LA BANDERA:  conocida popularmente en esta autonomía como Senyera,  se compone de un paño  amarillo cargado con cuatro barras rojas.
 Regulada por el artículo 8.2 del vigente Estatuto de Autonomía, tiene la categoría de símbolo de Cataluña  según el apartado 1º  del mencionado precepto,
utilizándose en los edificios oficiales y actos públicos.

Sin querer entrar en controversia sobre sus discutidos orígenes, podemos decir  históricamente  que es la tradicional de los Reyes de la Corona de Aragón, y que  existe documentación que prueba fehacientemente que la misma fue usada desde los tiempos de Alfonso II, siendo universalmente conocida como “Barras de Aragón”, dada la preeminencia de este territorio en la titulación y composición del Reino.
EL ESCUDO: su correcta descripción  heráldica es: “en campo de oro cuatro palos de gules”, no debiendo denominar en este caso «barras», a los palos, ya que en el lenguaje heráldico las «barras» son franjas en diagonal que van de la parte superior derecha a la izquierda baja del escudo.
El Estatuto de Cataluña de 1979, en su artículo 4.1 solo nombra a la bandera. No hace ninguna referencia al escudo. Así mismo, el Estatuto de 2006, en su artículo 8.1 dice que los símbolos oficiales de Cataluña son la bandera, el himno y la fiesta, volviendo nuevamente a obviar el escudo. No obstante y para evitar estériles polémicas y descartar cualquier tipo de controversia, es justo decir que es público y notorio que Cataluña usa  el escudo arriba descrito de una manera normal, y en la misma forma y lugares en los que usa la bandera.
Su origen nuevamente podemos encontrarlo en las armas hereditarias de los monarcas de la Corona de Aragón.