heras y Borrero. Escudo procedente del Registro de Blasones de la Casa Troncal de los Doce Linajes de Soria. |
ORDEN NACIONAL JOSE MATÍAS DELGADO.
La Orden Nacional José Matías Delgado se encuentra regulada por una disposición legal de 29 de agosto de 1946, siendo otorgada por la República de El Salvador a Jefes de Estado y ciudadanos salvadoreños o extranjeros, que se distingan por eminentes servicios prestados al país, por virtudes cívicas extraordinarias o de carácter humanitario, científico, literario o artístico, en el grado que a juicio de un Consejo de la Orden corresponda al homenajeado.
La Orden Nacional José Matías Delgado se encuentra regulada por una disposición legal de 29 de agosto de 1946, siendo otorgada por la República de El Salvador a Jefes de Estado y ciudadanos salvadoreños o extranjeros, que se distingan por eminentes servicios prestados al país, por virtudes cívicas extraordinarias o de carácter humanitario, científico, literario o artístico, en el grado que a juicio de un Consejo de la Orden corresponda al homenajeado.
El Presidente de la República de El Salvador es el Jefe Supremo o Gran Maestre de la Orden y es considerado de por vida como miembro nato; el Ministro de Relaciones Exteriores es el Canciller. De acuerdo al artículo tercero del Decreto de Creación de la Orden, los salvadoreños no se harán acreedores de la distinción mientras desempeñen cargos públicos.
Los grados de la Orden son:
Gran Cruz, Placa de Oro con distinción especial, concedida únicamente a Jefes de Estado, o salvadoreños eminentes que hayan prestado servicios extraordinarios al país (art. 8 del Reglamento de la «Orden Nacional José Matías Delgado»).
Gran Cruz, Placa de Plata, concedida a Cardenales, Nuncios y Embajadores, Ministros de Estado, Presidentes de Cuerpos Legislativos y Cortes Supremas de Justicia, y otros altos funcionarios de rango semejante (art. 9 del Reglamento).
Gran Oficial, concedida a Subsecretarios de Estado, Ministros Plenipotenciarios o Residentes, Vicepresidentes de Cámaras Legislativas, Arzobispos y Presidentes y Secretarios Perpetuos de Academias y Corporaciones Científicas muy acreditadas (art. 10 del Reglamento).
Comendador, concedida a Encargados de Negocios, Consejeros y Primeros Secretarios, Cónsules Generales, Obispos y Prelados, y personas investidas con dignidades de rango equivalente (art. 11 del Reglamento).
Caballero, concedida a Secretarios de Misiones Diplomáticas (art. 12 del Reglamento).
De acuerdo al artículo 13 del reglamento respectivo, la enumeración de los grados no impide la «concesión, en casos muy calificados,…, en una clase más alta de la indicada para la persona que se haya hecho acreedora a mayor distinción».
La Orden es concedida de por vida, aunque se pierde el derecho a su uso por sentencia condenatoria por juicio criminal; y «por cualquier acto contra la seguridad y el honor de la patria o incompatible con el lustre y decoro de la Orden»; todo según artículos 14 y 15 del reglamento respectivo.
Los grados de la Orden son:
Gran Cruz, Placa de Oro con distinción especial, concedida únicamente a Jefes de Estado, o salvadoreños eminentes que hayan prestado servicios extraordinarios al país (art. 8 del Reglamento de la «Orden Nacional José Matías Delgado»).
Gran Cruz, Placa de Plata, concedida a Cardenales, Nuncios y Embajadores, Ministros de Estado, Presidentes de Cuerpos Legislativos y Cortes Supremas de Justicia, y otros altos funcionarios de rango semejante (art. 9 del Reglamento).
Gran Oficial, concedida a Subsecretarios de Estado, Ministros Plenipotenciarios o Residentes, Vicepresidentes de Cámaras Legislativas, Arzobispos y Presidentes y Secretarios Perpetuos de Academias y Corporaciones Científicas muy acreditadas (art. 10 del Reglamento).
Comendador, concedida a Encargados de Negocios, Consejeros y Primeros Secretarios, Cónsules Generales, Obispos y Prelados, y personas investidas con dignidades de rango equivalente (art. 11 del Reglamento).
Caballero, concedida a Secretarios de Misiones Diplomáticas (art. 12 del Reglamento).
De acuerdo al artículo 13 del reglamento respectivo, la enumeración de los grados no impide la «concesión, en casos muy calificados,…, en una clase más alta de la indicada para la persona que se haya hecho acreedora a mayor distinción».
La Orden es concedida de por vida, aunque se pierde el derecho a su uso por sentencia condenatoria por juicio criminal; y «por cualquier acto contra la seguridad y el honor de la patria o incompatible con el lustre y decoro de la Orden»; todo según artículos 14 y 15 del reglamento respectivo.
Carlos Mauricio Funes Cartagena, Presidente de la República de El Salvador. |
La Orden Nacional José Matías Delgado es entregada por el Presidente de la República a propuesta del Consejo de la Orden, «con la aprobación unánime de sus miembros, expresada en forma secreta, después de haberse instruido el expediente respectivo y discutido los méritos del candidato», también tienen iniciativa para proponer nuevos miembros los Jefes de Misiones Diplomáticas salvadoreñas (arts. 4 y 5 del Reglamento).
Según el artículo 5º del Decreto de Creación, el capítulo de la orden radica en la Secretaría de Relaciones Exteriores, y dicho consejo es presidido por el Ministro de Relaciones Exteriores, en su calidad de Canciller. Los vocales, o consejeros, son los Ministros de Gobernación, y Educación, junto al Subsecretario de Relaciones Exteriores. El Secretario del Consejo es el Director de Protocolo y Órdenes.
Al Canciller corresponde guardar y conservar las insignias, de las cuales debe llevar un «inventario riguroso», y procede además a la distribución de las mismas, acompañadas del diploma correspondiente (art. 18 del Reglamento). Por su parte, el Secretario del Consejo es el encargado de los libros autorizados por este mismo organismo, el cual detalla los registros de cada grado, anotaciones, así como el libro de Actas, y archivo (art. 19 del Reglamento). Después de ser otorgada cada condecoración, la copia del acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial (art. 20 del Reglamento).
Según el artículo 5º del Decreto de Creación, el capítulo de la orden radica en la Secretaría de Relaciones Exteriores, y dicho consejo es presidido por el Ministro de Relaciones Exteriores, en su calidad de Canciller. Los vocales, o consejeros, son los Ministros de Gobernación, y Educación, junto al Subsecretario de Relaciones Exteriores. El Secretario del Consejo es el Director de Protocolo y Órdenes.
Al Canciller corresponde guardar y conservar las insignias, de las cuales debe llevar un «inventario riguroso», y procede además a la distribución de las mismas, acompañadas del diploma correspondiente (art. 18 del Reglamento). Por su parte, el Secretario del Consejo es el encargado de los libros autorizados por este mismo organismo, el cual detalla los registros de cada grado, anotaciones, así como el libro de Actas, y archivo (art. 19 del Reglamento). Después de ser otorgada cada condecoración, la copia del acuerdo debe publicarse en el Diario Oficial (art. 20 del Reglamento).
Orden Nacional José Matías Delgado. |
El Presbítero y Doctor José Matías Delgado, que da nombre a la orden, nació en la ciudad de San Salvador el 24 de Febrero de 1767. Se ordenó de Sacerdote en Guatemala, donde a la vez hizo sus estudios previos al doctorado en Teología, Derecho Civil y Canónigo. Fue el eje alrededor del cual giraron las ideas y movimientos revolucionarios que tuvieron por resultado la independencia centroamericana. Murió en San Salvador, el 12 de Noviembre de 1832. Sus restos se encuentran sepultados en la Iglesia de El Rosario.
ORDEN DEL LIBERTADOR DE LOS ESCLAVOS JOSÉ SIMEÓN CAÑAS.
La Orden del Libertador de los Esclavos José Simeón Cañas, establecida el 19 de octubre de 1966, es la segunda condecoración de la República de El Salvador, cediendo su precedencia a la Orden Nacional José Matías Delgado (art. 2 del Reglamento). Es otorgada a Jefes de Estado o ciudadanos salvadoreños o extranjeros, que se hayan distinguido por relevantes hechos de carácter humanitario y social, científico, educativo o filantrópico, o como prueba de gratitud de la Nación (artículo 3 del Decreto de Creación).
ORDEN DEL LIBERTADOR DE LOS ESCLAVOS JOSÉ SIMEÓN CAÑAS.
La Orden del Libertador de los Esclavos José Simeón Cañas, establecida el 19 de octubre de 1966, es la segunda condecoración de la República de El Salvador, cediendo su precedencia a la Orden Nacional José Matías Delgado (art. 2 del Reglamento). Es otorgada a Jefes de Estado o ciudadanos salvadoreños o extranjeros, que se hayan distinguido por relevantes hechos de carácter humanitario y social, científico, educativo o filantrópico, o como prueba de gratitud de la Nación (artículo 3 del Decreto de Creación).
Reinhard Junghanns, Diplomático de la Unión Europea, recibe la Orden de José Simeón Cañas. |
José Simeón Cañas, Presbítero y Doctor, nació en la ciudad de Zacatecoluca, República de El Salvador, el 18 de febrero de 1767. Pertenecía a una familia acaudalada que con el fin de educar a sus hijos se trasladó a Guatemala. Fue Rector de la Real y Pontificia Universidad de San Carlos, en Guatemala, donde conquistó el aprecio de todos por su sabiduría y excelente tacto. Con fecha 31 de diciembre de 1823 solicitó de la Asamblea la abolición de la esclavitud. Dotado de un gran corazón, repartió entre los más necesitados la cuantiosa herencia de sus padres. Falleció el 4 de marzo de 1838, descansando sus restos en la Iglesia de El Pilar, de San Vicente.
Los grados de la Orden del Libertador de los Esclavos José Simón Cañas son: Collar, Gran Cruz, Gran Oficial, Comendador y Caballero. Según las disposiciones legales, se pierde el derecho al uso de la Orden por «sentencia condenatoria en juicio criminal», y «cualquier acto contra la seguridad y el honor de la Patria, o que cause desdoro al decoro y lustre de la Orden» (art. 10 del Reglamento).
El Presidente de la República de El Salvador es el Jefe Supremo o Gran Maestre de la Orden y miembro nato de la misma (art. 9 del Reglamento de la Orden), mientras que el Ministro de Relaciones Exteriores es el Canciller.
Esta condecoración es otorgada por el Presidente de la República y es concedida de por vida. El galardonado es elegido a «propuesta del Consejo de la Orden, con la aprobación unánime de sus miembros, expresada en forma secreta, después de haberse instruido el expediente respectivo» (art. 4 del Reglamento). Aparte del Consejo, tienen iniciativa para proponer la admisión los Jefes de Misiones Diplomáticas salvadoreñas y las instituciones nacionales de alta significación benéfica (art. 5 del Reglamento).
Los grados de la Orden del Libertador de los Esclavos José Simón Cañas son: Collar, Gran Cruz, Gran Oficial, Comendador y Caballero. Según las disposiciones legales, se pierde el derecho al uso de la Orden por «sentencia condenatoria en juicio criminal», y «cualquier acto contra la seguridad y el honor de la Patria, o que cause desdoro al decoro y lustre de la Orden» (art. 10 del Reglamento).
El Presidente de la República de El Salvador es el Jefe Supremo o Gran Maestre de la Orden y miembro nato de la misma (art. 9 del Reglamento de la Orden), mientras que el Ministro de Relaciones Exteriores es el Canciller.
Esta condecoración es otorgada por el Presidente de la República y es concedida de por vida. El galardonado es elegido a «propuesta del Consejo de la Orden, con la aprobación unánime de sus miembros, expresada en forma secreta, después de haberse instruido el expediente respectivo» (art. 4 del Reglamento). Aparte del Consejo, tienen iniciativa para proponer la admisión los Jefes de Misiones Diplomáticas salvadoreñas y las instituciones nacionales de alta significación benéfica (art. 5 del Reglamento).
Diploma y condecoración de la Orden de José Simeón Cañas. |
Según el artículo 5º del Decreto de Creación, el Capítulo de la Orden radicará en la Secretaría de Relaciones Exteriores, y dicho organismo es presidido por el Ministro del ramo en calidad de Canciller; los puestos de vocales o consejeros son ocupados por el Subsecretario de Relaciones Exteriores; el Director de Protocolo y Órdenes, quien fungirá como Secretario del Consejo y tiene a su cargo los libros de Actas, Promociones y Registros; y también cuatro funcionarios diplomáticos de grado no inferior al de Ministro y que presten servicio en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
El Secretario de la Orden es el encargado de guardar y conservar las insignias de las cuales debe tener un «inventario riguroso», y procede a su distribución, junto al diploma correspondiente (art. 13 del Reglamento). Las Promociones de la Orden deben publicarse en el Diario Oficial.
El Secretario de la Orden es el encargado de guardar y conservar las insignias de las cuales debe tener un «inventario riguroso», y procede a su distribución, junto al diploma correspondiente (art. 13 del Reglamento). Las Promociones de la Orden deben publicarse en el Diario Oficial.