UN BICENTENARIO FALLIDO.
Por D. Antonio Prieto Barrio, Capitán del Arma de Ingenieros.
Sin que él lo sepa, el 20 de abril de 1808, Fernando VII es hecho prisionero en Francia. Acudiendo a la invitación de Napoleón de reunirse con él para tratar temas de la sucesión a la corona de España, el rey estaría en el exilio casi seis años. Una prisión dorada en un palacio, sin libertad de movimientos y con promesas siempre incumplidas.
El pueblo de España ya se ha levantado en armas contra el invasor francés en una guerra que durará algo menos del tiempo que Fernando VII estuvo cautivo. Finalmente, en Valençay, el 11 de diciembre de 1813, se firma del tratado del mismo nombre, por el que Napoleón reconoce a Fernando VII como Rey de España, recuperando el trono y los territorios y propiedades de la Corona arrebatados en 1808. El Rey es liberado y regresa a España el 14 de marzo de 1814.
Hace ya unos meses que la guerra ha terminado. Miles de prisioneros civiles y militares que estuvieron cautivos en Francia han vuelto a la Patria. La cantidad de españoles deportados se estima en unos 50000, entre prisioneros de guerra, marineros, rehenes e individuos sospechosos. Sus condiciones de vida fueron variopintas: muchos de ellos intentaron evadirse, otros prestaron o rechazaron el juramento de fidelidad al Rey José I y algunos se alistaron en el ejército imperial. Los deportados ilustres fueron encarcelados en fortalezas, los soldados rasos se dispersaron en decenas de depósitos o formaron batallones de trabajadores.
Conocido es por todos unos de los hechos consustanciales de los estados, que es el reconocimiento de los méritos y los servicios prestados mediante la concesión de condecoraciones y honores a las personas y colectivos acreedores a los mismos.
Fernando VII, para unos el felón, para otros el deseado, firma una real orden el 6 de noviembre de 1814, en los siguientes términos:
Queriendo el Rey nuestro Señor dar una prueba del aprecio que le merecen los individuos Militares, a quienes habiendo cabido la suerte de prisioneros fueron conducidos a los castillos o encierros, los unos sin otra causa que su constante adhesión hacia su Real Persona, y los otros por haberse fugado, o intentado fugar de los depósitos, sufriendo el afrentoso castigo de ser llevados con un cadena de hierro al cuello, se ha dignado S. M., … concederles el distintivo de una medalla de oro, del tamaño y figura de una peseta para los Oficiales y Cadetes, y de plata para la Tropa, con una cadena grabada alrededor, y en su centro un castillo con la inscripción Sufrimiento por la Patria; la cual llevarán unos y otros pendiente del ojal de la casaca o chaqueta, con una cinta estrecha de color amarillo con los cantos verdes (1) .
(Colección Particular) |
Esta medalla sería el distintivo para los prisioneros militares que, fugados de los depósitos, y apresados por el gobierno francés, fueron conducidos con la cadena a diferentes castillos, para los que fugados y llegados a España se presentaron en sus unidades, los que estuvieron presos sin libertad de movimientos y los individuos de tropa que hubieron sido destinados a los trabajos públicos, o encerrados.
Se trata entonces de una condecoración creada para recompensar de un modo público a aquellos militares que siendo prisioneros de los franceses por su lealtad al Rey fueron maltratados y sufrieron la afrenta de ser llevados con una cadena al cuello.
Su normativa ha contemplado diversos supuestos y fue adaptándose a las necesidades que surgieron históricamente.
En junio de 1815, se autoriza su uso a los individuos no militares en las mismas condiciones que se mencionaban para los militares.
No sería hasta septiembre de 1842 cuando se publica la primera disposición concediendo esta condecoración con la denominación de Sufrimiento por la Patria, por la que habitualmente se conoce y con la que ha llegado hasta nuestros días, entendiendo que el lema grabado en la misma, influiría para esta denominación.
En junio de 1860 se autoriza para los que hubieran estado prisioneros de los moros del Rif.
En sucesivas fechas se concede el derecho al uso de esta condecoración para los prisioneros de las Guerras Carlistas.
En 1900 se da derecho a usarla a los prisioneros de los insurrectos filipinos por el sólo hecho de haber estado en poder de aquellas turbas o fuerzas irregulares en país en donde se carecía de recursos hasta para alimentarse. También a los prisioneros de guerra de los norteamericanos, tratados con la humanidad propia de un país civilizado, pero con las condiciones marcadas por la orden de creación.
Una Herida 12 de diciembre de 1924, Zoco de El-Arbad. ( Colección de José Luis Arellano) |
En 1918 se amplía para los heridos, contusos y prisioneros, y por primera vez se pensiona para los dos primeros casos por un periodo máximo de dos años, hasta restablecerse completamente el herido o por la declaración definitiva de inutilidad o ingreso en Inválidos. Se incluyen no sólo los heridos por el enemigo en campaña, sino también los accidentes de la aeronáutica.
De cada una de las citadas clases de la referida condecoración, sólo podía ostentarse una insignia, marcándose la reiteración de las concesiones con sucesivos pasadores análogos al primero.
El reglamento de recompensas en tiempo de guerra de 1920, establece que cuando la medalla se concediera por lesiones, sería siempre pensionada. La cinta tendría que llevar un aspa roja y un pasador de plata con la fecha grabada de la lesión sufrida. Podía ser concedida cuantas veces fuera necesario si se sufrían nuevas heridas o contusiones, pero sólo podía ostentarse una insignia, llevando en la cinta tantos pasadores con sus respectivas inscripciones como medallas concedidas.
En 1921 se sistematiza y ordena la clasificación y gravedad de las heridas que darían derecho a su uso y en los años siguientes se publican diversas normas para su concesión.
Herido (Colección de José Luis Arellano). |
En 1926 se aprueba un reglamento que incluía una imagen de la misma, pendiente de una cinta de color amarillo con cantos verdes. La correspondiente a prisioneros con un pasador sobre la cinta del mismo metal que la medalla, llevando grabadas las fechas de comienzo y cese del cautiverio; la de heridos, un aspa roja bordada en la cinta y un pasador igual al anterior con la fecha de la herida. Un nuevo reglamento adaptado a la Marina sería publicado unos meses después.
En 1927 se da derecho a solicitar el uso de la medalla a las familias de los muertos o fallecidos en acción de guerra de resultas de heridas recibidas en campaña o en hechos considerados como de guerra, o en cautiverio. Un aspa negra bordada sobre la cinta, señalaba esta circunstancia.
En 1931, el régimen republicano deroga total o parcialmente la normativa en vigor para esta medalla, que era la del periodo de la dictadura de Primo de Rivera y no sería hasta 1937, al establecerse las distinciones que podían concederse a todos los ciudadanos, tanto civiles como militares, en defensa de la República, cuando con un nuevo diseño, pasa a ser concedida a los heridos en campaña o en actos con ella relacionados, o en los que se consideren como tales, teniendo en cuenta las mayores penalidades y sufrimientos padecidos hasta la curación. Se otorgaría por una sola vez y a la cinta de la medalla se añadirían tantos pasadores de oro como distinciones se obtuvieran, inscribiéndose en ellos el lugar y la fecha de la acción. También tenían derecho a la medalla las madres que hubieran perdido uno o más hijos en actos de guerra.
Modelo Republicano. |
Este mismo año de 1937, el ejército llamado nacional establece las recompensas por méritos en campaña, siendo esta de Sufrimientos por la Patria una de ellas. Este mismo año, los individuos de la Cruz Roja que cumplieran los requisitos exigidos para el personal del ejército, obtendrían el derecho a su uso.
En 1940 se aprueba un nuevo Reglamento, ampliando el derecho a su uso y estableciendo nuevas cintas para determinadas circunstancias, sin modificar la insignia. Con carácter general pende de una cinta de color amarillo con cantos verdes. La de heridos con un aspa roja bordada en la cinta y un pasador con la fecha de la herida. La cinta de la de lesionados es amarilla, sin cantos verdes y lleva el pasador con la fecha de la lesión. La cinta de las concedidas a los familiares de muertos en campaña, es negra, llevando un pasador con la fecha de la acción en que encontró la muerte. La concedida a extranjeros, lleva en el centro de la cinta, que es la misma que para heridos, una banda con los colores nacionales. Para los prisioneros de guerra, la cinta sería anaranjada con un pasador en el que van las fechas en que comenzó y cesó el cautiverio. La que se otorgara como consecuencia de prisión o asesinato en zona republicana, lo sería pendiente de cinta azul.
Herido, una herida ( Colección de José Luis Arellano). |
Sigue en vigor la ostentación de una sola insignia, marcándose la repetición de las concesiones con sucesivos pasadores. Los heridos, además, repiten las aspas rojas tantas veces como medallas tengan concedidas y es la única que mantiene el carácter pensionado.
Familiar Muerto en Campaña, Kusmine 27/8/43 (Colección Particular) |
El reglamento de 1940 sería modificado en varias ocasiones hasta 1970 en que esta medalla se incluye en el Reglamento General de Recompensas Militares. En 1975 se aprueba el que sería su último Reglamento, vigente hasta 1990. Como novedad, se establece en él, que podría otorgarse en tiempo de guerra o en tiempo de paz.
Extranjero Lesionado ( Colección de José Luis Arellano). |
Como recompensa de guerra sería el honroso distintivo de quienes, sin mengua ni quebranto de su honor militar, resulten heridos o lesionados en acto de servicio. Podría otorgarse también a los prisioneros de guerra que lo hayan sido sin menoscabo del honor militar y soporten de manera honrosa su cautiverio, y a los familiares de los muertos y desaparecidos en campaña o en el cautiverio.
Como recompensa de paz representaba la honrosa distinción del personal militar o militarizado que en acto de servicio fuera víctima de accidente.
Dichas medallas podían ser concedidas sin pensión o con ella, caso de ser otorgadas como consecuencia de heridas o lesiones.
El diseño permanece sin variación, distinguiéndose las diferentes modalidades únicamente por la cinta. Para los heridos de guerra que lo fueran directamente por el enemigo, de color amarillo con cantos verdes, llevando un aspa roja bordada en el centro. El pasador con la fecha de la herida grabada. Los heridos o lesionados en cualquier otro supuesto en tiempo de guerra, con cinta amarilla, pero sin los cantos verdes y sin aspa roja. El pasador, con la fecha de la herida o lesión. Para los prisioneros de guerra, cinta de color anaranjado. En el pasador grabadas las fechas en que comenzó y terminó el cautiverio. Para los heridos o lesionados en tiempo de paz, cinta de color verde claro. El pasador incluye la fecha de la herida o lesión. Para los familiares de muertos o desaparecidos en campaña o en cautiverio: cinta de color negro y el pasador con la fecha de la acción en que el causante encontró la muerte o desaparición.
Herido con dos heridas, Cubell 31/12/38, Robledo 18/11/36 (Colección Carlos Lozano). |
La Ley 17/1989, Reguladora del Régimen del Personal Militar Profesional, no incluyó la Medalla de Sufrimientos por la Patria en la relación de recompensas militares que podían concederse, por lo que ha de considerarse derogada desde entonces, aunque los que las tuvieran concedidas conservarían los derechos y beneficios.
De esta forma tan poco decorosa terminaban 175 años de historia de una de las condecoraciones militares más antiguas de España que es como decir del mundo. En ningún documento oficial se alegan o hacen públicos los motivos que llevaran a esta decisión. No se conoce constancia documental de qué hecho o hechos dieron lugar a la supresión de la misma. Tampoco en ese momento se establece ninguna recompensa que sirviera de premio para los hechos y situaciones que antes premiara esta medalla.
Como la historia es muy tozuda, unos años después de esta supresión, las Fuerzas Armadas sienten la necesidad de contar con una recompensa para reconocer estos méritos y situaciones, ya que durante la —reciente y novedosa entonces— participación española en misiones de mantenimiento de paz, se producen casos con lesiones graves o fallecimientos en acto de servicio. Por ello en 1995 se añaden nuevos supuestos de concesión a la Cruz del Mérito Militar, en los que para obtener el distintivo amarillo, se establecen por los siguientes motivos:
— los hechos que pongan de manifiesto, dotes de valor, serenidad o iniciativa en circunstancias de grave riesgo derivadas de la relación de servicios del interesado.
— los que, comportando una especial conducta meritoria, tengan como consecuencia el fallecimiento o lesiones graves en acto de servicio, y
— los méritos contraídos por los militares capturados por el enemigo o fuerzas hostiles mientras permanezcan en esta situación.
Herido con Aspa de Herido ( Colección Legislativa). |
Es decir, básicamente y adaptados a los tiempos actuales, los que ya se establecieran en el siglo XIX para la Medalla de Prisioneros Militares, después de Sufrimiento por la Patria. Eso sí, cualquier mención a una pensión o indemnización como anteriormente se contemplaba ha desaparecido del reglamento.
Cuando quedan poco más de tres años para que hubiera celebrado su bicentenario —caso de haber subsistido— ¿podría pensarse en restablecerla, con las condiciones que se crean convenientes, para premiar estos hechos?… El tiempo y los políticos lo dirán.
Como queda dicho, el decreto fundacional sólo indica que la medalla sería de oro o plata, llevando un castillo rodeado por una cadena y con la inscripción SUFRIMIENTO POR LA PATRIA. Pero podemos encontrar innumerables variantes de esta medalla, que difieren entre sí en la forma, dimensiones, materiales empleados, acabados, formas de llevarse, y en las cintas.
Al contrario que las monedas que se acuñan en cecas oficiales con troqueles únicos, la confección de las medallas suele hacerse por iniciativa privada, lo que da lugar a un ilimitado número de variantes, producto de los encargos de medallas y grabados por cuenta de los agraciados, así como de las distintas interpretaciones de los artesanos o joyeros que las ejecutan, en ocasiones basados sólo en una descripción, sin imagen alguna. En otras se hace conforme a una imagen conocida, pero adaptada a los gustos de la persona que la va a portar.
El modelo más conocido de la Medalla de Prisioneros Militares que añade una orla o corona de laurel alrededor, pasa a ser el más usado. Este diseño, que se reproduce en las obras de Collado (2) y Benavides(3) , acabaría oficializado con la figura publicada en el reglamento de 1926, siendo curiosa la ausencia de mención alguna a esta orla de laurel en ninguno de los textos conocidos.
Prisionero de Guerra en Zona Roja , 2/07/38 al 16/02/39 y 13/4/38 al 13/5/38 (Colección de José Luis Arellanos). |
De la primera época podemos encontrar ejemplares sencillos, simplemente troquelados en diferentes materiales, tal y como indica la orden de creación, o más elaborados, con esmaltes, trofeos, etc.
De este segundo tipo encontramos insignias confeccionadas de una sola pieza, y también de dos, tres o más piezas, engarzadas para conseguir el conjunto.
Algunas de las medallas que han llegado hasta nuestros días, bien en colecciones particulares, bien las que se exhiben en museos, pueden ser consideradas de fantasía, con formas no circulares, y con adición de elementos como trofeos, piedras preciosas o semipreciosas, etc.
Encontramos un ejemplo de ellas en la Revista de Sanidad Militar (4) donde se incluye el dibujo de un diseño en forma de óvalo coronado por trofeos militares, en el centro del cual hay un castillo rodeado por una cadena, limitándose todo por la inscripción Sufrimiento por la Patria.
La medalla sufre una evolución hasta nuestros días aumentando de tamaño desde los 25 milímetros iniciales hasta los aproximadamente 30-32 de los últimos años. Igualmente la calidad de los materiales empleados en su confección, ha sido cada vez peor, pasando de ejemplares de oro (o dorado) y plata (o plateado) a materiales más baratos y ligeros. Todo ello unido, en numerosas ocasiones, a una pérdida de detalle y acabado en los elementos que la componen: castillo, inscripciones, esmaltes, etc.
Collado, Benavides y Revista de Sanidad Militar. |
El diseño de los castillos y las marcas de fabricantes en esta medalla deberían ser objeto de estudio, pero no parece existir nada sistematizado y no hay datos concluyentes. No obstante, de la observación de las piezas de colecciones particulares sabemos que existen ejemplares confeccionados por algunas casas de efectos militares o fabricantes como Industrias Egaña de Motrico (Guipúzcoa), Medina (5) (Barcelona), Cejalvo y Celada (ambas de Madrid). Igualmente existe un número indeterminado de variantes producto de otros fabricantes.
(1)El sistema monetario español de 1808 tenía como base el real de plata, equivalente a 64 maravedíes, siendo la moneda aceptada habitualmente el conocido como peso o duro (real de a ocho). Durante la Guerra de la Independencia se siguen acuñando en las cecas, y en nombre de Fernando VII estas monedas con carácter oficial. Cuando menos de curiosa se ha de calificar la comparación que se hace del distintivo del tamaño y figura de una peseta para describir la medalla. La primera moneda con esta denominación se acuñó en 1808 en Barcelona, reinando José I, hermano de Napoleón, no siendo hasta 1868 cuando se establece como moneda oficial de España. A mi entender, se trata de un caso atípico el de esta emisión, con el valor en pesetas, efectuada en Barcelona durante la ocupación francesa ya que no aparece el nombre del monarca pero si el de la ciudad en que se acuñan. La que se toma como modelo era de plata con un diámetro de 25 milímetros. Anverso: escudo en losange de Barcelona dentro de corona de encina. Gráfila de puntos. Reverso: EN (flor) BARCELONA (flor) fecha (flor). Dentro de una corona, (tres flores) colocadas una y dos; PESETA; debajo dos ramas entrecruzadas. Gráfila de puntos. Canto: cordoncillo. Resulta inexplicable, con la documentación consultada el porqué de esta elección pudiendo haber escogido cualquiera otra con su nombre o busto.
(2)Revista de Sanidad Militar. Año III. Número 45, de 1 de mayo de 1889.
(3)BENAVIDES, Antonio, et alii. Historia de las Órdenes de Caballería y de las condecoraciones españolas. Editor José Gil Dorregaray. Madrid, 1865.
(4)Noticia de las Órdenes de Caballería de España, cruces y medallas de distinción. Imprenta Collado. Madrid, 1815.
(5)En el Catálogo Ilustrado de Condecoraciones de octubre de 1912 y en el Reformado de enero de 1930 incluyen una imagen del anverso, así como la relación precios en metal dorado, plata dorada, oro y latón para tropa.