La Grandeza de España concedida en 1987 a los hijos de los Infantes de España (y elenco de los agraciados)

 Dr. D. Alfonso de Ceballos-Escalera y Gila, Vizconde de Ayala

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             El vigente real decreto 1368/1987, de 6 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de 12 de noviembre), que regula el régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes, contiene una cláusula novedosa en cuanto se refiere a las tradiciones de la Real Casa: es decir, que en su artículo 4º establece que los hijos de los Infantes de España tendrán la consideración de Grandes de España, sin que ello dé origen a un tratamiento especial distinto del de Excelencia.

            Esta disposición legal ha suscitado algunas dudas entre los especialistas, en cuanto a si se trata de una concesión pura y simple de la dignidad de la Grandeza de España, o bien solo es una mera “consideración” de Grande, queriendo decir que está limitada a sus honores y tratamiento. Para quien esto escribe, el debate es artificioso y superfluo, toda vez que hoy en día la Grandeza de España no es más que una dignidad nobiliaria puramente honoraria, que en sí misma se reduce al uso público del título, al tratamiento de Excelentísimo, a permanecer cubierto en la presencia del Rey, y a poner manto escarlata sobre el escudo de armas. Entiendo que esos cuatro honores los disfrutan desde luego los agraciados, y por eso no me cabe duda, como jurista, de que la merced regia dada a los hijos de los Infantes españoles es en sí misma la concesión de una verdadera y neta dignidad de la Grandeza de España. Por añadidura, la frase de la ley da a entender de una manera bien clara que la voluntad del Rey fue que a los agraciados se les considere Grandes de España, sin más matices o limitaciones.

            En este privilegio nobiliario que glosamos, me parecen muy notables dos particularidades: su carácter de privilegio general -por ser impersonal y recaer en todos cuantos cumplan sucesivamente la condición de tal nacimiento-, y su carácter vitalicio y no hereditario.

            Las personas comprendidas en el privilegio concedido por medio del real decreto de 6 de noviembre de 1987, desde su concesión hasta el dia de hoy, han sido las siguientes treinta y seis, salvo error u omisión:

– Excmos. Señores D. Felipe y Dª Victoria Federica de Marichalar y de Borbón, hijos de S.A.R. Doña Elena de Borbón y Grecia, Infanta de España y Duquesa de Lugo.

– Excmos. Señores D. Juan, D. Pablo Nicolás, D. Miguel y Dª Irene Urdangarín y de Borbón, hijos de S.A.R. Doña Cristina de Borbón y Grecia, Infanta de España.

– Excmos. Señores Dª Simoneta, D. Juan (Vizconde de la Torre), D. Bruno, D. Beltrán y D. Fernando Gómez-Acebo y de Borbón, hijos de S.A.R. Doña Pilar de Borbón y Borbón, Infante de España y Duquesa de Badajoz.

– Excmos. Señores D. Alfonso y Dª María Zurita y Borbón, hijos de S.A.R. Doña Margarita de Borbón y Borbón, Infanta de España y Duquesa de Soria.

– Excmo. Señor D. Gonzalo de Borbón Dampierre (†2000), hijo de S.A.R. Don Jaime de Borbón y Battenberg, Infante de España y Duque de Segovia.

– Excmos. Señores Dª Alessandra Torlonia, Condesa Lequio di Assaba (†2014), D. Marco Alfonso Torlonia, Príncipe de Civitella Cesi (†2014), D. Marino Torlonia (†1995), y Dª Olimpia Torlonia; hijos de S.A.R. Doña Beatriz de Borbón y Battenberg, Infanta de España y Princesa de Civitella-Cesi (†2002).

– Excmos. Señores Dª Victoria Eugenia Marone, Condesa de Villapaterna, Dª Giovanna Marone, Dª María Teresa Marone, Marquesa de Brenes, y Dª Anna Alessandra Marone; hijos de S.A.R. Doña María Cristina de Borbón y Battenberg, Condesa de Marone (†1996).

– Excmos. Señores Dª Cristina, Dª María Paloma, D. Pedro, Dª Inés y Dª Victoria de Borbón-Dos Sicilias y Orleáns, hijos de S.A.R. el Infante Don Carlos de Borbón-Dos Sicilias y de Borbón Parma (†2015).

– Excmas. Señoras Dª Teresa y Dª Inés de Borbón-Dos Sicilias y de Borbón-Parma, hijas de S.A.R. el Infante Don Alfonso de Borbón-Dos Sicilias y Borbón (†1964).

– Excmos. Señores D. José (†2010) y Dª María Teresa Zamoyski y Borbón, religiosa carmelita, hija de S.A.R. Doña Isabel Alfonsa de Borbón  y Borbón, Infanta de España (†1985).

– Excma. Señora Dª María Cristina (†2014), D. Fernando (†1999), y Dª María Teresa de Baviera y Messía, hijos de S.A.R. Don José Eugenio de Baviera y Borbón, Infante de España (†1966).

– Excmos. Señores Dª María Paz y D. Bagrat Bagration-Mukhrani y Baviera, hijos de S.A.R. Doña María de las Mercedes de Baviera y Borbón, Infanta de España (†1953).

            Como vemos, siete de los treinta y seis agraciados por este privilegio en 1987 ya han fallecido, por lo que hoy en día las personas que son Grandes de España natos, por ser hijos de Infante o Infanta de España, se reducen a veintinueve.

            Curiosamente, desde la creación de este privilegio nobiliario, hace ya casi treinta años, ni uno solo de los treinta y seis Grandes de España agraciados, ha solicitado el ingreso en la Excma. Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza de España.

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